Oficio 500-05-2017-16234 mediante el cual se notifica que los contribuyentes a que se refiere el Anexo 1 se han ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.

Fecha de disposición13 Julio 2017
Fecha de publicación13 Julio 2017
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.- Administración General de Auditoría Fiscal Federal.- Administración Central de Fiscalización Estratégica. Oficio: 500-05-2017-16234

Asunto: Se notifica que los contribuyentes a que se refiere el Anexo 1 del presente oficio se han ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.

El Administrador Central de Fiscalización Estratégica, adscrito a la Administración General de Auditoría Fiscal Federal del Servicio de Administración Tributaria, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 16, primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 7, fracciones VII, XII y XVIII y 8, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, publicada en el Diario Oficial de la Federación del 15 de diciembre de 1995, reformada por Decreto publicado en el propio Diario Oficial de la Federación del 12 de junio de 2003; 1,2 párrafos primero, apartado B, fracción III, inciso e); y segundo, 5, párrafo primero, 13, fracción VI, 23, apartado E, fracción I, en relación con el artículo 22 párrafos primero, fracción VIII, y último, numeral 5, del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de agosto de 2015, vigente a partir del 22 de noviembre de 2015, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo primero del Artículo Primero Transitorio de dicho Reglamento; Artículo Tercero, fracción I, inciso a) del Acuerdo mediante el cual se delegan diversas atribuciones a Servidores Públicos del Servicio de Administración Tributaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 23 de junio de 2016, vigente a partir del 23 de julio de 2016, de conformidad con lo dispuesto en el artículo Primero Transitorio de dicho Acuerdo; así como en los artículos 33, último párrafo, 63, y 69-B, primer y segundo párrafos del Código Fiscal de la Federación, notifica lo siguiente:

Derivado del ejercicio de las atribuciones y facultades conferidas en las disposiciones fiscales vigentes, esta Administración Central, dentro de los expedientes que obran en la misma, así como en las bases de datos del Servicio de Administración Tributaria a los que tiene acceso y utiliza de conformidad con el artículo 63, párrafos primero y último, del Código Fiscal de la Federación, ha detectado que los contribuyentes que se nombran en el Anexo 1 que es parte integrante del presente oficio, emitieron comprobantes fiscales sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes.

En razón de lo anterior, con fundamento en el segundo párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, se informa a los contribuyentes mencionados en el citado Anexo 1 del presente oficio, que se encuentran en el supuesto previsto en el primer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, lo anterior se les hace de su conocimiento con el objeto de que puedan manifestar ante la autoridad fiscal que les notificó el oficio individual lo que a su derecho convenga y aportar, ante dichas autoridades, la documentación e información que consideren pertinentes para desvirtuar los hechos que llevaron a la autoridad a notificarlos.

No se omite señalar que los hechos particulares por los cuales dichas autoridades fiscales determinaron que los contribuyentes mencionados en el citado Anexo 1 del presente oficio se ubicaron en el supuesto a que se refiere el primer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, se pormenorizan en el oficio individual que al efecto les notificaron a los mismos.

Entonces, se indica que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 69-B, segundo párrafo, del Código Fiscal de la Federación, cada uno de los contribuyentes que se mencionan en el citado Anexo 1 del presente oficio tendrán un plazo de 15 días hábiles, contados a partir de que surta efectos la última de las notificaciones, según la prelación establecida en el artículo 69, primer párrafo del Reglamento del Código Fiscal de la Federación, a fin de que presenten en los términos señalados en el oficio en el cual se le notifica que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación, escrito libre en original y dos copias, firmado por el contribuyente o su representante legal en los términos del artículo 19 del referido Código, a través del cual manifiesten lo que a su derecho convenga, anexando a dicho escrito la documentación e información que consideren pertinentes para desvirtuar los hechos pormenorizados en el oficio individual ya mencionado.

La documentación e información que presenten a través del citado escrito deberá de cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 18, 18-A y 19 del Código Fiscal de la Federación."

Asimismo, se les apercibe que si transcurrido el plazo concedido no aportan las pruebas, la documentación e información respectiva; o bien, en caso de aportarlas, una vez admitidas y valoradas, no se desvirtúan los hechos señalados en el oficio individual mencionado en el tercer párrafo del presente oficio, se procederá en los términos que prevé el tercer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, caso en el cual se notificará la resolución y se publicará el nombre, denominación o razón social en el listado de los contribuyentes que no hayan desvirtuado los hechos que se les imputan y, por tanto, se encuentran definitivamente en la situación a que se refiere el primer párrafo del artículo 69-B, listado que para tal efecto se difunda en la página de internet del Servicio de Administración Tributaria, y se publique en el Diario Oficial de la Federación; lo anterior, toda vez que es de interés público que se detenga la facturación de operaciones inexistentes y que la sociedad conozca quiénes son aquéllos contribuyentes que llevan a cabo este tipo de operaciones.

