NORMA Oficial Mexicana NOM-027-STPS-1994, Señales y avisos de seguridad e higiene.

Fecha de disposición27 Mayo 1994
Fecha de publicación27 Mayo 1994
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

NOM-027-STPS-1994,

NORMA Oficial Mexicana NOM-027-STPS-1994, Señales y avisos de seguridad e higiene.

27-05-94

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

NORMA OFICIAL MEXICANA: NOM-027-STPS-1994. SEÑALES Y AVISOS DE SEGURIDAD E HIGIENE.

ARSENIO FARELL CUBILLAS, Secretario del Trabajo y Previsión Social, con fundamento en los artículos 16, 40 fracciones I y XI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 512, 523 fracción I, 524 y 527 último párrafo de la Ley Federal del Trabajo; 3o. fraccion XI, 38 fracción II, 40 fracciones I y VII, 41 a 47 y 52 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 2o., 3o. y 5o. del Reglamento General de Seguridad e Higiene en el Trabajo y 5o. del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y

CONSIDERANDO

Que con fecha 2 de julio de 1993, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 46 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social presentó al Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente Laboral, el Anteproyecto de la presente Norma Oficial Mexicana:

Que en sesión de fecha 7 de julio de 1993, el expresado Comité consideró correcto el Anteproyecto y acordó que se publicara como Proyecto en el Diario Oficial de la Federación;

Que con fecha 19 de julio de 1993, en cumplimiento del acuerdo del Comité y de lo previsto en el artículo 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Proyecto de la presente Norma Oficial Mexicana a efecto de que dentro de los siguientes 90 días naturales a dicha publicación, los interesados presentaran sus comentarios al Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente Laboral;

Que habiendo recibido comentarios de la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos, de la Casa Cuervo, S.A. de C.V., de los Astilleros Unidos de Veracruz, S.A. de C.V., de Du Pont, S.A. de C.V., el Comité Consultivo Nacional procedió a su estudio y resolvió sobre los mismos en sesión de fecha 26 de octubre de 1993;

Que con fecha 16 de marzo de 1994, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 47 fracción III de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las respuestas otorgadas a los comentarios recibidos;

Que en atención a las anteriores consideraciones y toda vez que con fecha 26 de octubre de 1993, el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente Laboral otorgó la aprobación respectiva, se expide la siguiente:

Norma Oficial Mexicana, NOM-027-STPS-1994. Señales y avisos de seguridad e higiene.

  1. Introducción.

    Las señales y avisos de seguridad e higiene son sistemas que proporcionan información específica, cuyo propósito es atraer la atención en forma rápida y provocar una reacción inmediata, advertir un peligro, indicar la ubicación de dispositivos y equipos de seguridad, promover hábitos y actitudes de seguridad e higiene en el centro de trabajo.

    Las señales y avisos de seguridad e higiene deben ser entendibles por cualquier persona dentro del centro de trabajo y en su elaboración debe evitarse, tanto como sea posible, el uso de palabras o textos largos.

    La efectividad de la señal o aviso depende de la habilidad que tenga el trabajador para interpretar el mensaje que proporciona. Por eso es importante incluir como parte del programa de señalización la capacitación y adiestramiento para la correcta interpretación de las señales o avisos que existen en el centro de trabajo.

    El patrón debe considerar que la señal o aviso de seguridad e higiene no elimina el riesgo ni sustituye las medidas de control para prevenir el mismo.

    La presente Norma Oficial Mexicana ejemplifica una serie de señales con propósitos ilustrativos, sin embargo dicha serie no es exhaustiva, por lo tanto no limita la generación de otras no contempladas, siempre y cuando se cumpla con los lineamientos que se establecen en el cuerpo de la presente Norma.

  2. Objetivo.

    Esta Norma Oficial Mexicana establece el código para elaborar señales y avisos de seguridad e higiene; así como las características y especificaciones que éstas deben cumplir.

  3. Campo de aplicación.

    Esta Norma Oficial Mexicana se aplica a las señales y avisos de seguridad e higiene que deben emplearse en los centros de trabajo, de acuerdo con los casos que establece el Reglamento General de Seguridad e Higiene en el Trabajo, y no es aplicable a señales o avisos con iluminación propia.

  4. Referencias.

    Esta Norma Oficial Mexicana complementa:

    Reglamento General de Seguridad e Higiene en el Trabajo.

    NOM-028-STPS "Seguridad-Código de colores para la identificación de fluidos conducidos en tuberías".

    NOM-026-STPS "Seguridad-Colores y su aplicación".

  5. Definiciones.

    Para efectos de esta Norma Oficial Mexicana se establecen las definiciones siguientes:

    4.1 Color de seguridad.

    Es aquel de uso especial y restringido, cuya finalidad es indicar la presencia de peligro o bien una obligación a cumplir.

    4.2 Color contrastante.

    Es aquel que se utiliza para resaltar el color de seguridad.

    4.3 Señal de seguridad e higiene.

    Es un sistema que proporciona información de seguridad e higiene, consta de una forma geométrica, un...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR