Resolución por la que se da cumplimiento a la sentencia del Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito de fecha 11 de febrero de 2002, en el toca R.A. 368/2002, relativo al juicio de amparo 1108/2001 promovido por la Unión Agrícola Regional de Fruticultores del Estado de Chihuahua, A.C., ante el Juzgado Cuarto de ...

EmisorSecretaría de Economía

Resolución por la que se da cumplimiento a la sentencia del Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito de fecha 11 de febrero de 2002, en el toca R.A. 368/2002, relativo al juicio de amparo 1108/2001 promovido por la Unión Agrícola Regional de Fruticultores del Estado de Chihuahua, A.C., ante el Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal en relación con la resolución por la que se establece el nuevo precio de referencia sobre las importaciones de manzanas de mesa de las variedades Red Delicious y sus mutaciones y Golden Delicious, mercancía actualmente clasificada en la fracción arancelaria 0808.10.01 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, originaria y procedente de los Estados Unidos de América, publicada el 24 de octubre de 2001.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

RESOLUCION POR LA QUE SE DA CUMPLIMIENTO A LA SENTENCIA DEL OCTAVO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO DE FECHA 11 DE FEBRERO DE 2002, EN EL TOCA R.A. 368/2002, RELATIVO AL JUICIO DE AMPARO 1108/2001 PROMOVIDO POR LA UNION AGRICOLA REGIONAL DE FRUTICULTORES DEL ESTADO DE CHIHUAHUA, A.C., ANTE EL JUZGADO CUARTO DE DISTRITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA EN EL DISTRITO FEDERAL EN RELACION CON LA RESOLUCION POR LA QUE SE ESTABLECE EL NUEVO PRECIO DE REFERENCIA SOBRE LAS IMPORTACIONES DE MANZANAS DE MESA DE LAS VARIEDADES RED DELICIOUS Y SUS MUTACIONES Y GOLDEN DELICIOUS, MERCANCIA ACTUALMENTE CLASIFICADA EN LA FRACCION ARANCELARIA 0808.10.01 DE LA TARIFA DE LA LEY DE LOS IMPUESTOS GENERALES DE IMPORTACION Y DE EXPORTACION, ORIGINARIA Y PROCEDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION DEL 24 DE OCTUBRE DE 2001.

En cumplimiento a la sentencia del Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito en el Toca R.A. 368/2002, relativo al Juicio de Amparo 1108/2001 radicado en el Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, promovido por la Unión Agrícola Regional de Fruticultores del Estado de Chihuahua, A.C., en contra de la resolución por la que se establece el nuevo precio de referencia sobre las importaciones de manzanas de mesa de las variedades Red Delicious y sus mutaciones y Golden Delicious, mercancía actualmente clasificada en la fracción arancelaria 0808.10.01 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, originaria y procedente de los Estados Unidos de América, publicada en el Diario Oficial de la Federación del 24 de octubre de 2001, se emite la presente Resolución de conformidad con los siguientes:

ANTECEDENTES

Compromiso de precios

  1. El 15 de mayo de 1998, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, en lo sucesivo DOF, la resolución por la que se acepta el Compromiso de Precios propuesto por los productores/exportadores de manzanas de los Estados Unidos de América y se suspende el procedimiento de la investigación antidumping sobre las importaciones de manzanas de mesa de las variedades Red Delicious y sus mutaciones y Golden Delicious, mercancía actualmente clasificada en la fracción arancelaria 0808.10.01 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, originarias y procedentes de los Estados Unidos de América.

    Precio de referencia

  2. Con base en dicho Compromiso de Precios, la Northwest Fruit Exporters, en lo sucesivo NFE, acordó que los productores/exportadores que la integran, individualmente, están obligados ante la ahora Secretaría de Economía, en lo sucesivo la Secretaría, a vender las manzanas a un precio de exportación igual o superior al precio de referencia de $13.72 dólares de los Estados Unidos de América por caja de 19.05 kilogramos.

  3. El precio de referencia aludido está basado en un promedio ponderado de precios libre a bordo (FOB) de tres años. El ponderador corresponde al total de embarques de las manzanas a todos los mercados durante los años de cosecha 95-96, 96-97 y 97-98 hasta el 16 de marzo de 1998, a partir de la publicación del organismo Washington Growers Clearing House.

  4. La resolución referida en el numeral 1 prevé en su Anexo 3 que el 1 de noviembre de 1999 el precio de referencia será ajustado. Dicho ajuste será el resultado de calcular el precio promedio ponderado de los tres años de cosecha 96-97, 97-98 y 98-99 de las manzanas de mesa Red Delicious y sus mutaciones y Golden Delicious, con base en la publicación del Washington Growers Clearing House en el Annual Apple Price Summary. Acto seguido, el precio de referencia será ajustado cada 1 de noviembre para ser el precio que resulte del promedio ponderado de los tres años de cosecha más recientes de dichas manzanas de mesa.

