Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-009-CNA-1998, Inodoros para uso sanitario-Especificaciones y métodos de prueba
Fecha de disposición | 03 Agosto 1999 |
Fecha de publicación | 03 Agosto 1999 |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
PROYECTO de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-009-CNA-1998, Inodoros para uso sanitario-Especificaciones y métodos de prueba.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca.- Comisión Nacional del Agua.
PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-009-CNA-1998, INODOROS PARA USO SANITARIO-ESPECIFICACIONES Y METODOS DE PRUEBA.
CONTENIDO
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Introducción
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Objetivo
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Campo de aplicación
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Referencias
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Definiciones
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Clasificación
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Especificaciones
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Muestreo
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Métodos de prueba
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Marcado, etiquetado, embalaje e instructivo
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Observancia de esta Norma
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Bibliografía
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Grado de concordancia con normas internacionales
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Vigencia
Anexos
GUILLERMO GUERRERO VILLALOBOS, Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización del Sector Agua, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 3o. fracción VI, 4o., 9o. fracción XII, 12, 100 y 119 fracción VI de la Ley de Aguas Nacionales; 1o., 3o. fracciones IV y XI, 40, 41, 43, 44, 45, 47 y demás relativos y aplicables de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 28, 31, 32, 33 y demás relativos del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 10 segundo párrafo y 14 fracción XI del Reglamento de la Ley de Aguas Nacionales; 35 fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca, tiene a bien expedir el siguiente Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-009-CNA-1998, Inodoros para uso sanitario-Especificaciones y métodos de prueba.
El presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-009-CNA-1998 fue aprobado por el Comité Consultivo Nacional de Normalización del Sector Agua, en sesión celebrada el 23 de septiembre de 1998 y se publica para consulta pública, de conformidad con el artículo 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, a efecto de que los interesados, dentro de los 60 días naturales siguientes a la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Federación presenten sus comentarios ante el Comité Consultivo Nacional de Normalización del Sector Agua, sito en privada del Relox número 16, piso 3, colonia Chimalistac, Delegación Alvaro Obregón, código postal 01070, México, D.F., teléfonos 54-81-12-64, 54-81-12-65, fax 54-81-12-66.
Durante el mencionado plazo, los análisis que sirvieron de base para la elaboración del Proyecto de Norma, así como la Manifestación de Impacto Regulatorio estarán a disposición del público para su consulta en el domicilio del Comité.
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Introducción
Actualmente la creciente demanda del recurso hidráulico ha provocado el deterioro de las fuentes de abastecimiento, disminuyendo la disponibilidad de agua, agravado esto por fugas, deficiencias de operación y mantenimiento, así como por el uso indiscriminado del recurso que se hace en hogares, oficinas, comercios e industrias en general.
En estudios e investigaciones se ha demostrado que el desperdicio en baños y sanitarios es significativo, existiendo el mayor porcentaje precisamente en inodoros de tipo doméstico. Por ello, se hizo indispensable contar con normas oficiales mexicanas, como los instrumentos más adecuados para asegurar la utilización racional del recurso y reducir el desperdicio.
Con la reducción del gasto en inodoros a 6 litros por descarga, se logró eficientar el uso del agua, sin embargo es necesario adecuar y actualizar dichos instrumentos con el fin de no limitar el avance tecnológico en lo concerniente a diseños, funcionamiento hidráulico y materiales, o se conviertan en barreras no arancelarias dentro de un libre comercio.
Debido a ello, se ha programado la revisión de esta Norma con la participación de todos los sectores, dentro de un marco de apertura y concertación, para el resguardo del recurso hidráulico.
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Objetivo
Esta Norma Oficial Mexicana establece las especificaciones y métodos de prueba que deben cumplir los inodoros, con el fin de asegurar el ahorro de agua en su uso y funcionamiento hidráulico.
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Campo de aplicación
La presente Norma Oficial Mexicana es aplicable a los inodoros de fabricación nacional y a los de importación. Se excluyen las tapas, asientos y partes que no intervengan en su funcionamiento hidráulico, así como las letrinas, sanitarios para vehículos, sanitarios entrenadores y sanitarios que no usan agua. Corresponde a los fabricantes, importadores y proveedores de los mismos el cumplimiento de la presente Norma.
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Referencias
Para la correcta aplicación de esta Norma se deben emplear las siguientes Normas Oficiales Mexicanas y Normas Mexicanas vigentes:
NOM-005-CNA-1966 Fluxómetros - Especificaciones y métodos de prueba. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 25 de julio de 1997.
NMX-Z-12/2-1987 Muestreo para la inspección por atributos - Parte 2: Métodos de muestreo, tablas y gráficas. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de octubre de 1987.
