Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-112-SCT1-1999, Telecomunicaciones-Interfaz-Parte de usuario de servicios integrados del sistema de señalización por canal común. (Continúa de la Cuarta Sección

EmisorComisión Federal de Telecomunicaciones

Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-112-SCT1-1999, Telecomunicaciones-Interfaz-Parte de usuario de servicios integrados del sistema de señalización por canal común. (Continúa de la Cuarta Sección)

(Viene de la Cuarta Sección)

  1. Acciones en una central intermedia

    Al recibir un mensaje de suspensión de la central precedente la central intermedia envía un mensaje de suspensión a la central siguiente.

  2. Acciones en la central de destino

    Al recibir un mensaje de suspensión de la central precedente la central de destino informa a la parte llamada de la solicitud de suspensión.

  3. Acciones en la central de control tras una petición de suspensión

    Al recibir la petición de suspensión del usuario o el mensaje de suspensión, la central de control arranca un temporizador (T2) para asegurar que la petición de reanudación o el mensaje de reanudación se recibe en un tiempo T2. Si el temporizador (T2) finaliza se aplica el procedimiento del § D.2.5.3.

    D.2.5.1.2 Suspensión iniciada por la parte llamada

    Se aplican los procedimientos de § D.2.5.1.1, excepto en que se intercambian las funciones de las centrales origen y destino.

    La central que controla la petición de suspensión está en la red del usuario iniciador de la suspensión.

    D.2.5.1.3 Suspensión iniciada por la red

    Un mensaje de suspensión puede ser generado por la red en respuesta a una indicación de colgar procedente de un nodo de interfuncionamiento o por una condición de colgado de la parte analógica llamada.

  4. Acciones en la central de destino o en la central de interfuncionamiento

    Al recibir una condición de colgado en la central terminal o una señal de cuelgue en la central de interfuncionamiento, la central puede enviar un mensaje de suspensión (red) a la central precedente.

  5. Acciones en la central intermedia

    Al recibir un mensaje de suspensión, la central enviará un mensaje de suspensión a la central precedente.

  6. Acciones en la central de control

    Al recibir la condición de colgado, la indicación de colgar o el mensaje de suspensión, la central de control arranca un temporizador (T6) para garantizar que se recibe una condición de descolgado, una indicación de repetición de respuesta, un mensaje de reanudación (de red) o un mensaje de liberación. En el apéndice C se estudia el valor de este temporizador (T6). Si este último termina, se aplican los procedimientos del § D.2.5.3.

    D.2.5.2 Reanudación

    Un mensaje de reanudación es una petición para reiniciar la comunicación. Una petición de liberación de llamada recibida de la parte llamada o llamante anulará la secuencia de suspensión/reanudación, siguiéndose entonces los procedimientos indicados en el § D.2.3.

    D.2.5.2.1 Reanudación iniciada por la parte llamante

    Habiéndose iniciado una condición de suspensión, una parte llamante puede solicitar la reconexión durante el periodo de temporizador T2. Se aplican los procedimientos del § D.2.5.1.1, apartados a), b) y c) salvo que el mensaje de reanudación sustituye al mensaje de suspensión. Al recibir el mensaje de reanudación, la central de control cancela el temporizador (T2).

    D.2.5.2.2 Reanudación iniciada por la parte llamada

    Se aplican los procedimientos del § D.2.5.2.1, excepto en que se intercambian las funciones en las centrales de origen y destino.

    D.2.5.2.3 Reanudación iniciada por la red

    Cuando previamente se ha enviado un mensaje de suspensión, la red inicia un mensaje de reanudación respondiendo a una indicación de repetición de respuesta emitida por un nodo de interfuncionamiento o por una condición de descolgado enviada por la parte analógica llamada.

  7. Acciones en la central de destino o en la central de interfuncionamiento

    Al recibir una indicación de repetición de respuesta en la central de interfuncionamiento o una condición de descolgado en la central terminal, la central puede enviar un mensaje de reanudación (de red) a la central precedente, si previamente se ha enviado un mensaje de suspensión (de red).

  8. Acciones en la central intermedia

    Al recibir un mensaje de reanudación la central enviará el mismo mensaje a la central precedente.

  9. Acciones en la central de control (central que controla la llamada)

    Al recibir la condición de descolgado, repetición de respuesta, mensaje de liberación o mensaje de reanudación, la central de control para el temporizador (T6) (arrancado en el § D.2.5.1.3 c)).

    D.2.5.3 Expiración del temporizador (T2) o del temporizador (T6)

    Si durante el temporizador (T2) o el temporizador (T6) indicado en el apéndice C no se recibe una petición de reconexión o un mensaje de reanudación, la central de control iniciará el procedimiento de liberación indicado en el § D.2.3.3. En el mensaje de liberación se usa el valor de causa # 102.

