Acuerdo mediante el cual se declara la nulidad de la resolución que declara como propiedad de la Nación el predio denominado Cofradía Fracción III, Municipio de San Dimas, Durango, publicada el 22 de enero de 2003

Fecha de disposición24 Noviembre 2009
Fecha de publicación24 Noviembre 2009
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Reforma Agraria.- Subsecretaría de Ordenamiento de la Propiedad Rural.- Dirección General de Ordenamiento y Regularización.- Dirección General Adjunta de Regularización de la Propiedad Rural. EXPEDIENTE: 734570

PREDIO: "COFRADIA FRACCION III"

MUNICIPIO: SAN DIMAS

ESTADO: DURANGO

ACUERDO

Visto el estado procesal que guarda el expediente administrativo de terrenos nacionales número 734570, relativo a la solicitud de enajenación del predio "Cofradía Fracción III", ubicado en el Municipio San Dimas, Durango, iniciada por Raúl Rosales Boltor, y

RESULTANDOS

  1. - Por escrito de fecha veinticuatro de octubre de mil novecientos noventa y nueve, Raúl Rosales Boltor, solicitó ante la Secretaría de la Reforma Agraria, la enajenación onerosa vía terrenos nacionales, de un predio al que denominó "Cofradía Fracción III", con una superficie de 561-00-00 hectáreas, presunto baldío propiedad de la Nación, ubicado en el Municipio de San Dimas, Estado de Durango; al efecto, se instauró el expediente administrativo de terrenos nacionales número 734570. Con fecha doce de julio de dos mil, se llevó a cabo el levantamiento topográfico del predio referido, el cual arrojó una superficie real de 651-00-02 hectáreas, con las siguientes colindancias: al Norte Presunta Propiedad "La Fraguita y Carricitos"; al Sur con el predio "Cofradía Fracción II"; al Este con el predio "Cofradía Fracción IV"; y al Oeste con Segunda Ampliación del Ejido Gualamo y Anexos. Asimismo, con fecha catorce de junio de dos mil uno, se emitió por parte de la entonces Dirección de Regularización de la Propiedad Rural, hoy Dirección General Adjunta de Regularización de la Propiedad Rural, dictamen técnico en el que se señaló que revisado técnica y jurídicamente el expediente, se desprende que los trabajos realizados cumplen con los elementos establecidos, por lo que se dictaminó en sentido positivo.

  2. - El dieciséis de mayo de dos mil dos, y en base al dictamen técnico de fecha catorce de junio de dos mil uno, la Secretaría de la Reforma Agraria emitió la Resolución que declaró al predio denominado "Cofradía Fracción III", ubicado en el Municipio de San Dimas, Durango, como propiedad de la Nación, misma que fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el veintidós de enero de dos mil tres, en la cual se establecen como coordenadas de ubicación geográfica, de Latitud Norte 23 grados, 52 minutos, 10 segundos; y de Longitud Oeste 105 grados, 57 minutos, 25 segundos.

  3. - Por oficio número 0002088 de fecha veinticuatro de noviembre de dos mil cuatro, la entonces Representación Agraria en el Estado de Durango, hoy Delegación Estatal de Durango, manifestó que a solicitud del licenciado Víctor Manuel Reyes Loera, en su carácter de apoderado legal de Raúl Rosales Boltor, solicitó al Delegado del Registro Agrario Nacional en dicha entidad federativa, la aclaración de las coordenadas geográficas de ubicación del predio denominado "Cofradía Fracción III", Municipio de San Dimas, Durango, toda vez que las coordenadas que se citan en la Declaratoria de Propiedad Nacional de fecha dieciséis de mayo de dos mil dos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el veintidós de enero de dos mil tres, ubican al predio al interior del Ejido "El Gualamo y Anexos", del mismo municipio y Estado.

    En respuesta a lo anterior, la Delegación del Registro Agrario Nacional en el Estado de Durango, por oficio número ST/4387/04, de fecha veintidós de noviembre de dos mil cuatro, informó que las coordenadas geográficas de ubicación correctas del predio en cuestión son, de...

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