Aviso de Término de la Emergencia con motivo de los incendios forestales que se presentaron del 26 de abril al 2 de mayo de 2005 y sus efectos en diversos municipios del Estado de Zacatecas

Fecha de disposición02 Junio 2005
Fecha de publicación02 Junio 2005
EmisorSECRETARIA DE GOBERNACION
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

AVISO de Término de la Emergencia con motivo de los incendios forestales que se presentaron del 26 de abril al 2 de mayo de 2005 y sus efectos en diversos municipios del Estado de Zacatecas.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.

MARIA DEL CARMEN SEGURA RANGEL, Coordinadora General de Protección Civil de la Secretaría de Gobernación, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 12 fracción IX de la Ley General de Protección Civil; 10 fracciones XVIII y XIX del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; y el artículo 11 fracción II del Acuerdo que establece los lineamientos para emitir las declaratorias de emergencia y la utilización del Fondo Revolvente, y

CONSIDERANDO

Que el día 4 de mayo de 2005 se emitió Boletín de Prensa número 089/05, mediante el cual la Coordinación General de Protección Civil declaró en emergencia a los municipios de Cd. Cuauhtémoc, Genaro Codina, Ojocaliente, Teúl de González Ortega, Tepechitlán y Valparaíso del Estado de Zacatecas, por las afectaciones causadas por los incendios forestales, que se presentaron del 26 de abril al 2 de mayo de 2005, con lo que se activaron los recursos del Fondo Revolvente del Fondo de Desastres Naturales (FONDEN) para dar la atención inmediata a la población damnificada, dicha declaratoria se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 18 de mayo del presente año.

Que tomando en cuenta lo anterior, con fecha 19 de mayo de 2005, se emitió Boletín de Prensa número 099/05, mediante el cual la Coordinación General de Protección Civil da a conocer el Aviso de Término de la Emergencia respecto de los municipios citados en el párrafo que antecede.

Que con fundamento en el artículo 11 fracción I del Acuerdo que establece los Lineamientos para emitir las declaratorias de emergencia y la utilización del Fondo Revolvente y considerando la opinión de la Dirección General de Protección Civil, contenida en el oficio número DGPC/290/05 de fecha 19 de mayo de 2005, mediante la cual informó que ha cesado de manera definitiva la situación de emergencia que motivó la emisión de la Declaratoria de Emergencia antes citada, se determinó...

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