Norma Oficial Mexicana NOM-034-SCT2-2011, Señalamiento horizontal y vertical de carreteras y vialidades urbanas
Fecha de disposición | 16 Noviembre 2011 |
Fecha de publicación | 16 Noviembre 2011 |
Emisor | SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES |
Sección | SEGUNDA. Poder Ejecutivo |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes. FELIPE DUARTE OLVERA, Subsecretario de Transporte y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre, con fundamento en los artículos 36 fracciones I y XII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., 38 fracción II, 40 fracciones I, III y XVI, 41, 43, 47 y 51 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 5o., fracción VI de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal; 28 y 34 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 6o., fracción XIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes; y demás ordenamientos jurídicos que resulten aplicables; y
CONSIDERANDO
Que es necesario establecer los requisitos generales que han de atenderse para diseñar e implantar el señalamiento vial de las carreteras y vialidades urbanas de jurisdicción federal, estatal y municipal, a fin de que dicho señalamiento sea uniforme en el territorio nacional, con el propósito de facilitar que los usuarios comprendan las indicaciones que transmite con relación a su seguridad, para disminuir la ocurrencia de accidentes.
Que en el caso de la Norma Oficial Mexicana en cita, se contemplan los señalamientos horizontal y vertical de carreteras y vialidades urbanas, integrados mediante marcas en el pavimento y en las estructuras adyacentes; tableros con símbolos, pictogramas y leyendas, así como otros elementos, constituyendo un sistema que tiene por objeto delinear las características geométricas de esas vías públicas; denotar todos aquellos elementos estructurales que estén instalados dentro del derecho de vía; prevenir sobre la existencia de algún peligro potencial en el camino y su naturaleza; regular el tránsito señalando la existencia de limitaciones físicas o prohibiciones reglamentarias que restringen su uso; guiar oportunamente a los usuarios a lo largo de sus itinerarios, indicando los nombres y ubicaciones de las poblaciones, los lugares de interés y las distancias en kilómetros, e informando sobre la existencia de servicios o de lugares de interés turístico o recreativo, transmitiéndoles indicaciones relacionadas con su seguridad y con la protección de las vías de comunicación, para regular y canalizar correctamente el tránsito de vehículos y peatones.
Que habiéndose dado cumplimiento al procedimiento establecido en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y su Reglamento, para la publicación de normas oficiales mexicanas, el Subsecretario de Transporte y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre, con fecha 3 de febrero de 2011, ordenó la publicación en el Diario Oficial de la Federación del Proyecto de Norma Oficial Mexicana, PROY-NOM-034-SCT2-2010, Señalamiento Horizontal y Vertical de Carreteras y Vialidades Urbanas.
Que durante el plazo de 60 días naturales, contados a partir de la fecha de publicación del Proyecto de Norma Oficial Mexicana, la Manifestación de Impacto Regulatorio y los análisis que sirvieron de base para su elaboración, a que se refieren los artículos 45 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 32 de su Reglamento, estuvieron a disposición del público en general para su consulta, en el domicilio del Comité respectivo y los interesados presentaron sus comentarios al Proyecto de Norma Oficial Mexicana de referencia, los cuales fueron analizados y resueltos en el seno del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre, integrándose a la Norma Oficial Mexicana, las observaciones procedentes.
En tal virtud y previa aprobación del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre, he tenido a bien expedir la siguiente: Norma Oficial Mexicana NOM-034-SCT2-2011, "Señalamiento Horizontal y Vertical de Carreteras y Vialidades Urbanas".
Atentamente
México, D.F., a 24 de octubre de 2011.- El Subsecretario de Transporte y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre, Felipe Duarte Olvera.- Rúbrica.
NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-034-SCT2-2011, "SEÑALAMIENTO HORIZONTAL Y VERTICAL DE CARRETERAS Y VIALIDADES URBANAS"
PREFACIO
En la elaboración de esta Norma Oficial Mexicana participaron:
SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
· INSTITUTO MEXICANO DEL TRANSPORTE
· DIRECCION GENERAL DE SERVICIOS TECNICOS
· DIRECCION GENERAL DE TRANSPORTE FERROVIARIO Y MULTIMODAL
CAMINOS Y PUENTES FEDERALES DE INGRESOS Y SERVICIOS CONEXOS
· DIRECCION TECNICA
SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL
· DIRECCION GENERAL DE EQUIPAMIENTO E INFRAESTRUCTURA EN ZONAS URBANO-MARGINADAS
SECRETARIA DE TURISMO
· DIRECCION GENERAL DE MEJORA REGULATORIA
SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA
· POLICIA FEDERAL
SECRETARIA DE TRANSPORTES Y VIALIDAD DEL DISTRITO FEDERAL
· DIRECCION GENERAL DE PLANEACION Y VIALIDAD
INSTITUCIONES ACADEMICAS
· INSTITUTO DE INGENIERIA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MEXICO
· ESCUELA SUPERIOR DE INGENIERIA Y ARQUITECTURA, UNIDAD ZACATENCO, DEL INSTITUTO POLITECNICO NACIONAL
CAMARAS Y SOCIEDADES TECNICAS
· CAMARA NACIONAL DEL AUTOTRANSPORTE DE CARGA
· CAMARA NACIONAL DEL AUTOTRANSPORTE DE PASAJE Y TURISMO
· CONFEDERACION NACIONAL DE TRANSPORTISTAS MEXICANOS, A.C.
