Norma Oficial Mexicana NOM-035-SCT-2-2010, Remolques y semirremolques-Especificaciones de seguridad y métodos de prueba

Fecha de disposición30 Septiembre 2010
Fecha de publicación30 Septiembre 2010
EmisorSECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes.- 4.013/DGAF/NOM-035-SCT-2-2010. NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-035-SCT-2-2010, REMOLQUES Y SEMIRREMOLQUES ESPECIFICACIONES DE SEGURIDAD Y METODOS DE PRUEBA.

HUMBERTO TREVIÑO LANDOIS, Subsecretario de Transporte y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre, con fundamento en los artículos 36 fracciones I y XII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., 30, 38 fracción II, 40 fracción III y XVI, 41, 43, 45 y 47 fracción I, II, III y IV, de la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización; 4o., de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 5o. fracción VI de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal; 28, 30 y 34 del Reglamento de la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización; 11 y 13 del Reglamento sobre el Peso, Dimensiones y Capacidad de los Vehículos de Autotransporte que Transitan en los Caminos y Puentes de Jurisdicción Federal; 6o. fracción XIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y demás ordenamientos jurídicos que resulten aplicables; y

CONSIDERANDO

Que la fracción XVI del artículo 40 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización dispone que las normas oficiales mexicanas tienen como finalidad establecer las características y especificaciones que deben reunir los vehículos de transporte para proteger las vías generales de comunicación y la seguridad de los usuarios.

Que la fracción VI del artículo 5o. de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, faculta a la Secretaría a expedir las normas oficiales mexicanas de vehículos de autotransporte y sus servicios auxiliares.

Que en cumplimiento del artículo 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, el pasado 16 de octubre de 2009, el proyecto de norma oficial mexicana fue publicado en el Diario Oficial de la Federación a efecto de que dentro de los 60 días naturales los interesados presentaron sus comentarios al Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre.

Que durante el plazo señalado, los interesados presentaron sus comentarios al proyecto de norma, los cuales fueron estudiados por el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre con la intervención de instituciones educativas y de investigación del país, representantes de la industria nacional, así como la intervención de las autoridades involucradas, integrándose a dicho proyecto de norma las modificaciones que el citado Comité consideró procedentes.

Que en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 47 fracción III de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y conforme a los acuerdos adoptados por el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre, el 2 de agosto de 2010 fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación, las respuestas a los comentarios recibidos en relación al proyecto de norma oficial mexicana en cita.

Que habiéndose cumplido con el procedimiento establecido en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, el Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-035-SCT-2-2008, REMOLQUES Y SEMIRREMOLQUES-ESPECIFICACIONES DE SEGURIDAD Y METODOS DE PRUEBA, mismo que fue elaborado y revisado en el seno del Subcomité de Normalización número 2 "Especificaciones de Vehículos, Partes, Componentes y Elementos de Identificación" y aprobado como Norma Oficial Mexicana por el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre, en su sesión ordinaria de fecha 23 de marzo de 2010.

Que el artículo 6o., fracción XIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes faculta al Subsecretario de Transporte a expedir normas oficiales mexicanas en el ámbito de su competencia, por lo que tengo a bien expedir la siguiente Norma Oficial Mexicana NOM-035-SCT-2-2010, Remolques y semirremolques especificaciones de seguridad y métodos de prueba.

México, D.F., a los veinte días del mes de agosto de dos mil diez.- El Subsecretario de Transporte y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre, Humberto Treviño Landois.- Rúbrica.

NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-035-SCT-2-2010 REMOLQUES Y SEMIRREMOLQUES- ESPECIFICACIONES DE SEGURIDAD Y METODOS DE PRUEBA

HUMBERTO TREVIÑO LANDOIS, Subsecretario de Transporte y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte, con fundamento en los artículos 36 fracciones I y XII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., 3o., fracción Xl, 38 fracción II; 40 fracciones III y XVI, 41, 43, 45 y 47 fracciones I, II, III y IV de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 1o. y 5o. fracción VI, 39, 60 y 70 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal; 28, 30 y 34 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y 6o. fracción XIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

PREFACIO

En la elaboración del presente proyecto de Norma Oficial Mexicana participaron las siguientes Dependencias, empresas e instituciones:

SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES

Dirección General del Autotransporte Federal.

SECRETARIA DE ECONOMIA

Dirección General de Normas

ACCURIDE, S.A. DE C.V.

ASOCIACION MEXICANA DE PROVEEDORES DE SEMIRREMOLQUES, A.C.

ASOCIACION NACIONAL DE TRANSPORTE PRIVADO, A.C.