NOM-002-EDIF-1994 Que establece las especificaciones y métodos de prueba para válvulas de admisión y válvulas de descarga en tanques de inodoro. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 14 de marzo de 1994.
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Definiciones
Para efectos de aplicación de esta Norma se establecen las definiciones siguientes:
4.1 Alabeo
Grado de separación de una superficie plana y lisa en las partes que entran en contacto con paredes y pisos de un mueble sanitario.
4.2 Ampolla
Porción levantada o protuberancia de la superficie.
4.3 Burbuja
Porción levantada en la superficie o una mota de arena.
4.4 Complementos
Elementos del inodoro, para su fijación y operación.
4.5 Craquelado
Hendidura o estría muy fina en el vidriado.
4.6 Cuadro de clasificación
Hoja de cualquier material flexible, por ejemplo, hule o papel que pueda ser deslizada sobre superficies irregulares y que tenga una perforación cuadrada de 5 cm por lado.
4.7 Espejo de agua
Superficie máxima de agua visible en la taza cuando el inodoro se encuentra en condiciones de ser descargado.
4.8 Fluxómetro
El fluxómetro es una válvula automática, que dosifica y controla en una sola operación el agua que requiere la taza de inodoro para su funcionamiento.
4.9 Inodoro
Taza para fluxómetro o conjunto de taza y tanque de cualquier material.
4.10 Perforaciones
Serie de barrenos u orificios efectuados en el inodoro, los cuales realizan la función de acoplamiento entre las dos piezas (taza y tanque) o de sujeción o fijación de la taza, así como para la colocación del asiento.
4.11 Pozo
Concavidad abierta hacia arriba, formada a la entrada de la trampa, dentro de la taza del inodoro.
4.12 Sello hidráulico
Tirante hidráulico medido desde la parte superior de la entrada de la trampa hasta el espejo de agua.
4.13 Superficie de limpieza
Superficie visible del bacín interior de la taza del inodoro donde circula el agua para su limpieza.
4.14 Superficie visible
Area que después de la instalación del mueble es visible al observador puesto de pie en posición natural a un metro de distancia.
4.15 Tanque de inodoro
Caja y tapa de cualquier material capaz de contener agua para descargar en la taza.
4.16 Taza de inodoro
Mueble sanitario que integra el conjunto del inodoro, provisto con un dispositivo para desagüe y de una trampa hidráulica que permite el paso de excretas humanas al sistema de alcantarillado sanitario.
4.17 Trampa hidráulica
Cierre hidráulico diseñado para impedir la salida del aire y gases del sistema de alcantarillado sanitario a través de una taza de inodoro.
4.18 Válvula
Dispositivo diseñado para controlar el flujo de agua.
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Clasificación
Los inodoros objeto de esta Norma se clasifican en dos tipos y dos grados de calidad
5.1 Tipos
5.1.1 Tipo I.- Con tanque acoplado o separado del mueble asistido o no por presión (incluye los de una sola pieza). Están incluidos los infantiles, para discapacitados y con descarga a la pared.
5.1.2 Tipo lI.- Taza de inodoro para adaptarle fluxómetro.
5.2 Grados de calidad
5.2.1 Grado de calidad A. Para todos aquellos inodoros que cumplen con los límites admisibles, en su acabado, establecidos en las tablas 2 y 3. Debiendo cumplir al 100% con todos los requerimientos restantes establecidos en esta Norma.
5.2.2 Grado de calidad B. Para todos aquellos inodoros que cumplen con los límites admisibles, en su acabado, establecidos en las tablas 4 y 5. Debiendo cumplir al 100% con todos los requerimientos restantes establecidos en esta Norma.
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Especificaciones
Los fabricantes, importadores y proveedores de inodoros deben obtener la certificación del producto objeto de la presente Norma, en los términos que estipula la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, de acuerdo con las especificaciones que a continuación se señalan.
6.1 Acabados
Los inodoros, en lo que se refiere a sus acabados, deben cumplir con las especificaciones que se establecen en las tablas 2 y 3 o 4 y 5 según sea el caso. Esto se verifica de acuerdo al método de prueba que se establece en el punto 8.1.
6.2 Alabeo en la base de anclaje de la taza
La base de la taza no debe presentar alabeo cóncavo ni convexo mayor a lo establecido en las tablas 2 y 4 según sea el caso. Esto se verifica de acuerdo al método de prueba que se establece en el punto 8.2.
6.3 Dimensiones y tolerancias
Las dimensiones y tolerancias que deben cumplir los inodoros se establecen en la tabla 1. Las dimensiones que se refieren al diseño de los inodoros son propias de cada fabricante y deben aparecer claramente especificadas en sus catálogos; las típicas y más usuales son las que se...
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