Circular por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, que la H. Primera Sala Regional del Noreste del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa concedió la suspensión provisional a la empresa Grupo Industrial Electromecánico, S.A. de C.V., en el juicio de nulidad número 4113/10-06-01-2, promovido en contra de la sanción de inhabilitación por el plazo de un año y tres meses impuesta a través de la resolución emitida el 20 de mayo de 2010

EdiciónMatutina
EmisorSecretaría de la Función Pública

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Organo Interno de Control en Pemex-Exploración y Producción.- Area de Responsabilidades.- Sanciones.- Expediente CI-S-PEP-0410/2005. CIRCULAR No. OIC-PEP-AR-18.575.0014/2011

CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL; ASI COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, QUE LA H. PRIMERA SALA REGIONAL DEL NORESTE DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA, CONCEDIO LA SUSPENSION PROVISIONAL A LA EMPRESA GRUPO INDUSTRIAL ELECTROMECANICO, S.A. DE C.V., EN EL JUICIO DE NULIDAD NUMERO 4113/10-06-01-2, PROMOVIDO EN CONTRA DE LA SANCION DE INHABILITACION POR EL PLAZO DE UN AÑO Y TRES MESES IMPUESTA A TRAVES DE LA RESOLUCION EMITIDA EL 20 DE MAYO DE 2010.

Oficiales mayores de las dependencias,

Procuraduría General de la República

y equivalentes de las entidades de la

Administración Pública Federal y de los

gobiernos de las entidades federativas.

Presentes.

Por auto de fecha veintitrés de febrero de dos mil once, la H. Primera Sala Regional del Noreste del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en el juicio de nulidad número 4113/10-06-01-2, otorgó en beneficio de la empresa Grupo Industrial Electromecánico, S.A. de C.V., la suspensión provisional sobre la ejecución del acto impugnado consistente en inhabilitación por el plazo de un año y tres meses, impuesto a través de la resolución de fecha veinte de mayo de dos mil diez, dictada en el expediente administrativo CI-S-PEP-0410/2005, en los siguientes términos:

"...

Se ordena a la Autoridad demandada preserve el derecho de la empresa demandante, de participar en cualquier concurso o licitación ante dependencias federales, estatales o municipales, sin ninguna restricción, esto es, que se le permita continuar con sus actividades, hasta en tanto no se...

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