Norma Oficial Mexicana NOM-135-SCFI-2006, Prácticas comerciales-Requisitos de información en la venta de materiales para construcción

Fecha de disposición28 Junio 2006
Fecha de publicación28 Junio 2006
EmisorSECRETARIA DE ECONOMIA
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

NORMA Oficial Mexicana NOM-135-SCFI-2006, Prácticas comerciales-Requisitos de información en la venta de materiales para construcción.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.- Dirección General de Normas.

La Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en los artículos 34 fracciones XIII y XXX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 39 fracción V, 40 fracciones I y XII, 46, 47 fracción IV de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 19 fracciones I y XV del Reglamento Interior de esta Secretaría, y

CONSIDERANDO

Que es responsabilidad del Gobierno Federal procurar las medidas que sean necesarias para garantizar que los productos que se comercialicen en territorio nacional contengan los requisitos necesarios con el fin de garantizar los aspectos de información comercial para lograr una efectiva protección del consumidor;

Que con fecha 13 de enero de 2005 el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad al Usuario, Información Comercial y Prácticas de Comercio, aprobó la publicación del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-135-SCFI-2005, Prácticas comerciales-Requisitos de información en la venta de materiales para construcción, la cual se realizó en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2005, con objeto de que los interesados presentaran sus comentarios;

Que durante el plazo de 60 días naturales contados a partir de la fecha de publicación de dicho proyecto de Norma Oficial Mexicana, la Manifestación de Impacto Regulatorio a que se refiere el artículo 45 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización estuvo a disposición del público en general para su consulta; y que dentro del mismo plazo, los interesados presentaron comentarios sobre el contenido del citado proyecto de Norma Oficial Mexicana, mismos que fueron analizados por el grupo de trabajo, realizándose las modificaciones conducentes al proyecto de NOM;

Que con fecha 21 de abril de 2006, el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad al Usuario, Información Comercial y Prácticas de Comercio, aprobó por unanimidad la norma referida;

Que la Ley Federal sobre Metrología y Normalización establece que las normas oficiales mexicanas se constituyen como el instrumento idóneo para la protección de los intereses del consumidor, se expide la siguiente:

NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-135-SCFI-2006, PRACTICAS COMERCIALES-REQUISITOS DE INFORMACION EN LA VENTA DE MATERIALES PARA CONSTRUCCION

México, D.F., a 22 de mayo de 2006.- El Director General de Normas, Miguel Aguilar Romo.- Rúbrica.

PREFACIO

En la elaboración de la presente NOM participaron las siguientes empresas e instituciones:

- CAMARA MEXICANA DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION

- CAMARA DE COMERCIO, SERVICIOS Y TURISMO DE LA CIUDAD DE MEXICO

- CAMARA NACIONAL DE LA INDUSTRIA DE LA TRANSFORMACION (CANACINTRA)

- CONSEJO DE CONSTRUCCION SECCION 116

- Distribuidora de Materiales GONGORA, S.A. DE C.V. (Casa GONGORA)

- CEMENTOS MEXICANOS, S.A. DE C.V.

- MATERIAL DE LAS LOMAS, S.A. DE C.V.

- PROCURADURIA FEDERAL DEL CONSUMIDOR

- Subprocuraduría de Servicios

- Subprocuraduría de Verificación

- SECRETARIA DE ECONOMIA

- Dirección General de Comercio Interior y Economía Digital

INDICE

Objetivo y campo de aplicación

Definiciones

Disposiciones generales

De la información preliminar

Del contrato de adhesión

Vigilancia

Bibliografía

Concordancia con normas internacionales

Transitorio
  1. Objetivo y campo de aplicación

    1.1 El objetivo de la presente Norma Oficial Mexicana es establecer las características de la información comercial, que debe proporcionarse a los consumidores en los establecimientos dedicados a la venta de materiales para construcción, así como los requisitos de información mínima que deben contener los contratos de adhesión que se utilicen...

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