CAMARA NACIONAL DE LA INDUSTRIA DE TRANSFORMACION

CAMARA NACIONAL DEL AUTOTRANSPORTE DE CARGA

CARROCERIAS ALTAMIRANO, S.A. DE C.V.

COMERCIALIZADORA DE EQUIPO PARA EL TRANSPORTE, S.A. DE C.V.

HENDRICKSON MEXICANA, S.A. DE C.V.

HOLLAND INTERNATIONAL DE MEXICO, S. DE R.L. DE C.V.

NORTRACK DE MEXICO, S.A. DE C.V.

PROCURADURIA FEDERAL DEL CONSUMIDOR

RESALTA, S.A. DE C.V.

UTILITY TRAILERS DE MEXICO, S.A. DE C.V.

WR TRADING DE MEXICO, S.A. DE C.V.

INDICE

CAPITULO

  1. Objetivo y campo de aplicación

  2. Referencias

  3. Definiciones

  4. Especificaciones

  5. Métodos de prueba

  6. Información de especificaciones técnicas

  7. Procedimiento de evaluación de la conformidad

  8. Sanciones

  9. Vigilancia

  10. Concordancia con normas internacionales

  11. Vigencia

  12. Transitorio

  13. Bibliografía

  14. Objetivo y campo de aplicación

    1.1 La presente Norma Oficial Mexicana (NOM), establece las especificaciones mínimas de seguridad y de operación que deben cumplir los remolques, semirremolques y convertidores nuevos o usados que se incorporen al territorio de los Estados Unidos Mexicanos, y es aplicable a los fabricantes e importadores de remolques y/o semirremolques y/o convertidores.

    1.2 La Norma Oficial Mexicana es aplicable a los remolques y semirremolques con peso bruto vehicular de diseño superior a 14 000 kg.

    1.3 La Norma Oficial Mexicana no es aplicable a los remolques y semirremolques reconocidos como de aplicación específica de transporte de objetos indivisibles de gran peso y/o volumen descritos en la Norma Oficial Mexicana NOM-040-SCT-2-1995 Para el transporte de objetos indivisibles de gran peso y/o volumen, peso y dimensiones de las combinaciones vehiculares y de las grúas industriales y su tránsito por caminos y puentes de jurisdicción federal, o la que la sustituya.

    1.4 Esta Norma Oficial Mexicana no aplica a los remolques y semirremolques matriculados en los Estados Unidos Mexicanos con anterioridad a la entrada en vigor de la presente NOM.

    1.5 La presente Norma Oficial Mexicana tampoco será aplicable a aquellos remolques y semirremolques que ingresen al país bajo el régimen de internación temporal previsto en el artículo 106 fracción I de la Ley Aduanera.

  15. Referencias

    Esta norma se complementa con las siguientes Normas Oficiales Mexicanas (NOM) y Normas Mexicanas (NMX) vigentes o las que las sustituyan:

    NOM-008-SCFI-2002, Sistema general de unidades de medida, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de noviembre de 2002.

    NOM-006-SCT2/2000, Aspectos básicos para la revisión ocular diaria de la unidad destinada al autotransporte de materiales y residuos peligrosos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 9 de noviembre de 2000.

    NOM-012-SCT-2-2008, Sobre el peso y dimensiones máximas con los que pueden circular los vehículos de autotransporte que transitan en las vías generales de comunicación de jurisdicción federal, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1 de abril 2008.

    NOM-020-SCT2/1995, Requerimientos generales para el diseño y construcción de autotanques destinados al transporte de materiales y residuos peligrosos, especificaciones SCT306, SCT307 y SCT312, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 17 de noviembre de 1997.

    NOM-023-SCT2/1994, Información técnica que debe contener la placa que portarán los autotanques, recipientes metálicos intermedios para granel (RIG) y envases de capacidad mayor a 450 litros que transportan materiales y residuos peligrosos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 25 de septiembre de 1995.

    NOM-040-SCT-2-1995, Para el transporte de objetos indivisibles de gran peso y/o volumen, peso y dimensiones de las combinaciones vehiculares y de las grúas industriales y su tránsito por caminos y puentes de jurisdicción federal, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de marzo de 1998.

    NOM-057-SCT2/2003, Requerimientos generales para el diseño y construcción de autotanques destinados al transporte de gases comprimidos, especificación SCT 331.

    NOM-068-SCT-2-2000, Transporte terrestre, servicio de autotransporte federal de pasaje, turismo, carga y transporte privado. Condiciones físico mecánicas y de seguridad para la operación en caminos y puentes de jurisdicción federal, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 24 de julio de 2000.

    NOM-001-SSP-2008, Para la determinación, asignación e instalación del número de identificación vehicular-, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13 de enero de 2010.

    NMX-D-225-1996-SCFI, Autotransporte de carga-Películas...

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