Programa Nacional para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía 2014-2018

EdiciónVespertina
EmisorSecretaría de Energía

En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF.

PROGRAMA Nacional para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía 2014-2018. Programa Nacional para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía 2014-2018

Índice General

Marco Normativo

Capítulo I Diagnóstico

Introducción y visión general

  1. Acciones realizadas de eficiencia energética en México y sus instituciones

  2. Instituciones enfocadas a las acciones de eficiencia energética

  3. Programas de Eficiencia Energética

    3.1 Programa de Normalización en Eficiencia Energética

    3.2 Programas de mejora de la tecnología de usuarios finales

    3.3 Programas de eficiencia energética recientes

    3.4 Programa Nacional para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía 2009-2012

  4. Acciones de difusión de buenas prácticas de Eficiencia Energética

  5. Retos de la eficiencia energética en México

Capítulo II Alineación a las metas nacionales
Capítulo III Objetivos, estrategias y líneas de acción

Objetivo 1. Diseñar y desarrollar programas y acciones que propicien el uso óptimo de energía en procesos y actividades de la cadena energética nacional.

Objetivo 2. Fortalecer la regulación de la eficiencia energética para aparatos y sistemas consumidores de energía fabricados y/o comercializados en el país.

Objetivo 3. Fortalecer los sistemas e instancias de gobernanza de la eficiencia energética a nivel federal, estatal y municipal e integrando instituciones públicas, privadas, académicas y sociales.

Objetivo 4. Fomentar el desarrollo de capacidades técnicas y tecnológicas vinculadas al aprovechamiento sustentable de la energía.

Objetivo 5. Contribuir en la formación y difusión de la cultura del ahorro de energía entre la población.

Objetivo 6. Promover la investigación y desarrollo tecnológico en eficiencia energética.

Capítulo IV Indicadores

Fichas técnicas de los indicadores

Transparencia

Glosario

Siglas y Acrónimos

Anexo

Consideraciones para el cálculo de metas

Marco Normativo

  1. Sistema Nacional de Planeación Democrática

    La planeación del desarrollo nacional se ejecuta bajo el marco jurídico establecido básicamente en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley de Planeación y la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH).

    El artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable, que fortalezca la Soberanía de la Nación y su régimen democrático y que, mediante la competitividad, el fomento al crecimiento económico y el empleo, y una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales.

    Asimismo, el artículo 26, apartado A, de la Constitución dispone que el Estado organizará un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la nación.

    Por otro lado, la Ley de Planeación tiene como objetivo establecer las normas y principios básicos que guíen la planeación nacional del desarrollo, así como establecer las bases de un Sistema Nacional de Planeación Democrática. El artículo 4° de dicha Ley estipula que es responsabilidad del Ejecutivo Federal conducir la Planeación Nacional del desarrollo con la participación de los grupos sociales.

    La Planeación Nacional está conformada por las políticas y acciones que tienen como objetivo identificar y solucionar las principales problemáticas que afectan a la Nación. La Planeación Nacional está compuesta por tres niveles: 1) El Proyecto de Nación que expresa las aspiraciones nacionales y se encuentra plasmado en la Constitución y en el Plan Nacional de Desarrollo (PND); 2) La asignación de objetivos específicos que definan la acción gubernamental y que se establecen en los Programas Sectoriales, Especiales, Regionales e Institucionales derivados del PND; y 3) La organización de las asignaciones de recursos a través de los distintos Programas Presupuestarios.

    El PND es el principal instrumento de planeación, ya que precisa las prioridades nacionales que se buscan alcanzar con las acciones de gobierno mediante objetivos, estrategias y líneas de acción. Lo estipulado en el PND será la guía de trabajo de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal (APF) a lo largo del sexenio.

    Para que los programas de la APF puedan implementarse, la LFPRH establece los parámetros para la elaboración y aprobación de la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos de la Federación, los cuales deben realizarse con base en objetivos y parámetros cuantificables de política económica y tomando en consideración los indicadores de desempeño correspondientes. Además deberán ser congruentes con el PND y los programas que se derivan del mismo.

