Norma Oficial Mexicana NOM-106-SCFI-2017, Características de diseño y condiciones de uso de la Contraseña Oficial.

Fecha de disposición08 Septiembre 2017
Fecha de publicación08 Septiembre 2017
EmisorSECRETARIA DE ECONOMIA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.- Dirección General de Normas. NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-106-SCFI-2017, "CARACTERÍSTICAS DE DISEÑO Y CONDICIONES DE USO DE LA CONTRASEÑA OFICIAL"

ALBERTO ULISES ESTEBAN MARINA, Director General de Normas y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de la Secretaría de Economía (CCONNSE), con fundamento en los artículos 34 fracciones XIII y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 39 fracción V, 40 fracciones IX y XII, 47 fracción IV de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, 34 de su Reglamento y 22 fracciones I, IV, IX y XXV del Reglamento Interior de esta Secretaría, y

CONSIDERANDO

Que con fecha 29 de junio de 2016 el Comité Consultivo Nacional de Normalización de la Secretaría de Economía, aprobó la publicación del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-106-SCFI-2016, CARACTERÍSTICAS DE DISEÑO Y CONDICIONES DE USO DE LA CONTRASEÑA OFICIAL, la cual se realizó en el Diario Oficial de la Federación el 1 de noviembre de 2016, con objeto de que los interesados presentaran sus comentarios;

Que durante el plazo de 60 días naturales contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación de dicho Proyecto de Norma Oficial Mexicana, la Manifestación de Impacto Regulatorio a que se refiere el artículo 45 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización estuvo a disposición del público en general para su consulta; y que dentro del mismo plazo, los interesados presentaron comentarios sobre el contenido del citado Proyecto de Norma Oficial Mexicana, mismos que fueron analizados por el grupo de trabajo, realizándose las modificaciones conducentes a éste;

Que con fecha 23 de febrero de 2017, el Comité Consultivo Nacional de Normalización de la Secretaría de Economía aprobó la norma referida;

Que la Ley Federal sobre Metrología y Normalización establece que las Normas Oficiales Mexicanas se constituyen como el instrumento idóneo para la protección de los intereses del consumidor, expide la siguiente: Norma Oficial Mexicana NOM-106-SCFI-2017, CARACTERÍSTICAS DE DISEÑO Y CONDICIONES DE USO DE LA CONTRASEÑA OFICIAL. SINEC-20170223132346132.

Ciudad de México, a 23 de febrero de 2017.- El Director General de Normas y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de la Secretaría de Economía, Alberto Ulises Esteban Marina.- Rúbrica.

NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-106-SCFI-2017, CARACTERÍSTICAS DE DISEÑO Y CONDICIONES DE USO DE LA CONTRASEÑA OFICIAL

Prefacio

La Contraseña Oficial es un distintivo que le permite al consumidor constatar que los productos o servicios que adquiere o recibe cumplen con las normas aplicables a los mismos.

Cuando la presente Norma Oficial Mexicana sea publicada como norma definitiva y entre en vigor, cancelará a la Norma Oficial Mexicana NOM-106-SCFI-2000, Características de Diseño y Condiciones de Uso de la Contraseña Oficial, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 2 de febrero de 2001.

La elaboración de la presente Norma Oficial Mexicana es competencia del Comité Consultivo Nacional de Normalización de la Secretaría de Economía (CCONNSE) integrado por:

· Secretaría de Economía.

· Secretaría de Salud.

· Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

· Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

· Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.

· Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

· Secretaría de Turismo.

· Secretaría de Desarrollo Social.

· Secretaría de Gobernación.

· Secretaría de Energía.

· Centro Nacional de Metrología.

· Comisión Federal de Competencia Económica.

· Procuraduría Federal del Consumidor.

· Comisión Nacional del Agua.

· Instituto Mexicano del Transporte.

· Cámara Nacional de la Industria de Transformación.

· Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo.

· Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos.

· Asociación Nacional de Tiendas de Autoservicio y Departamentales.

· Asociación Nacional de Importadores y Exportadores de la República Mexicana.

· Cámara Nacional de Comercio de la Ciudad de México.

· Consejo Nacional Agropecuario.

· Universidad Nacional Autónoma de México.

· Instituto Politécnico Nacional.

Con objeto de elaborar la presente Norma Oficial Mexicana, se constituyó un Grupo de Trabajo con la participación voluntaria de los siguientes actores:

· Asociación de Normalización y Certificación, A.C.

· Banuet Arrache y Asociados S.C.

· Normalización y Certificación Electrónica, S.C.

· Petróleos Mexicanos.

Dirección Corporativa de Procura y Abastecimiento.

· Secretaría de Gobernación.

Dirección de Normalización y Consulta.

Índice del contenido

  1. Objetivo y campo de aplicación

  2. Términos, definiciones y términos abreviados

  3. Marcado de la Contraseña Oficial

  4. Cancelación de uso

  5. Vigilancia

  6. Concordancia con normas internacionales

    Apéndice A (Normativo) Características de diseño y presentación final

  7. Bibliografía

TRANSITORIOS
  1. Objetivo y campo de aplicación

    1.1 Objetivo

    La presente Norma Oficial Mexicana establece las características de diseño y condiciones de uso de la Contraseña Oficial para las Normas Oficiales Mexicanas y, cuando se requiera, para las Normas Mexicanas bajo lo previsto en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.

    Esta Norma Oficial Mexicana tiene por objeto que el uso de la Contraseña Oficial demuestre a los consumidores o usuarios, que los productos o servicios cumplen con la evaluación de la conformidad respecto de las Normas Oficiales Mexicanas y, cuando se requiera, con las Normas Mexicanas.

    1.2 Campo de aplicación

    La presente Norma Oficial Mexicana es aplicable, dentro del territorio de los Estados Unidos Mexicanos y su cumplimiento deberá ser satisfecho por las personas físicas y morales que elaboran, procesan, envasan, etiquetan o importan productos o que proporcionan servicios...

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