Declaratoria de Emergencia para efectos de las Reglas de Operación del Fondo de Desastres Naturales (FONDEN) vigentes, en virtud de los daños provocados por las lluvias torrenciales que ocasionaron el desbordamiento del río Alseseca el 11 de junio de 2003, que causaron inundaciones atípicas y sus efectos en la población del Municipio de Puebla,...

EmisorSecretaría de Gobernación

DECLARATORIA de Emergencia para efectos de las Reglas de Operación del Fondo de Desastres Naturales (FONDEN) vigentes, en virtud de los daños provocados por las lluvias torrenciales que ocasionaron el desbordamiento del río Alseseca el 11 de junio de 2003, que causaron inundaciones atípicas y sus efectos en la población del Municipio de Puebla, del Estado de Puebla.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.

DECLARATORIA DE EMERGENCIA PARA EFECTOS DE LAS REGLAS DE OPERACION DEL FONDO DE DESASTRES NATURALES (FONDEN) VIGENTES, EN VIRTUD DE LOS DAÑOS PROVOCADOS POR LAS LLUVIAS TORRENCIALES QUE OCASIONARON EL DESBORDAMIENTO DEL RIO ALSESECA EL 11 DE JUNIO DE 2003, QUE CAUSARON INUNDACIONES ATIPICAS Y SUS EFECTOS EN LA POBLACION DEL MUNICIPIO DE PUEBLA, DEL ESTADO DE PUEBLA

MARIA DEL CARMEN SEGURA RANGEL, Coordinadora General de Protección Civil de la Secretaría de Gobernación, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 12 fracción IX y 29 al 37 de la Ley General de Protección Civil; 10 fracciones XVIII y XIX del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; numeral 31 y Anexo I del Acuerdo que establece las Reglas de Operación del Fondo de Desastres Naturales (FONDEN) vigentes; y el artículo 10 del Acuerdo que establece los Lineamientos Generales para la Utilización del Fondo Revolvente, y

CONSIDERANDO

Que la Ley General de Protección Civil y el Acuerdo que establece las Reglas de Operación del FONDEN vigentes, precisan que ante la inminencia de que ocurra un desastre natural que ponga en riesgo la vida humana en el territorio nacional y cuando la rapidez de la actuación por parte del Sistema Nacional de Protección Civil sea esencial, la Secretaría de Gobernación, a través de la Coordinación General de Protección Civil, podrá emitir una Declaratoria de Emergencia y erogar con cargo al Fondo Revolvente asignando los montos para atenuar los efectos del posible desastre, mediante acciones encaminadas a la protección de la vida, la salud, alimentación, suministro de agua y albergue temporal, de manera complementaria y coordinada con las Entidades Federativas.

Que por petición escrita a la Secretaría de Gobernación, el C. Gobernador del Estado de Puebla, mediante oficio sin número de fecha 12 de junio de 2003, solicitó la emisión de la Declaratoria de Emergencia para el Municipio de Puebla de esa entidad, en...

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