Acuerdo mediante el cual se declara la nulidad de la resolución que declara como propiedad de la Nación el predio denominado Cofradía Fracción II, Municipio de San Dimas, Durango, publicada el 22 de enero de 2003

Fecha de disposición23 Noviembre 2009
Fecha de publicación23 Noviembre 2009
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Reforma Agraria.- Subsecretaría de Ordenamiento de la Propiedad Rural.- Dirección General de Ordenamiento y Regularización.- Dirección General Adjunta de Regularización de la Propiedad Rural. EXPEDIENTE: 734574

PREDIO: "COFRADIA FRACCION II"

MUNICIPIO: SAN DIMAS

ESTADO: DURANGO

ACUERDO

Visto el estado procesal que guarda el expediente administrativo de terrenos nacionales número 734574, relativo a la solicitud de enajenación del predio "Cofradía Fracción II", ubicado en el Municipio San Dimas, Durango, iniciada por Roberto Rosales Boltor, y

RESULTANDOS

  1. - Por escrito de fecha veinte de octubre de mil novecientos noventa y nueve, Roberto Rosales Boltor, solicitó ante la Secretaría de la Reforma Agraria, la enajenación onerosa vía terrenos nacionales, de un predio al que denominó "Cofradía Fracción II con una superficie de 750-00-00 hectáreas, presunto baldío propiedad de la Nación, ubicado en el Municipio de San Dimas, Estado de Durango; al efecto, se instauró el expediente administrativo de terrenos nacionales número 734574.

    Con fecha siete de julio de dos mil, se llevó a cabo el levantamiento topográfico del predio referido, el cual arrojó una superficie real de 750-00-01 hectáreas, con las siguientes colindancias: al Norte con los predios "Cofradía Fracción III" y "Cofradía Fracción IV"; al Sur con el Ejido Gualamo y Anexos; al Este con el predio "Cofradía Fracción I"; y al Oeste con la Segunda Ampliación del Ejido Gualamo y Anexos. Asimismo, con fecha catorce de junio de dos mil uno, se emitió por parte de la entonces Dirección de Regularización de la Propiedad Rural, hoy Dirección General Adjunta de Regularización de la Propiedad Rural, dictamen técnico en el que se señaló que revisado técnica y jurídicamente el expediente, se desprende que los trabajos realizados reúnen los elementos establecidos, por lo que se dictaminó en sentido positivo.

  2. - El dieciséis de mayo de dos mil dos, y en base al dictamen técnico del catorce de junio de dos mil uno, la Secretaría de la Reforma Agraria emitió la Resolución que declaró el predio denominado "Cofradía Fracción II", ubicado en el Municipio de San Dimas, Durango, como propiedad de la Nación, misma que fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el veintidós de enero de dos mil tres, en la cual se establecen como coordenadas de ubicación geográfica, de Latitud Norte 23 grados, 52 minutos, 10 segundos; y de Longitud Oeste 105 grados, 57 minutos, 10 segundos.

  3. - Por oficio número 0002087 de fecha veinticuatro de noviembre de dos mil cuatro, la entonces Representación Agraria en el Estado de Durango, hoy Delegación Estatal de Durango, manifestó que a solicitud del licenciado Víctor Manuel Reyes Loera en su carácter de apoderado legal del C. Roberto Rosales Boltor, se solicitó al Delegado del Registro Agrario Nacional en dicha entidad federativa, la aclaración de las coordenadas geográficas de ubicación del predio denominado "Cofradía Fracción II", Municipio de San Dimas, Durango, toda vez que las coordenadas que se citan en la Declaratoria de Propiedad Nacional de fecha dieciséis de mayo de dos mil dos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el veintidós de enero de dos mil tres, ubican al predio al interior del Ejido "El Gualamo y Anexos", del mismo municipio y Estado.

    En respuesta a lo anterior, la Delegación del Registro Agrario Nacional en el Estado de Durango, por oficio número ST/4388/04, de fecha veintidós de noviembre de dos mil cuatro, informó que las coordenadas geográficas de ubicación correctas del predio en cuestión son, de...

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