Acuerdo mediante el cual se delega a favor del Subsecretario de Desarrollo Rural de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, la facultad de emitir declaratorias de contingencias climatológicas para los casos de sequía, helada, granizada, nevada, lluvia torrencial, inundación significativa, tornado y ciclón en sus diferentes manifestaciones, cuando los daños por estas contingencias afecten exclusivamente al sector agropecuario, acuícola y pesquero   

Fecha de disposición30 Mayo 2008
Fecha de publicación30 Mayo 2008
MateriaDerecho Fiscal
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

ACUERDO mediante el cual se delega a favor del Subsecretario de Desarrollo Rural de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, la facultad de emitir declaratorias de contingencias climatológicas para los casos de sequía, helada, granizada, nevada, lluvia torrencial, inundación significativa, tornado y ciclón en sus diferentes manifestaciones, cuando los daños por estas contingencias afecten exclusivamente al sector agropecuario, acuícola y pesquero.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.

ALBERTO CARDENAS JIMENEZ, Secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, con fundamento en los artículos 9, 12, 16, 17, 18, 26 y 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; artículos 129 y 133 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; artículos 75 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; artículos 23, 33 y 34, anexos 7 y 17 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2008; 1 y 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 2 fracción XXVI, 3, 5, 6 y 8 del Reglamento Interior de esta Secretaría vigente; 4, 9 y 10 de la Ley de Planeación y 19 fracción III.1, del Acuerdo por el que se establecen Reglas de Operación de los Programas de la SAGARPA publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2007, y

CONSIDERANDO

Que en el mapa agropecuario, acuícola y pesquero nacional se localizan los más variados sistemas de producción, mismos que ante la presencia de fenómenos climatológicos extremos, presentan diversos índices de siniestralidad y vulnerabilidad en las unidades productivas, y en las diversas regiones del país.

Que resulta primordial la oportunidad con la cual puedan atenderse las necesidades de la población rural ante la eventualidad de dichos fenómenos así como la coordinación que se establezca entre el Gobierno Federal con los gobiernos de las entidades federativas, a fin de atender los efectos negativos y reintegrar a las unidades productivas a su actividad.

Que la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, publicada el 7 de diciembre de 2001, establece que el Estado, a través del Gobierno Federal y en coordinación con los gobiernos de las entidades federativas, impulsará políticas, acciones y programas en el medio rural para promover el...

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