Declaratoria por la que se nacionaliza el inmueble denominado Templo Rectoría de San Antonio de Padua
Fecha de disposición | 19 Octubre 2009 |
Fecha de publicación | 19 Octubre 2009 |
Emisor | SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
DECLARATORIA por la que se nacionaliza el inmueble denominado Templo Rectoría de San Antonio de Padua. DECLARATORIA POR LA QUE SE NACIONALIZA EL INMUEBLE DENOMINADO TEMPLO: "RECTORIA DE SAN ANTONIO DE PADUA"
Localizado
Calle: Avenida División del Norte número 3430, esquina Madroño
Localidad: Colonia Xotepingo
Delegación: Coyoacán
Estado: Distrito Federal
C.P.: 04610
ING. JOSE MARIA GOMEZ VILLASEÑOR, ENCARGADO DE LA DIRECCION GENERAL DEL PATRIMONIO INMOBILIARIO FEDERAL, con fundamento en los Artículos 27, fracción II y Decimoséptimo Transitorio de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1o., 3o., 4o., 24, 25 y 26, de la Ley de Nacionalización de Bienes, Reglamentaria de la fracción II del Artículo 27 Constitucional; Artículo 3o., fracción VI, 28, fracción IV, 29, fracción III, 79, fracción II, 83, fracción IV de la Ley General de Bienes Nacionales; Artículo Cuarto Transitorio de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público; artículo 37, fracción XX, XXI y XXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; Artículo 85 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública; artículos 1o., 8 fracciones I, XII, XV y XVIII del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.
CONSIDERANDO
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Que el inmueble denominado "Rectoría de San Antonio de Padua", localizado en Avenida División del Norte número 3430, esquina Madroño, Colonia Xotepingo, Delegación Coyoacán, México, Distrito Federal, C.P. 04610, es de los comprendidos en el Artículo Decimoséptimo Transitorio de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de acuerdo con el Instrumento Público número 115,569 del 3 de octubre de 2008, pasado ante la fe del Lic. Enrique Almanza Pedraza, Notario Público número 198 del Distrito Federal, con el que se acredita que dicho inmueble se encuentra abierto al culto público desde aproximadamente el año de 1970 y con la Certificación de la Secretaría de Gobernación, de fecha 30 de junio del 2006, en la que se hace constar que el inmueble es considerado propiedad de la Nación, mismas que obran en el expediente integrado por la Dirección General del Patrimonio Inmobiliario Federal, adscrita al INSTITUTO DE ADMINISTRACION Y AVALUOS DE BIENES NACIONALES, órgano desconcentrado de la Secretaría de la Función Pública.
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Que el expediente de referencia se integró conforme a lo establecido en el artículo 25 de la Ley de Nacionalización de Bienes, Reglamentaria de la...
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