Resolución por la que se da cumplimiento a la sentencia del Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito de fecha 11 de febrero de 2002, en el toca R.A. 1648/2001, relativo al juicio de amparo 864/2000 promovido por la Unión Agrícola Regional de Fruticultores del Estado de Chihuahua, A.C., ante el Juzgado Cuarto de ...

EmisorSecretaría de Economía

Resolución por la que se da cumplimiento a la sentencia del Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito de fecha 11 de febrero de 2002, en el toca R.A. 1648/2001, relativo al juicio de amparo 864/2000 promovido por la Unión Agrícola Regional de Fruticultores del Estado de Chihuahua, A.C., ante el Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal en relación con la resolución por la que se establece el nuevo precio de referencia sobre las importaciones de manzanas de mesa de las variedades red delicious y sus mutaciones y golden delicious, mercancía clasificada en la fracción arancelaria 0808.10.01 de la entonces Tarifa de la Ley del Impuesto General de Importación, originaria y procedente de los Estados Unidos de América, publicada el 27 de octubre de 2000.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

RESOLUCION POR LA QUE SE DA CUMPLIMIENTO A LA SENTENCIA DEL OCTAVO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO DE FECHA 11 DE FEBRERO DE 2002, EN EL TOCA R.A. 1648/2001, RELATIVO AL JUICIO DE AMPARO 864/2000 PROMOVIDO POR LA UNION AGRICOLA REGIONAL DE FRUTICULTORES DEL ESTADO DE CHIHUAHUA, A.C., ANTE EL JUZGADO CUARTO DE DISTRITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA EN EL DISTRITO FEDERAL EN RELACION CON LA RESOLUCION POR LA QUE SE ESTABLECE EL NUEVO PRECIO DE REFERENCIA SOBRE LAS IMPORTACIONES DE MANZANAS DE MESA DE LAS VARIEDADES RED DELICIOUS Y SUS MUTACIONES Y GOLDEN DELICIOUS, MERCANCIA CLASIFICADA EN LA FRACCION ARANCELARIA 0808.10.01 DE LA ENTONCES TARIFA DE LA LEY DEL IMPUESTO GENERAL DE IMPORTACION, ORIGINARIA Y PROCEDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION DEL 27 DE OCTUBRE DE 2000.

La Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales de la Secretaría de Economía, en lo sucesivo la Secretaría, en cumplimiento a la sentencia del Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito en el Toca R.A. 1648/2001, relativo al Juicio de Amparo 864/2000 radicado en el Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, promovido por la Unión Agrícola Regional de Fruticultores del Estado de Chihuahua, A.C., en contra de la resolución por la que se establece el nuevo precio de referencia sobre las importaciones de manzanas de mesa de las variedades Red Delicious y sus mutaciones y Golden Delicious, mercancía clasificada en la fracción arancelaria 0808.10.01 de la entonces Tarifa de la Ley del Impuesto General de Importación, originaria y procedente de los Estados Unidos de América, publicada en el Diario Oficial de la Federación del 27 de octubre de 2000, emite la presente Resolución de conformidad con los siguientes:

ANTECEDENTES

Compromiso de precios

  1. Con fecha 15 de mayo de 1998 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, en lo sucesivo DOF, la resolución por la que se acepta el Compromiso de Precios propuesto por los productores/exportadores de manzanas de los Estados Unidos de América y se suspende el procedimiento de la investigación antidumping sobre las importaciones de manzanas de mesa de las variedades Red Delicious y sus mutaciones y Golden Delicious, mercancía clasificada en la fracción arancelaria 0808.10.01 de la entonces Tarifa de la Ley del Impuesto General de Importación, originarias y procedentes de los Estados Unidos de América.

    Precio de referencia

  2. Con base en dicho Compromiso de Precios, la Northwest Fruit Exporters, en lo sucesivo NFE, acordó que los productores/exportadores que la integran, individualmente, están obligados ante la Secretaría a vender las manzanas a un precio de exportación igual o superior al precio de referencia de $13.72 dólares de los Estados Unidos de América por caja de 19.05 kilogramos.

  3. El precio de referencia aludido está basado en un promedio ponderado de precios libre a bordo (FOB) de tres años. El ponderador corresponde al total de embarques de las manzanas a todos los mercados durante los años de cosecha 95-96, 96-97 y 97-98 hasta el 16 de marzo de 1998, a partir de la publicación del organismo Washington Growers Clearing House.

  4. La resolución referida en el numeral 1 prevé en su anexo 3, que el 1 de noviembre de 1999 el precio de referencia será ajustado. Dicho ajuste será el resultado de calcular el precio promedio ponderado de los tres años de cosecha 96-97, 97-98 y 98-99 de las manzanas de mesa Red Delicious y sus mutaciones y Golden Delicious, con base en la publicación del Washington Growers Clearing House en el Annual Apple Price Summary. Acto seguido, el precio de referencia será ajustado cada 1 de noviembre para ser el precio que resulte del promedio ponderado de los tres años de cosecha más recientes de dichas manzanas de mesa.

  5. Los cálculos referidos serán hechos por la Secretaría con la información que aporten los productores/exportadores durante el mes de octubre de cada año, empezando en octubre de 1999. La Secretaría puede consultar fuentes alternas de información para detectar movimientos atípicos en los precios.

  6. Con fecha 26 de octubre de 1999 se publicó en el DOF la resolución en la cual se estableció el nuevo precio de referencia sobre las importaciones de manzanas de mesa de las variedades Red Delicious y sus mutaciones y Golden Delicious, en la que se estableció un precio de referencia de $0.59 dólares de los Estados Unidos de América por kilogramo o de $11.29 dólares de los Estados Unidos de América por caja de 19.05 kilogramos, para las importaciones de manzanas de mesa de las variedades antes mencionadas, mismo que estuvo vigente del 1 de noviembre de 1999 al 31 de octubre de 2000.

  7. Con fecha 27 de octubre de 2000 se publicó en el DOF la resolución en la cual se estableció el nuevo precio de referencia sobre las importaciones de manzanas de mesa de las variedades Red Delicious y sus mutaciones y Golden Delicious, en la que se estableció un precio de referencia de $0.60 dólares de los Estados Unidos de América por kilogramo o de $11.48 dólares de los Estados Unidos de América por caja de 19.05 kilogramos, para las importaciones de manzanas de mesa de las variedades antes mencionadas, mismo que estuvo vigente del 1 de noviembre de 2000 al 31 de octubre de 2001.

  8. En dicha resolución se impuso durante el periodo comprendido del 1 de noviembre de 2000 al 31 de octubre de 2001, la cuota compensatoria de 101.1 por ciento establecida mediante la resolución preliminar de la investigación antidumping que nos ocupa, a las importaciones de las manzanas de mesa referidas originarias de los Estados Unidos de América y producidas por la empresa Hansen Fruit & Cold Storage, Co., independientemente de su procedencia.

    Juicio de amparo

  9. El 17 de noviembre de 2000, la Unión Agrícola Regional de Fruticultores del Estado de Chihuahua, A.C., en lo sucesivo UNIFRUT, promovió juicio de amparo indirecto ante la oficialía...

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