· ASOCIACION MEXICANA DE INGENIERIA DE TRANSPORTES, A.C.
· ASOCIACION MEXICANA DE INGENIERIA DE VIAS TERRESTRES, A.C.
· ASOCIACION NACIONAL DE INGENIERIA URBANA, A.C.
· ASOCIACION NACIONAL DE TRANSPORTE PRIVADO, A.C.
EMPRESAS
· FERROCARRIL MEXICANO, S.A. DE C.V.
· IMPULSORA TLAXCALTECA DE INDUSTRIAS, S.A. DE C.V.
· KANSAS CITY SOUTHERN DE MEXICO, S.A. DE C.V.
INDICE
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Introducción
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Objetivo
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Campo de aplicación
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Referencias
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Definiciones
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Especificaciones y características del señalamiento horizontal
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Especificaciones y características del señalamiento vertical
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Proyecto de señalamiento para carreteras o vialidades urbanas
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Concordancia con normas internacionales y normas mexicanas
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Bibliografía
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Evaluación de la conformidad
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Vigilancia
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Observancia
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Vigencia
Apéndice A: Instructivo para el trazo en campo de la raya separadora de sentidos de circulación en curvas
Apéndice B: Sistemas de control de velocidad para cruces a nivel con vías férreas
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Introducción
El señalamiento horizontal y vertical de carreteras y vialidades urbanas se integra mediante marcas en el pavimento y en las estructuras adyacentes; tableros con símbolos, pictogramas y leyendas, así como otros elementos, constituyendo un sistema que tiene por objeto delinear las características geométricas de esas vías públicas; denotar todos aquellos elementos estructurales que estén instalados dentro del derecho de vía; prevenir sobre la existencia de algún peligro potencial en el camino y su naturaleza; regular el tránsito señalando la existencia de limitaciones físicas o prohibiciones reglamentarias que restringen su uso; guiar oportunamente a los usuarios a lo largo de sus itinerarios, indicando los nombres y ubicaciones de las poblaciones, los lugares de interés y las distancias en kilómetros, e informando sobre la existencia de servicios o de lugares de interés turístico o recreativo, transmitiéndoles indicaciones relacionadas con su seguridad y con la protección de las vías de comunicación, para regular y canalizar correctamente el tránsito de vehículos y peatones, por lo que, con el propósito de facilitar que los usuarios comprendan esas indicaciones, dicho sistema debe ser uniforme en todo el territorio nacional, para disminuir la ocurrencia de accidentes.
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Objetivo
La presente Norma Oficial Mexicana tiene por objeto establecer los requisitos generales que han de considerarse para diseñar e implantar el señalamiento vial de las carreteras y vialidades urbanas de jurisdicción federal, estatal y municipal.
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Campo de aplicación
Con el propósito de que el señalamiento vial sea de ayuda para que los vehículos, tanto del autotransporte federal como público en general, transiten en forma segura, esta Norma es de aplicación obligatoria en:
· Las carreteras y vialidades urbanas federales;
· las carreteras estatales y municipales;
· las vialidades urbanas que sirvan de enlace entre las carreteras federales, estatales y municipales;
· las vialidades urbanas que crucen a nivel con vías férreas, así como las que comuniquen a las terminales federales de autotransporte de pasaje o de carga, a los aeropuertos y aeropistas, a las estaciones ferroviarias, a los puertos marítimos, a los puertos fronterizos, a los parques industriales, a los destacamentos militares, de la Policía Federal, de la Cruz Roja Mexicana y a las instalaciones de protección civil;
· las vialidades urbanas del Distrito Federal, y
· otras vialidades urbanas que las autoridades estatales y municipales así lo establezcan.
Las intersecciones formadas por las carreteras y vialidades referidas, con otras vialidades urbanas, se señalizarán conforme a lo establecido en esta Norma.
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Referencias
Para la aplicación de esta Norma, es necesario consultar las siguientes normas oficiales mexicanas vigentes.
NOM-036-SCT2/2009 RAMPAS DE EMERGENCIA PARA FRENADO EN CARRETERAS
NOM-050-SCT2/2010 DISPOSICION PARA LA SEÑALIZACION DE CRUCES A NIVEL DE CAMINOS Y CALLES CON VIAS FERREAS.
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Definiciones
Para los efectos de la presente Norma Oficial Mexicana se consideran las siguientes definiciones:
4.1. Arroyo vial
Franja destinada a la circulación de los vehículos, delimitada por los acotamientos o las banquetas.
4.2. Carretera
Camino público, ancho y espacioso, pavimentado y dispuesto para el tránsito de vehículos, con o sin accesos controlados, que puede prestar un servicio de comunicación a nivel nacional, interestatal, estatal o municipal.
4.3. Señalamiento
Conjunto integrado de marcas y señales que indican la geometría de las carreteras y vialidades urbanas, así como sus bifurcaciones, cruces y pasos a nivel; previenen sobre la existencia...
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