Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-034-SSA2-2000, Para la prevención y control de los defectos al nacimiento

Fecha de disposición31 Octubre 2001
Fecha de publicación31 Octubre 2001
EmisorSECRETARIA DE SALUD
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

PROYECTO de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-034-SSA2-2000, Para la prevención y control de los defectos al nacimiento.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud.

PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-034-SSA2-2000, PARA LA PREVENCION Y CONTROL DE LOS DEFECTOS AL NACIMIENTO.

ROBERTO TAPIA CONYER, Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Prevención y Control de Enfermedades, con fundamento en los artículos 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 3o. fracción XVI, 13 apartado A) fracción I, 133 fracción I, 158 y 159 de la Ley General de Salud; 38 fracción II, 40 fracciones III y XI, 41, 43 y 47 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 28 y 33 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; y 7 fracciones V y XIX y 20 fracción III del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, me permito ordenar la publicación en el Diario Oficial de la Federación del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-034-SSA2-2000, Para la prevención y control de los defectos al nacimiento.

El presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana se publica a efecto de que los interesados, dentro de los 60 días naturales siguientes a la publicación del mismo, presenten sus comentarios ante el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Prevención y Control de Enfermedades, sito en Lieja número 7, primer piso, colonia Juárez, código postal 06696, México, D.F., teléfono y fax 55-53-70-56, correo electrónico normas_spce@mail.ssa.gob.mx.

Durante el plazo mencionado, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 45 y 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, la Manifestación de Impacto Regulatorio del presente proyecto de norma, estará a disposición del público para su consulta en el domicilio del Comité.

PREFACIO

En la elaboración del Proyecto de Norma Oficial Mexicana para la Prevención y Control de los Defectos al Nacimiento, participaron las siguientes instituciones:

Secretaría de Salud Dirección General de Salud Reproductiva Centro Nacional de Vigilancia Epidemiología Dirección General de Información y Evaluación del Desempeño Dirección General de Equidad y Desarrollo en Salud Dirección General de Promoción de la Salud Dirección General de Calidad y Educación en Salud Centro Nacional para la Salud de la Infancia y Adolescencia Centro Nacional para la Prevención y Control del VIH/SIDA

Coordinación de Institutos Nacionales de Salud Instituto Nacional de Perinatología Instituto Nacional de Pediatría Instituto Nacional de Nutrición Salvador Zubirán Instituto Nacional de la Comunicación Humana Instituto Nacional de Medicina de Rehabilitación Hospital Infantil de México Federico Gómez

Coordinación de Hospitales del Distrito Federal Hospital General de México Hospital Juárez de México Hospital General Dr. Manuel Gea González Hospital de la Mujer

Secretaría de la Defensa Nacional Dirección General de Sanidad Militar

Secretaría de Marina Dirección General de Sanidad Naval

Gobierno del Distrito Federal Secretaría de Salud

Petróleos Mexicanos Subdirección Corporativa de Servicios Médicos

Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia Subdirección General de Concertación

Instituto Mexicano del Seguro Social Dirección de Prestaciones Médicas Coordinación General del Programa IMSS-Solidaridad Coordinación de Salud Reproductiva y Materno Infantil

Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado Subdirección General Médica Subdirección de Regulación de Servicios de Salud

Instituto Nacional Indigenista Subdirección de Salud y Bienestar Social

Universidad Nacional Autónoma de México Facultad de Medicina

Instituto Politécnico Nacional Escuela Superior de Medicina

Universidad Autónoma Metropolitana División de Ciencias de la Salud, UAM-Xochimilco

Academia Mexicana de Pediatría, A.C.

Consejo Mexicano de Certificación en Pediatría, A.C.

Consejo Mexicano de Certificación en Pediatría, Sección Neonatología, A.C.

Asociación Mexicana de Ginecología y Obstetricia

Federación Mexicana de Neonatología y Perinatología, A.C.

Federación Mexicana de Ginecología y Obstetricia

Asociación Mexicana de Genética Humana

Grupo de Estudios al Nacimiento

Patronato del Programa de Meningocele, A.C.

Grupo Nacional de Consenso en Endocrinología Pediátrica

Asociación Mexicana de Fibrosis Quística, A.C.

INDICE

  1. Introducción

  2. Objetivo y Campo de Aplicación

  3. Referencias

  4. Definiciones

  5. Símbolos y Abreviatura

  6. Disposiciones Generales

  7. Prevención

  8. Diagnóstico y Tratamiento

  9. Vigilancia Epidemiológica

  10. Educación Continua y Actualización del Personal de Salud

  11. Información, educación y comunicación

  12. Control de Calidad

  13. Bibliografía

  14. Concordancia con Normas Internacionales y Mexicanas

  15. Observancia de la Norma

  16. Vigencia

  17. Apéndices Normativos

  18. Introducción

    Los defectos al nacimiento son un conjunto de patologías que alteran la estructura anatómica, la fisiología de la misma, los procesos del metabolismo y del crecimiento y desarrollo de los fetos y neonatos. Algunos de estos defectos pueden ser prevenibles, diagnosticados y manejados oportunamente; esta última acción permite ofrecer a la madre atención con calidad al momento de la resolución obstétrica y, al neonato, posibilidades de una mejor condición de vida.

