Norma Oficial Mexicana NOM-125-SSA1-2016, Que establece los requisitos sanitarios para el proceso y uso de asbesto

Fecha de Entrada en Vigor 2 de Septiembre de 2018
EdiciónMatutina
EmisorSecretaría de Salud

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud. JULIO SALVADOR SÁNCHEZ Y TÉPOZ, Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 3o., fracciones XIII, XIV y XVI, 17 bis, fracción III, 128, 129, 131, 132 y 194, fracción III, de la Ley General de Salud; 38, fracción II, 40, fracciones VII y XI, 41, 43 y 47, fracción IV, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 1215, 1220, fracciones I, VI, VII y VIII, 1221, 1224, 1226 y 1227, del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios; 28, del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 3, fracción I, inciso i) y 10, fracciones IV y VIII, del Reglamento de la Comisión Federal para Protección contra Riesgos Sanitarios, y

CONSIDERANDO

Que con fecha del 23 de diciembre de 2015, en cumplimiento del acuerdo del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario y de lo previsto en el artículo 47, fracción I, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el proyecto de la presente Norma, a efecto de que dentro de los sesenta días naturales siguientes a su publicación, los interesados presentarán sus comentarios ante dicho Comité;

Que con fecha previa, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación, la respuesta a los comentarios recibidos por el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario, en términos de lo dispuesto por el artículo 47, fracción III, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, y

Que en atención a las anteriores consideraciones, contando con la aprobación del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario, tengo a bien expedir y ordenar la publicación en el Diario Oficial de la Federación de la

NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-125-SSA1-2016, QUE ESTABLECE LOS REQUISITOS SANITARIOS PARA EL PROCESO Y USO DE ASBESTO

PREFACIO

En la elaboración de la presente Norma, participaron las siguientes Instituciones y Organismos:

SECRETARÍA DE SALUD

Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios

SECRETARÍA DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL

Dirección General de Seguridad y Salud en el Trabajo

INSTITUTO MEXICANO DE FIBROINDUSTRIAS A.C.

ÍNDICE

  1. Introducción.

  2. Objetivo y campo de aplicación.

  3. Referencias normativas.

  4. Términos y Definiciones.

  5. Símbolos y términos abreviados.

  6. Especificaciones.

  7. Concordancia con Normas internacionales y mexicanas.

  8. Bibliografía.

  9. Observancia de la norma.

  10. Evaluación de la conformidad.

  11. Vigencia.

  12. Introducción

    Se denomina asbesto a un grupo de minerales metamórficos fibrosos que están compuestos principalmente de silicatos. Los minerales de asbesto tienen fibras largas y altamente resistentes a condiciones físicas extremas, tales como el calor o la fricción, lo cual permite emplearlas en una gran variedad de productos manufacturados, principalmente en materiales de construcción (en las tuberías, tinacos, láminas estructurales, onduladas, planas y tejas para recubrimiento de techos, baldosas y azulejos, productos de papel y productos de cemento con asbesto), productos de fricción (embrague de automóviles, frenos, componentes de la transmisión), materias textiles termo-resistentes, envases, paquetería y revestimientos, equipos de protección individual, pinturas, productos de vermiculita o de talco, etc.

    El asbesto o amianto es la forma fibrosa de los silicatos minerales, el cual se compone de seis diferentes tipos de minerales divididos de dos familias mineraoligas: Serpentinas, que incluyen al crisotilo y anfíboles que incluyen a la amosita, crocidolita y las formas fibrosas de tremolita, actinolita, y antofilita.

    Las fibras de asbesto pueden pasar al aire o al agua a causa de la degradación de los depósitos naturales o de los productos de asbesto manufacturados. Las fibras de asbesto no se evaporan al aire ni se disuelven en agua. Las fibras de diámetro pequeño y las partículas pequeñas pueden permanecer suspendidas en el aire por largo tiempo y así ser transportadas largas distancias por el viento y el agua antes de depositarse. Las fibras y partículas de mayor tamaño tienden a depositarse más rápido. Las fibras de asbesto no pueden movilizarse a través del suelo. Las fibras de asbesto generalmente no son degradadas a otros compuestos y permanecen virtualmente inalteradas por largo tiempo.

    Las concentraciones de asbesto que se encuentran en el aire del interior de edificios, el aire que se encuentra fuera de éstos y en el agua potable son muy variables, por lo que no es posible calcular un nivel de exposición general, únicamente se puede determinar la exposición con base en las concentraciones detectadas en cada sitio.

    De acuerdo con el documento "TOXICOLOGICAL PROFILE FOR ASBESTOS" apartado "6.5 GENERAL POPULATION AND OCCUPATIONAL EXPOSURE" publicado por U.S. DEPARTMENT OF HEALTH AND HUMAN SERVICES, Public Health Service, Agency for Toxic Substances and Disease Registry, los edificios pueden contener asbesto el cual es utilizado en techos y paneles aislantes, en estos casos la exposición de la población en general al asbesto, tanto en el interior como en el exterior de edificios es extremadamente baja (3x10-6 f/mL, dentro de edificios y 2x10-6 f/mL fuera de edificios), independientemente de si éstos han sido reparados o si están en buenas condiciones, ya que la liberación de fibras de amianto es esporádica y episódica. Las personas que viven en las proximidades de las minas de amianto y de las industrias relacionadas con él, pudieran estar expuestas a niveles mayores de asbesto (de 0.005 a 0.011f/mL), que aquellas que no viven en estas circunstancias. Los trabajadores involucrados en la minería de asbesto o minerales contaminados con asbesto o la fabricación o el uso de productos que contienen asbesto pueden estar expuestos a los niveles más elevados de asbesto (0.1 f/mL), comparados con los grupos anteriores, siendo éstos los que más preocupan desde el punto de vista de protección a la salud.

    El asbesto afecta principalmente a los pulmones y la pleura. Respirar altos niveles de fibras de asbesto por largo tiempo, puede producir lesiones que parecen cicatrices en el pulmón y en la pleura. Esta enfermedad se llama asbestosis y ocurre comúnmente en trabajadores expuestos al asbesto, pero no en el público en general. La gente con asbestosis tiene dificultad para respirar, a menudo tiene tos y en casos graves sufre dilatación del corazón. La asbestosis es una enfermedad grave que eventualmente puede producir...

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