    D.2.6 Liberación diferida (opción nacional)

    (Este punto no es aplicable al interfaz).

    D.2.7 Modificación en el curso de la llamada

    (Este punto no es aplicable al interfaz).

    D.2.8 Procedimientos de control del eco

    D.2.8.1 Generalidades

    El procedimiento de control del eco se utiliza llamada a llamada para el intercambio de información entre centrales nodales sobre la demanda y la disponibilidad para insertar dispositivos de control del eco.

    El procedimiento se invoca cuando una llamada ha de encaminarse por una conexión para la cual es necesario el control del eco. Puede iniciarse en la central de origen o en una central intermedia..

    D.2.8.2 Hacia adelante

    D.2.8.2.1 Acciones en la central de origen

    Si la central de origen tiene suficiente información para determinar si es necesario control del eco en un circuito de salida:

    - se activa un semidispositivo de control del eco de salida, y

    - se fija el indicador de dispositivo de control del eco del campo del parámetro indicadores de la naturaleza de la conexión del MID.

    D.2.8.2.2 Acciones en una central intermedia

    Si una central intermedia tiene suficiente información para determinar si es necesario control del eco en un circuito de salida, tiene lugar alguna de las siguientes acciones:

  10. Cuando el campo del parámetro indicadores de la naturaleza de la conexión del MID indica que ya está incluido un dispositivo de control del eco:

    - no cambia el campo del parámetro indicadores de la naturaleza de la conexión del MID;

    - se reserva un semidispositivo de control de eco de entrada, y

    - se desactiva cualquier semidispositivo de control del eco de salida.

  11. Cuando el parámetro de indicadores de la naturaleza de la conexión del MID no indica que ya está incluido un dispositivo de control del eco:

    - se desactiva un semidispositivo de control del eco de salida, y

    - se fija el indicador de dispositivo de control del eco en el campo del parámetro indicadores de la naturaleza de la conexión.

    Si la central intermedia tiene suficiente información para determinar que no es necesario control del eco en un circuito de salida, tiene lugar alguna de las acciones siguientes:

  12. Cuando el campo del parámetro de indicadores de la naturaleza de la conexión del MID indica que ya está incluido un dispositivo de control del eco:

    - no se introducen cambios en el campo del parámetro indicadores de la naturaleza de la conexión del MID, y

    - se reserva un semidispositivo de control del eco.

  13. Cuando el campo del parámetro indicadores de la naturaleza de la conexión del MID no indica que ya está incluido un dispositivo de control del eco:

    - no se requiere ninguna acción adicional.

    D.2.8.2.3 Acciones en la central de destino

    Véase el § D.2.8.3.1 más adelante.

    D.2.8.3 Sentido hacia atrás

    D.2.8.3.1 Acciones en la central de destino

    Al recibir un MID con la indicación de «semidispositivo de control de eco de salida incluido» en el campo del parámetro indicadores de la naturaleza de la conexión tienen lugar las siguientes acciones:

    - se activa un semidispositivo de control del eco, y

    - se fija el indicador del dispositivo de control del eco del campo del parámetro indicadores de llamada hacia atrás en el primer mensaje hacia atrás (es decir, MDC o conexión).

    Si la central de destino no puede incluir un semidispositivo de control del eco, la información es trasladada a la central precedente por un indicador de dispositivo de control del eco en el campo del parámetro indicadores de llamada hacia atrás en el primer mensaje hacia atrás.

    D.2.8.3.2 Acciones en una central intermedia

    Al recibir el primer mensaje hacia atrás (es decir, MDC o conexión) en respuesta a un MID con indicación de control del eco, tiene lugar una de las siguientes acciones:

  14. Cuando el campo del parámetro indicadores de llamada hacia atrás indica que no está incluido un semidispositivo de control de eco de entrada:

    - se incluye el semidispositivo de control de eco de entrada reservado, y

    - se fija el indicador de dispositivo de control del eco en el campo del parámetro indicadores de llamada hacia atrás.

  15. Cuando el campo del parámetro indicadores de llamada hacia atrás indica que está incluido un semidispositivo de control de eco de entrada:

    - se libera el semidispositivo de control de eco de entrada reservado, y

    - no se introducen cambios en el campo del parámetro indicadores de llamada hacia atrás en el mensaje hacia atrás.

    D.2.8.3.3 Acciones en la central de origen

    No se requiere acción adicional alguna.

    D.2.9 Propiedades de la red

    D.2.9.1 Repetición automática de tentativas

    El sistema de señalización N.o 7 prevé la repetición automática de las tentativas tal como está definida en el apéndice C. Una repetición automática de tentativa se hará (hasta el momento en que se libere la información de mensaje inicial de dirección, véase el § D.2.3.4):

  16. al detectar una doble toma (en la central que no ejerce el control) (véase el § D.2.10.1.4);

    ii) al...

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