Acuerdo por el que se reforman y adicionan los numerales 2, 4 fracción III inciso d), 4.1, 6.2, 6.3.3 y artículos octavo y noveno transitorios de las Reglas de Operación del Fideicomiso 2106 Fondo de Apoyo Social para Ex Trabajadores Migratorios Mexicanos 1942 a 1964

Fecha de disposición08 Junio 2012
Fecha de publicación08 Junio 2012
EmisorSECRETARIA DE GOBERNACION
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación. EL COMITE TECNICO DEL FIDEICOMISO 2106 DEL FONDO DE APOYO SOCIAL A EX TRABAJADORES MIGRATORIOS MEXICANOS, en ejercicio de la facultad que le confiere a este Comité Técnico el artículo 5 fracción I de la Ley que Crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo de Apoyo Social para Ex Trabajadores Migratorios Mexicanos y el numeral 7 de las Reglas de Operación del Fideicomiso 2106 Fondo de Apoyo Social para Ex Trabajadores Migratorios Mexicanos (1942 a 1964), se expide el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN LOS NUMERALES 2, 4 FRACCION III INCISO d), 4.1, 6.2, 6.3.3 Y ARTICULOS OCTAVO Y NOVENO TRANSITORIOS DE LAS REGLAS DE OPERACION DEL FIDEICOMISO 2106 FONDO DE APOYO SOCIAL PARA EX TRABAJADORES MIGRATORIOS MEXICANOS (1942 A 1964)

  1. ...

  2. DEFINICIONES.

    Para efecto de estas Reglas de Operación, se entenderá por:

    ...

    COMITE TECNICO: El Organo Colegiado cuya integración está prevista en la Cláusula Sexta del CONVENIO MODIFICATORIO, así como, en el artículo 3o. de la LEY.

    ...

    CONVENIO MODIFICATORIO: El Convenio de Sustitución Fiduciaria y Modificatorio al contrato de Fideicomiso No. 2106 Fondo de Apoyo Social para Ex Trabajadores Migratorios Mexicanos.

    ...

    ENFERMOS TERMINALES: Ex Trabajadores Migratorios Mexicanos que acrediten su estado de enfermedad terminal mediante un Certificado Médico emitido por una Institución de Salud Pública, de conformidad con el Artículo 5, fracción III, inciso a) de la LEY y/o que su padecimiento se encuentre en la tabla de enfermedades expedida por el Instituto Mexicano del Seguro Social y que forma parte de estas Reglas de Operación como anexo 2.

    ...

    ...

    FIDUCIARIA: El Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros, S.N.C.

    ...

    ...

    ...

    ...

    ...

    ...

    ...

  3. REQUISITOS DE ELEGIBILIDAD.

    De conformidad con lo dispuesto en los artículos 1o. y 6o. de la LEY, se les otorgarán apoyos sociales a los BENEFICIARIOS que cumplan con los siguientes requisitos y condiciones:

    1. ...

    2. ...

    3. Que acrediten haber sido trabajadores migratorios con uno o más documentos originales:

      a)...

      b)...

      c)...

      d) Social Security derivado del Contrato de Trabajo del Programa Bracero, durante los años 1942-1964, debidamente apostillado; o en su caso, certificado a través de la Constancia de Expedición ante la Embajada de los Estados Unidos de América en México o de sus Consulados en Territorio Nacional.

      e)...

    4. ...

  4. ...

    a). ...

    b). ...

    c). ...

    d). ...

    e). ...

  5. ...

    a). ...

    b). ...

    c). ...

    d). ...

    e). ...

    f). ...

  6. ...

    a). ...

    b). ...

    c). ...

    d). ...

    e). ...

  7. ...

    a). ...

    b). ...

    c). ...

    d). ...

    4.1 DE LOS DOCUMENTOS PROBATORIOS

    Si de la revisión y cotejo que realice la Dependencia Coordinadora se encontraran inconsistencias en los nombres o apellidos del Ex Trabajador Migratorio, del Cónyuge o Concubina, o del hijo o hija, o sus legítimos herederos, en la documentación presentada, ésta se considerará procedente para efecto de la entrega del apoyo social, en los siguientes supuestos, que son de carácter enunciativo más no limitativo:

    1. ...

    2. ...

    3. ...

    4. ...

    La DEPENDENCIA COORDINADORA otorgará el derecho de recibir el apoyo social a aquellas personas en cuyos nombres y apellidos tengan los siguientes errores ortográficos, siempre y cuando se permita la plena identificación del Ex Trabajador Migratorio Mexicano y/o sus beneficiarios.

  8. Para los errores ortográficos en una letra en el nombre(s) y/o en los apellido(s) de la titular, por ejemplo:

    Z S, C Y I
    Ñ N, #, Otros caracter K C, Q
    S Z, C C K
    C S, Z M N
    H Omisión N M
    V B R RR
    B V RR R
    LL Y, #, Otro caracter X S, J
    Y LL, #, Otro caracter W H, G
    G J A,E,I,O,U Anteponer H
    J G, X Cualquier letra
    I Y
  9. Omisión o inclusión de una (o dos) letra(s) en el nombre de pila y/o apellidos.

  10. Espacios en blancos que separen el nombre de pila y/o apellidos en más de una palabra.

  11. Omisión del espacio en blanco que separe el nombre de pila y/o apellidos.

  12. Nombres de pila invertidos.

    Se faculta a la DEPENDENCIA COORDINADORA para determinar la procedencia de los documentos, atendiendo al fin del presente fideicomiso, por lo que en caso de existir inconsistencias en la documentación, podrá tomar en cuenta los demás documentos presentados valorando las circunstancias particulares del caso, resolviendo lo que a su juicio corresponda, de los cuales se desprenda la consistencia o viabilidad del documento.

  13. ...

    ...

  14. ...

    6.1. ...

    ...

    ...

    ...

    ...

    ...

    ...

    ...

    ...

    ...

    ...

    6.2 RELACION DE BENEFICIARIOS

    ...

    ...

    ...

    ...

    I...

    II...

    III...

    IV...

    ...

    ...

    En cumplimiento al Artículo Noveno Transitorio del Decreto modificatorio a la LEY, publicado el 10 de septiembre de 2010 en el Diario Oficial de la Federación, la DEPENDENCIA COORDINADORA será la encargada de recibir y cotejar los documentos que en su caso remitan los ex trabajadores migratorios mexicanos, entre los que se deberán encontrar Certificado Médico que exprese que se está en estado de enfermedad terminal expedido por las Instituciones de Salud, o en su caso, que en el mismo se señale alguno de los padecimientos contemplados en la tabla de enfermedades expedida por el Instituto Mexicano del Seguro Social, misma que se encuentra en estas Reglas de Operación como anexo 2, pudiendo la Dependencia Coordinadora acudir o solicitar información a las Instituciones de Salud que expidan dicho certificado para acreditar plenamente el estado de Enfermedad Terminal.

    ...

    ...

    ...

    ...

    ...

    6.3. ...

    6.3.1. ...

    ...

    6.3.2. ...

  15. ...

  16. ...

    ...

    ...

    ...

    ...

    6.3.3. ENTREGA DEL APOYO SOCIAL

    ...

    El TERCERO efectuará la entrega de los apoyos sociales de acuerdo con la RELACION DE APOYOS PROGRAMADOS autorizada por el COMITE TECNICO y proporcionada por la FIDUCIARIA, conforme se presenten los BENEFICIARIOS a recibir dicho apoyo en las sucursales u oficinas respectivas del TERCERO, para la entrega del apoyo el BENEFICIARIO presentará una identificación oficial (Credencial de Elector, Pasaporte o Cartilla del Servicio Militar Nacional), o en su caso, alguna de las siguientes identificaciones, credencial del Instituto Mexicano del Seguro Social, credencial del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, tarjeta del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores, Licencia de Conducir vigente emitida por las autoridades mexicanas e identificación consular, y la obtención del documento a que se refiere el artículo 9o. de la LEY. El Comité Técnico podrá autorizar excepcionalmente una identificación distinta a las señaladas.

    ...

    ...

    ...

    a). ...

    b). ...

    c). ...

    ...

    ...

    ...

    ...

    ...

    ...

    ...

    ...

  17. ...

    ...

  18. ...

    ...

    ...

    ...

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