  2. El Programa Nacional para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía y su Marco Legal

    El 20 de mayo de 2013 en el Diario Oficial de la Federación (DOF) se publicó el "Decreto por el que se aprueba el Plan Nacional de Desarrollo 20132018" (Decreto del PND). En este Decreto del PND se estableció en su artículo 2° que los objetivos, metas, estrategias y prioridades contenidos en el PND, regirán la actuación de las dependencias y entidades de la APF.

    Asimismo, el artículo 3° del Decreto del PND señala que las dependencias deberán llevar a cabo las acciones necesarias, en los términos de la Ley de Planeación, a efecto de someter oportunamente a la consideración y aprobación del Presidente de la República los programas sectoriales, regionales y especiales, y estar en posibilidad de publicarlos en el DOF. Además, dicta que las entidades someterán los programas institucionales a aprobación del titular de la dependencia coordinadora de sector.

    De la misma forma, el artículo 4° señala que los programas sectoriales, así como los especiales referentes a las estrategias transversales, establecerán objetivos estratégicos, respectivamente, los cuales deberán estar alineados y vinculados con el PND. De la misma manera, los programas regionales, especiales e institucionales, así como los programas presupuestarios correspondientes, deberán contribuir al cumplimiento de los objetivos estratégicos que se establezcan en los programas sectoriales.

    El Sistema Nacional de Planeación Democrática sirve para guiar las acciones de las dependencias y entidades de la APF, y coordinar sus esfuerzos para lograr la consecución de las Metas Nacionales establecidas en el PND, desde una perspectiva nacional, regional y de cooperación interinstitucional. Así, en cumplimiento a lo señalado en el artículo 22 de la Ley de Planeación, la presente Administración enlistó los programas sectoriales, especiales y regionales que deberán elaborarse, entre ellos el Programa Sectorial de Energía 2013-2018 (PROSENER).

    Además de los programas señalados en el Decreto del PND, el Ejecutivo a través de las dependencias correspondientes diseñará y ejecutará los programas Especiales, Regionales e Institucionales que considere pertinentes, así como los establecidos por ley.

    En este sentido, el 28 de noviembre de 2008 se publicó en el DOF la Ley para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía (LASE), la cual tiene como objeto propiciar un aprovechamiento sustentable de la energía mediante el uso óptimo de la misma en todos sus procesos y actividades, desde su explotación hasta su consumo. Para alcanzar dicho objetivo, el titulo segundo, capítulo segundo de la LASE establece la integración del Programa Nacional para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía (PRONASE), indicando en el artículo 6° que éste será el instrumento mediante el cual el Ejecutivo Federal establecerá estrategias, objetivos, líneas de acciones y metas que permitan alcanzar el objeto de esta Ley. Asimismo, el artículo en comento señala que el PRONASE será un programa especial en términos de la Ley de Planeación.

  3. Programa Nacional para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía y su vinculación a la planeación del sector energético

    La Ley Orgánica de la Administración Pública Federal establece en su Capítulo II el conjunto de atribuciones de las Secretarías de Estado. En particular el Artículo 33, Fracción I, señala que a la Secretaría de Energía (SENER) le corresponde establecer y conducir la política energética del país, así como supervisar su cumplimiento con prioridad en la seguridad y diversificación energéticas, el ahorro de energía y la protección del medio ambiente, para lo cual podrá, entre otras acciones y en términos de las disposiciones aplicables, coordinar, realizar y promover programas, proyectos, estudios e investigaciones sobre las materias de su competencia.

    De la misma manera, dicho artículo de la Ley en su Fracción V establece que la SENER deberá llevar a cabo la planeación energética a mediano y largo plazos, así como fijar las directrices económicas y sociales para el sector energético paraestatal. Asimismo, esta fracción indica que la planeación energética deberá atender los siguientes criterios: la soberanía y la seguridad energéticas; el mejoramiento de la productividad energética; la restitución de reservas de hidrocarburos; la reducción progresiva de impactos ambientales de la producción y consumo de energía; la mayor participación de las energías renovables en el balance energético nacional; la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR