Novena actualización de la Edición 2020 del Libro de Medicamentos del Compendio Nacional de Insumos para la Salud.

EdiciónMatutina
EmisorConsejo de Salubridad General

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de Salubridad General. JOSÉ IGNACIO SANTOS PRECIADO, Secretario del Consejo de Salubridad General, con fundamento en los artículos, 4, párrafo cuarto, 73, fracción XVI, bases 1ª y 3ª de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 4 de la Ley de Procedimiento Administrativo; 15, 16, 17, fracción V y 28 de la Ley General de Salud, y 11, fracción IX y XVIII, del Reglamento Interior del Consejo de Salubridad General y

CONSIDERANDO

Que el artículo 4, párrafo cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que toda persona tiene derecho a la protección de la salud;

Que conforme al Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Salud y de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de noviembre de 2019, se estableció en los artículos 17, fracción V y 28 de la Ley General de Salud, que habrá un Compendio Nacional de Insumos para la Salud, elaborado por el Consejo de Salubridad General, al cual se ajustarán las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud, y en el que se agruparán, caracterizarán y codificarán los insumos para la salud;

Que para los efectos señalados en el párrafo precedente participarán en la elaboración del Compendio Nacional de Insumos para la Salud, la Secretaría de Salud, las Instituciones públicas de seguridad social y las demás que señale el Ejecutivo Federal;

Que con fecha 30 de abril de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que el Consejo de Salubridad General emite el Compendio Nacional de Insumos para la Salud al que se refieren los artículos 17, fracción V y 28 de la Ley General de Salud, con la finalidad de tener al día la lista de medicamentos para que las instituciones de salud pública atiendan problemas de salud de la población mexicana;

Que en términos de la última parte del artículo 28, de la Ley General de Salud, se llevaron a cabo trabajos entre el Consejo de Salubridad General, la Secretaría de la Defensa Nacional, la Secretaría de Marina, la Secretaria de Salud, el Instituto Mexicano del Seguro Social, el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y los Servicios de Salud de Petróleos Mexicanos, para analizar las actualizaciones convenientes al Compendio Nacional de Insumos para la Salud, a efecto de considerar la inclusión de diversos medicamentos;

Que, derivado de lo anterior, se determinó la procedencia de la actualización del Compendio Nacional de Insumos para la Salud, en los términos siguientes:

NOVENA ACTUALIZACIÓN DE LA EDICIÓN 2020 DEL LIBRO DE MEDICAMENTOS DEL COMPENDIO NACIONAL DE INSUMOS PARA LA SALUD

MODIFICACIONES

(Se identifican por estar en letras cursivas y subrayadas)

Grupo 16. Oncología

CARBOPLATINO

Clave
Descripción
Indicaciones
Vía de administración y Dosis
010.000.4431.00
SOLUCIÓN INYECTABLE.
Cada frasco ámpula contiene:
Carboplatino 150 mg
Envase con un frasco ámpula.
Cáncer testicular.
Cáncer de vejiga.
Cáncer epitelial de ovario.
Cáncer de células pequeñas de pulmón.
Cáncer de cabeza y cuello.
Infusión intravenosa.
Adultos:
400 mg/m2 de superficie corporal / día.
Se puede repetir la infusión cada mes.
Niños:
La dosis debe ajustarse de acuerdo a las condiciones del paciente y a juicio del especialista
010.000.6290.00
Cada frasco ámpula con liofilizado contiene:
Carboplatino 450 mg.
Envase con un frasco ámpula.

Generalidades

Inhibe la síntesis DNA lo que altera la proliferación celular (alquilante inespecífico del ciclo celular).

Riesgo en el Embarazo

D

Efectos Adversos

Mielosupresión, nefrotóxico, ototóxico; náusea y vómito, reacciones anafilácticas, alopecia, hepatoxicidad, neurotoxicidad central.

Contraindicaciones y...

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