  5. Los cálculos referidos serán hechos por la Secretaría con la información que aporten los productores/exportadores durante el mes de octubre de cada año, empezando en octubre de 1999. La Secretaría puede consultar fuentes alternas de información para detectar movimientos atípicos en los precios.

  6. El 26 de octubre de 1999 se publicó en el DOF la resolución en la cual se estableció el nuevo precio de referencia sobre las importaciones de manzanas de mesa de las variedades Red Delicious y sus mutaciones y Golden Delicious, en la que se estableció un precio de referencia de $0.59 dólares de los Estados Unidos de América por kilogramo o de $11.29 dólares de los Estados Unidos de América por caja de 19.05 kilogramos, para las importaciones de manzanas de mesa de las variedades antes mencionadas, mismo que estuvo vigente del 1 de noviembre de 1999 al 31 de octubre de 2000.

  7. El 27 de octubre de 2000 se publicó en el DOF la resolución en la cual se estableció el nuevo precio de referencia sobre las importaciones de manzanas de mesa de las variedades Red Delicious y sus mutaciones y Golden Delicious, en la que se estableció un precio de referencia de $0.60 dólares de los Estados Unidos de América por kilogramo o de $11.48 dólares de los Estados Unidos de América por caja de 19.05 kilogramos, para las importaciones de manzanas de mesa de las variedades antes mencionadas, mismo que estuvo vigente del 1 de noviembre de 2000 al 31 de octubre de 2001.

    Visitas de verificación

  8. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 54, 74, 83 y 84 de la Ley de Comercio Exterior; 116, 146, 173 y 176 de su Reglamento; 6.7 y 8.6 del Acuerdo relativo a la Aplicación del Artículo VI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994; 8 y 14 fracciones III, IV y VI del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía; 19 fracciones III y V del Acuerdo Delegatorio de Facultades de la misma Secretaría, e inciso K del punto 23 de la resolución a que se refiere el punto 1 de esta Resolución, la autoridad investigadora llevó a cabo las siguientes visitas de verificación con el fin de constatar el cumplimiento del compromiso del precio de exportación a los Estados Unidos Mexicanos, así como evaluar la metodología empleada en la presentación de la información rendida, cotejar los documentos que obran en el expediente administrativo y obtener detalles sobre los mismos:

    1. Los días 13, 14 y 15 de agosto de 2001, a Hansen Fruit & Cold Storage, Co., y su empresa relacionada PAC Marketing LLC, en su domicilio ubicado en Yakima, Washington, Estados Unidos de América.

    2. Del 16 al 20 de agosto de 2001, a Borton & Sons Inc., en su domicilio ubicado en Yakima, Washington, Estados Unidos de América.

    3. Los días 21 al 24 de agosto de 2001, a Clasen Fruit & Cold Storage, Co. y Price Cold Storage & Packing Co. Inc., en el domicilio de la primera ubicado en Union Gap, Washington, USA.

  9. El desarrollo de las visitas realizadas consta en las respectivas actas circunstanciadas de las empresas, mismas que obran en el expediente del caso, las que para efectos del procedimiento constituyen documentos públicos con pleno valor probatorio, de conformidad con los artículos 129 y 202 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria.

  10. Durante el desarrollo de la visita de verificación a que se refiere el inciso A del punto 8 de esta Resolución, la Secretaría constató que la empresa Hansen Fruit & Cold Storage, Co., cumplió con la resolución a que se refiere el punto 1 de esta Resolución.

  11. El 24 de octubre de 2001 se publicó en el DOF la resolución en la cual se estableció el nuevo precio de referencia sobre las importaciones de manzanas de mesa de las variedades Red Delicious y sus mutaciones y Golden Delicious, en la que se estableció un precio de referencia de $0.58 dólares de los Estados Unidos de América por kilogramo o de $11.05 dólares de los Estados Unidos de América por caja de 19.05 kilogramos, para las importaciones de manzanas de mesa de las variedades antes mencionadas, mismo que estuvo vigente del 1 de noviembre de 2001 al 9 de agosto de 2002.

    Juicio de amparo

  12. El 14 de noviembre de 2001, la Unión Agrícola Regional de Fruticultores del Estado de Chihuahua, A.C., en lo sucesivo UNIFRUT, promovió juicio de amparo indirecto ante los Juzgados de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, el cual fue...

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