    En los últimos años, los logros obtenidos en el campo de la genética y del diagnóstico prenatal han tenido gran trascendencia, y se orientan a proporcionar la detección temprana de alteraciones fetales o complicaciones maternas que colocan en riesgo al binomio madre-hijo, así como a plantear estrategias dirigidas a reducir el riesgo de recurrencia.

    En esta Norma Oficial Mexicana se incluyen los principales defectos prevenibles o susceptibles de diagnóstico temprano, así como las medidas de prevención y control que puedan tener un impacto epidemiológico prioritario en las tasas de morbilidad y mortalidad perinatal durante un periodo no mayor de cinco años.

  19. Objetivo y campo de aplicación

    1.1 Esta Norma Oficial Mexicana establece los criterios y especificaciones para la prevención, diagnóstico, tratamiento y control de los defectos al nacimiento.

    1.2. Esta Norma Oficial Mexicana es de observancia obligatoria para el personal de salud que brinde atención en el campo de la salud reproductiva de las instituciones públicas, sociales y privadas del Sistema Nacional de Salud.

  20. Referencias

    Esta norma se complementa con las siguientes Normas Oficiales Mexicanas:

    2.1 NOM-007-SSA2-1995, Para la atención de la mujer durante el embarazo, parto y puerperio y del recién nacido. Criterios y procedimientos para la prestación del servicio.

    2.2 NOM-017-SSA2-1994, Para la vigilancia epidemiológica.

  21. Definiciones

    3.1 Acránea, a la ausencia de huesos de la bóveda craneal.

    3.2 Anencefalia, a la ausencia de encéfalo organizado, generalmente asociado a acránea.

    3.3 Anencefalia con holoacránea, a la ausencia de encéfalo organizado, generalmente asociado a acranea, involucra apertura del agujero magno occipital.

    3.4 Anencefalia con meroacránea, a la ausencia de encéfalo organizado, generalmente asociado a acranea, no involucra al agujero magno occipital.

    3.5 Anomalía, a cualquier desviación del desarrollo, que cambie el tipo normal de forma, estructura y/o función, y que es interpretado como anormal o patológica, incluye cambios mayores o menores del desarrollo corporal, orgánico o celular, variaciones ultraestructurales, así como variantes electroforéticas y/o moleculares.

    3.6 Anomalía en reducción de miembros, a la ausencia parcial o completa de hueso de un miembro, así como a la alteración transversa o longitudinal de la extremidad, de origen genético o por disrupción vascular.

    3.7 Anoftalmía, a la ausencia de globo ocular organizado en la órbita.

    3.8 Artrogriposis, al grupo de alteraciones congénitas que involucran contracturas articulares, generalmente no progresivas y en sitios múltiples.

    3.9 Atención a la salud reproductiva, al control y manejo de la salud de las mujeres y su pareja, incluyendo las etapas pre y gestacional, además de la atención integral a la salud de las y los niños y de las y los adolescentes.

    3.10 Bajo peso al nacer, al niño o niña que pesan al nacer menos de 2500 gramos (hasta 2499 gramos inclusive), independientemente de su edad gestacional.

    3.11 Catarata congénita, a la opacidad del cristalino presente al nacimiento.

    3.12 Craneosinostosis, al cierre prematuro de una o varias suturas craneales. Se detecta por alteración en la forma de la cabeza, cierre de fontanelas o cierre de suturas, modificando la forma en razón del sitio de fusión.

    3.13 Defecto, al sinónimo de anomalía, aunque por lo común representa una desviación más severa de lo usual y que se acompaña de una reducción o alteración de la función.

    3.14 Defecto al nacimiento, a cualquier anormalidad del desarrollo anatómico-estructural, del crecimiento/maduración y metabólico, presente al nacimiento, notoria o latente, que impida la correcta adaptación del individuo al medio extrauterino en los aspectos biológicos, psíquicos y sociales, capaz de ocasionar la muerte o la discapacidad para crecer y desarrollarse en las mejores condiciones, en alguna etapa del ciclo vital.

    3.15 Defectos articulares, a las fallas mayores en articulaciones, que alteran la movilidad y posición de la conjunción ósea.

    3.16 Defecto cardiovascular, a la serie de fallas en la anatomía del corazón y vasos adyacentes, que ocurren en la etapa prenatal.

    3.17 Defecto del tabique auricular con comunicación interauricular, a la falla en el tabique que divide las cavidades cardiacas, que permite la comunicación entre las aurículas.

    3.18 Defecto del tabique ventricular con comunicación interventricular, a la falla en el tabique que divide las cavidades cardiacas y que permite la comunicación entre los ventrículos.

    3.19 Defecto craneofacial, a la serie de fallas que se identifican...

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