Norma Oficial Mexicana NOM-026-NUCL-2011, Vigilancia médica del personal ocupacionalmente expuesto a radiaciones ionizantes

Fecha de disposición26 Octubre 2011
Fecha de publicación26 Octubre 2011
EmisorSECRETARIA DE ENERGIA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Energía.- Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias. NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-026-NUCL-2011, VIGILANCIA MEDICA DEL PERSONAL OCUPACIONALMENTE EXPUESTO A RADIACIONES IONIZANTES.

La Secretaría de Energía, por conducto de la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias, con fundamento en los artículos 17 y 33 fracción XIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 4, 18 fracción III y 50 fracciones I y XI de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en Materia Nuclear; 1, 38 fracciones II y III, 40 fracciones I y VII, 41 y 47 fracción IV de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 28 y 34 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 1, 2, 3, 4 y 148 fracción XII del Reglamento General de Seguridad Radiológica; 3 fracción VI inciso b), 33, 34 fracciones XVI, XIX, XXII y XXIV, 37 y 39 fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría de Energía, y

CONSIDERANDO

Primero. Que con fecha 11 de enero de 2011, el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad Nuclear y Salvaguardias, publicó en el Diario Oficial de la Federación el Proyecto de modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-026-NUCL-1999, Vigilancia médica del personal ocupacionalmente expuesto a radiaciones ionizantes, que se le denominó "PROY-NOM-026-NUCL-2010, Vigilancia médica del personal ocupacionalmente expuesto a radiaciones ionizantes", a efecto de recibir comentarios de los interesados.

Segundo. Que transcurrido el plazo de 60 días a que se refiere el artículo 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización para recibir los comentarios mencionados en el considerando anterior, el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad Nuclear y Salvaguardias analizó los comentarios recibidos y, en los casos que estimó procedente, realizó las modificaciones al proyecto en cita.

Tercero. Que con fecha 31 de agosto de 2011, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las respuestas a los comentarios antes referidos, en cumplimiento a lo previsto por el artículo 47 fracción III de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.

Cuarto. Que en atención a lo expuesto en los considerandos anteriores y toda vez que el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad Nuclear y Salvaguardias otorgó la aprobación respectiva, se expide la siguiente:

NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-026-NUCL-2011, VIGILANCIA MEDICA DEL PERSONAL OCUPACIONALMENTE EXPUESTO A RADIACIONES IONIZANTES

PREFACIO

En la elaboración de la presente Norma Oficial Mexicana participaron representantes de las siguientes dependencias, instituciones, asociaciones y empresas:

SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES

- Dirección General Autotransporte Federal.

SECRETARIA DE ENERGIA

- Unidad de Asuntos Jurídicos / Dirección de Estudios y Consultas.

- Dirección General de Distribución y Abastecimiento de Energía Eléctrica y Recursos Nucleares.

SECRETARIA DE GOBERNACION

- Dirección General de Protección Civil.

SECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL

- Dirección General de Seguridad y Salud en el Trabajo.

COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD

- Gerencia de Centrales Nucleoeléctricas.

INSTITUTO DE INVESTIGACIONES ELECTRICAS

INSTITUTO NACIONAL DE ENFERMEDADES RESPIRATORIAS "ISMAEL COSIO VILLEGAS"

INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIONES NUCLEARES

INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO

- Hospital Regional Adolfo López Mateos.

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MEXICO

- Instituto de Ciencias Nucleares.

ASOCIACION MEXICANA DE FISICA MEDICA, A.C.

ASOCIACION NACIONAL DE UNIVERSIDADES E INSTITUCIONES DE EDUCACION SUPERIOR

COLEGIO DE MEDICINA NUCLEAR DE MEXICO, A.C.

CONTROL DE RADIACIONES E INGENIERIA, S.A. DE C.V.

HOSPITAL MEDICA SUR

SOCIEDAD MEXICANA DE RADIOTERAPEUTAS, A.C.

SOCIEDAD MEXICANA DE MEDICINA NUCLEAR, A.C.

SOCIEDAD MEXICANA DE SEGURIDAD RADIOLOGICA, A.C.

RADIACION APLICADA A LA INDUSTRIA, S.A. DE C.V.

INDICE

  1. Introducción

  2. Objetivo

  3. Campo de aplicación

  4. Definiciones

  5. Requisitos generales

  6. Requisitos relacionados con la aptitud

    Apéndice A (Normativo) Ficha de registro para candidatos y personal ocupacionalmente expuesto

    Apéndice B (Normativo) Examen médico para el candidato a personal ocupacionalmente expuesto

    Apéndice C (Normativo) Examen periódico

    Apéndice D (Normativo) Certificado médico

  7. Bibliografía

  8. Concordancia con normas internacionales y normas mexicanas

  9. Evaluación de la conformidad

  10. Observancia

  11. Vigencia

  12. Introducción

    El personal ocupacionalmente expuesto tiene el derecho a una protección y vigilancia médica eficaz en materia de seguridad radiológica y salud en el trabajo, en función de los riesgos inherentes a la exposición ocupacional a la radiación ionizante.

    En el caso particular de las radiaciones ionizantes, es indispensable conocer el estado inicial de salud del personal ocupacionalmente expuesto, y comprobar periódicamente que no existen variaciones en su estado de salud atribuibles a la exposición ocupacional.

    Además, es importante determinar la aptitud del personal ocupacionalmente expuesto para realizar las actividades inherentes a sus funciones.

  13. Objetivo

    Esta Norma establece el contenido y periodicidad de los exámenes médicos que deben ser practicados al personal ocupacionalmente expuesto, a fin de que el personal médico cuente con los elementos para evaluar su estado de salud; asimismo, establece los requisitos para el registro de la vigilancia médica.

  14. Campo de aplicación

    Esta Norma es de aplicación para la vigilancia médica del personal...

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