Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-245-SSA1-2009, Requisitos sanitarios y calidad de agua que deben cumplir las albercas
Fecha de disposición | 05 Abril 2010 |
Fecha de publicación | 05 Abril 2010 |
Emisor | SECRETARIA DE SALUD |
Sección | UNICA. Poder Ejecutivo |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud. PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-245-SSA1-2009, REQUISITOS SANITARIOS Y CALIDAD DE AGUA QUE DEBEN CUMPLIR LAS ALBERCAS.
MIGUEL ANGEL TOSCANO VELASCO Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario, con fundamento en los artículos 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 3 fracción XV, 13 Apartado A fracciones I, IV, V, IX y X, 116, 118 fracciones II, IV, V y VII, 119 fracción II, 120, 122, 134 fracción X, 194 y 207 de la Ley General de Salud; 38 fracción II, 40 fracciones III, VII y XI, 41, 43, 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 28 y 33 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 2, literal C fracción X del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; 2 fracción I inciso a), fracción III inciso a); 12, 13, 209, 210, 211, 213, 216, 217, 220, 221, 222, 223, 224 y 1336 del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios; 3 fracciones I incisos, i, n, V, IX y XI; 10 fracciones IV y VIII del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, he tenido a bien ordenar la publicación del Proyecto de Norma Oficial PROY-NOM-245-SSA1-2009, Requisitos sanitarios y calidad de agua que deben cumplir las albercas.
El presente Proyecto se publica a efecto de que los interesados, dentro de los siguientes 60 días naturales, contados a partir de la fecha de su publicación, presenten sus comentarios por escrito y con el sustento técnico suficiente ante el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario, sita en Monterrey número 33, planta baja, colonia Roma, código postal 06700, México, D.F., teléfono 50805200, extensión 1131, correo electrónico rfs@cofeprissalud.gob.mx y rfs@cofepris.gob.mx.
Durante el plazo mencionado, los documentos que sirvieron de base para la elaboración del proyecto, así como la Manifestación de Impacto Regulatorio, estarán a disposición del público para su consulta en el domicilio del Comité.
PREFACIO
En la elaboración de este Proyecto de Norma Oficial Mexicana participaron las unidades administrativas e instituciones siguientes:
SECRETARIA DE SALUD
Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.
Centro Nacional de Vigilancia Epidemiológica y Control de Enfermedades.
SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
Comisión Nacional del Agua.
Subdirección General Técnica.
Instituto Mexicano de Tecnología del Agua.
Coordinación de Tratamiento y Calidad de Agua.
SECRETARIA DE TURISMO
ASOCIACION MEXICANA DE HOTELES Y MOTELES A.C.
ASOCIACION MEXICANA DE PARQUES ACUATICOS Y BALNEARIOS, A.C.
LION BUSINESS, S.A. DE C.V.
INSTAPURA, S.A. DE C.V.
ASOCIACION MEXICANA DE DESARROLLADORES TURISTICOS, A.C. (AMADETUR)
INDICE
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Introducción
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Objetivo y campo de aplicación
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Referencias
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Definiciones
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Abreviaturas
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Disposiciones Específicas
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Control Sanitario
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Muestreo
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Concordancia con normas internacionales
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Procedimiento de evaluación de la conformidad
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Bibliografía
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Observancia de la Norma
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Vigencia
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Introducción
El control sanitario de las albercas, es necesario para garantizar la calidad del agua con la finalidad de prevenir y minimizar riesgos a la salud pública por enfermedades gastrointestinales, de la piel y otras, ocasionadas por ingestión, contacto e inhalación de microorganismos patógenos. La vigilancia sanitaria de albercas debe basarse en los parámetros bacteriológicos y fisicoquímicos que determinan la calidad del agua, así como en sus condiciones sanitarias de operación y mantenimiento.
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Objetivo y campo de aplicación
1.1 Esta norma establece las especificaciones sanitarias que...
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