Atentamente,

Ciudad de México, 30 de junio de 2017.- El Administrador Central de Fiscalización Estratégica, Francisco Hugolino Cruz Ortiz.- Rúbrica.

Asunto: Anexo 1 del oficio número 500-05-2017-16234 de fecha 30 de junio de 2017, en el que se notifica, de conformidad con el segundo párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, que los contribuyentes mencionados en el presente Anexo se ubican en el supuesto previsto en el primer párrafo del citado precepto legal.

A continuación se enlistan los contribuyentes a los que se hace referencia en el oficio número 500-05-2017-16234 de fecha 30 de junio de 2017, emitido por el Lic. Francisco Hugolino Cruz Ortiz, Administrador Central de Fiscalización Estratégica.

RFC
NOMBRE EFOS
PRESUNTOS
NÚMERO DEL OFICIO
DE PRESUNCIÓN
FECHA DE
NOTIFICACIÓN DEL
OFICIO DE PRESUNCIÓN
1
AACA7306273E2
ARAUCO CASILLAS
ALEJANDRO
500-57-00-06-00-2017-
003386 de fecha 24 de
mayo de 2017
22 de junio de 2017
2
AAGJ841016RG8
ALANÍS GONZÁLEZ JAVIER
500-61-00-04-00-2017-
03139 de fecha 7 de abril
de 2017
17 de Mayo de 2017
3
AALG9011301H5
ÁLVAREZ LÓPEZ
GUSTAVO
500-33-00-04-01-2017-
2242 de fecha 28 de abril
de 2017
13 de junio de 2017
4
AAOJ720322UA3
ÁLVAREZ OCHOA JESÚS
500-33-00-04-01-2017-
4137 de fecha 5 de junio
de 2017
30 de junio de 2017
5
AAOJ790126664
ÁLVAREZ OCHOA JORGE
500-33-00-04-01-2017-
4150 de fecha 06 de
junio de 2017
30 de junio de 2017
6
AAVM951212NB1
ÁLVARO VILLEGAS JOSÉ
MANUEL
500-05-2017-2513 de
fecha 27 de marzo de
2017
14 de junio de 2017
7
ACA1003118S6
ALSA CONSTRUCCIONES
Y ARRENDAMIENTO DE
VERACRUZ, S.A. DE C.V.
500-67-00-05-01-2017-
2764 de fecha 15 de
mayo de 2017
14 de junio de 2017
8
ACE130305S2A
ALINEAMIENTO
CORPORATIVO EFICAZ,
S.A. DE C.V.
500-10-00-07-03-2017-
23955 de fecha 19 de
mayo de 2017
24 de mayo de 2017
9
ACI120302JT8
AVITRE
CONSTRUCCIONES
INTELIGENTES, S.A. DE
C.V.
500-19-00-04-03-2017-
07756 de fecha 13 de
junio de 2017
19 de junio de 2017

10
ACO090526E48
ALFAMETRIC
CONSTRUCCIONES, S.A.
DE C.V.
500-17-00-02-00-2017-
2342 de fecha 27 de abril
de 2017
7 de junio de 2017
11
ACO111028CW4
ARTENAC CONSULTORES,
S.A. DE C.V.
500-31-00-07-01-2017-
16165 de fecha 17 de
abril de 2017
21 de junio de 2017
12
AED061205864
ASFALTOS
EDIFICACIONES Y
DESARROLLO
INMOBILIARIO, S.A. DE C.V.
500-42-00-05-03-2017-
03416 de fecha 3 de abril
de 2017
15 de mayo de 2017
13
AEE1310305R2
AGENCIA ESPECIALIZADA
EN PUBLICIDAD Y
MERCADOTÉCNICA
PLUBIMERCA, S.A. DE C.V.
500-25-00-04-01-2017-
3490 de fecha 28 de
febrero de 2017
15 de marzo de 2017
14
AEMJ791030JD9
ÁNGELES MARIN JAIME
500-50-00-06-02-2017-
7388 de fecha 2 de mayo
de 2017
2 de junio de 2017
15
AEVE860822PN0
ARENAS VILLA ELVIA
NAYELI
500-04-00-00-00-2017-
17707 de fecha 27 de
abril de 2017
29 de mayo de 2017
16
AFC130809UK8
ASESORÍA FISCAL
CONTABLE Y
ADMINISTRATIVA DANNA,
S.A. DE C.V.
500-73-05-12-41-2017-
2342 de fecha 2 de
marzo de 2017
10 de abril de 2017
17
AGL111125SI7
ASOCIACIÓN GANADERA
LOCAL GENERAL LUCIO
BLANCO
500-57-00-06-00-2017-
003396 de fecha 26 de
mayo de 2017
22 de junio de 2017
18
AIM140331EG6
ASOCIACIÓN DE
INDUSTRIALES DE MÉXICO
500-36-06-04-02-2017-
9135 de fecha 9 de
marzo de 2017
18 de mayo...

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