Oficio 500-05-2019-7336 mediante el cual se comunica listado de contribuyentes que promovieron algún medio de defensa en contra del oficio de presunción a que se refiere el artículo 69-B primer párrafo del Código Fiscal de la Federación vigente hasta el 24 de julio de 2018, en relación con el Artículo Segundo Transitorio del Decreto por el que se reforma el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, publicado el 25 de junio de 2018 o en contra de la resolución a que se refiere el tercer párrafo del artículo en comento y una vez resuelto el mismo el órgano jurisdiccional o administrativo dejó insubsistente el referido acto.

Fecha de disposición24 Julio 2018
Fecha de publicación26 Abril 2019
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SHCP.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.- Administración General de Auditoría Fiscal Federal.- Administración Central de Fiscalización Estratégica. Oficio Número: 500-05-2019-7336

Asunto: Se comunica listado de contribuyentes que promovieron algún medio de defensa en contra del oficio de presunción a que se refiere el artículo 69-B primer párrafo del CFF vigente hasta el 24 de julio de 2018, en relación con el Artículo Segundo Transitorio del "DECRETO por el que se reforma el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de junio de 2018 o en contra de la resolución a que se refiere el tercer párrafo del artículo en comento y una vez resuelto el mismo el órgano jurisdiccional o administrativo dejó insubsistente el referido acto.

Esta Administración Central de Fiscalización Estratégica, adscrita a la Administración General de Auditoría Fiscal Federal, del Servicio de Administración Tributaria, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 16, primer párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 7, fracciones VII, XII y XVIII y 8, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, publicada en el Diario oficial de la Federación del 15 de diciembre de 1995, reformada por Decreto publicado en el propio Diario Oficial de la Federación el 12 de junio de 2003; 1, 2, párrafos primero, apartado B, fracción III, inciso e) y segundo, 5, párrafo primero, 13, fracción VI, 23, apartado E, fracción I, en relación con el artículo 22 párrafos primero, fracción VIII, y último, numeral 5 del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de agosto de 2015, vigente a partir del 22 de noviembre de 2015, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo primero del Artículo Primero Transitorio de dicho Reglamento; Artículo Tercero, fracción I, inciso a), del Acuerdo mediante el cual se delegan diversas atribuciones a los Servidores Públicos del Servicio de Administración Tributaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 23 de junio de 2016, vigente a partir del 23 de julio de 2016, de conformidad con lo dispuesto en el artículo Transitorio Primero de dicho Acuerdo; en los artículos 33, último párrafo, 63 y 69-B, párrafos primero y segundo del Código Fiscal de la Federación vigente hasta el 24 de julio de 2018, en relación con el Artículo Segundo Transitorio del "DECRETO por el que se reforma el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de junio de 2018, así como en la regla 1.4., último párrafo, inciso d) de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de diciembre de 2017, en relación con el Resolutivo Sexto de la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018, publicada en el Diario Oficial de la Federación del 19 de octubre de 2018, le comunica lo siguiente:

Que los contribuyentes que se enlistan a continuación, en su momento, les fue notificado un Oficio de Presunción de inexistencia de operaciones amparadas con determinados comprobantes fiscales que emitieron, ello de conformidad con los párrafos primero y segundo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación vigente hasta el 24 de julio de 2018, en relación con el Artículo Segundo Transitorio del "DECRETO por el que se reforma el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de junio de 2018, en relación con el artículo 69 de su Reglamento.

Seguido el procedimiento previsto en el referido artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación vigente hasta el 24 de julio de 2018, en relación con el Artículo Segundo Transitorio del "DECRETO por el que se reforma el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de junio de 2018 y en términos del tercer párrafo del referido artículo, a los contribuyentes de referencia se les notificó la resolución definitiva como se indica a continuación:

Notificación al contribuyente del oficio de la RESOLUCIÓN DEFINITIVA.

R.F.C.
Nombre del
Contribuyente
Medio de notificación al contribuyente
Número y
fecha de oficio
de resolución.
Estrados de la autoridad
Notificación Personal
Notificación por buzón tributario
Fecha de
fijación en
los estrados
de la
Autoridad
Fiscal
Fecha en que
surtió efectos la
notificación
Fecha de
notificación
Fecha en que
surtió efectos la
notificación
Fecha de
notificación
Fecha en que
surtió efectos la
notificación
1
AIM140331EG6
ASOCIACIÓN DE
INDUSTRIALES DE
MÉXICO
500-36-06-04-
02-2017-40154
de fecha 09 de
octubre de 2017
24 de
octubre de
2017
17 de noviembre
de 2017
2
CDC140220PZA
COMERCIALIZADORA
Y DESARROLLADORA
CRUWER, S.A. DE
C.V.
No se emitió oficio de resolución.
3
CMC091201783
COMERCIALIZADORA
DE MATERIALES
CHILPANCINGO, S.A.
DE C.V.
500-28-00-04-
00-2017-05252
de fecha 11 de
agosto de 2017
04 de septiembre
de 2017
05 de septiembre
de 2017
4
CSO110115LV6
COMERCIAL Y
SERVICIOS ORDAZ Y
GENERO S.A. DE C.V.
500-04-00-00-
00-2016-43688
de fecha 09 de
diciembre de
2016
06 de enero de
2017
09 de enero de
2017
5
CTS101112H6A
CENTRO DE
TERCERIZACIÓN DE
SERVICIOS
EMPRESARIALES
PARA LA
ADMINISTRACIÓN Y
DESARROLLO DE
CAPITAL HUMANO,
S.A. DE C.V.
500-43-03-07-
01-2017-5219
de fecha 07 de
noviembre de
2017
07 de noviembre
de 2017
08 de noviembre
de 2017
6
GACD7903213Y0
GARCÍA CAMPA
DANTE
500-70-00-05-
02-2017-05412
de fecha 02 de
junio de 2017
06 de junio de
2017
07 de junio de
2017
7
ODA100617QY1
OPERADORA
DAIKON, S.A. DE C.V.
500-43-03-08-
01-2017-2167
de fecha 17 de
febrero de 2017
20 de febrero de
2017
21 de febrero de
2017
8
TME040414MX7
TURISER DE MÉXICO,
S.A. DE C.V.
500-05-2016-
18525 de fecha
01 de agosto de
2016
18 de agosto
de 2016
12 de septiembre
de 2016
9
VALG70113079A
VÁZQUEZ LEZAMA
MARÍA GUADALUPE
500-70-00-04-
01-2017-03138
de fecha 03 de
marzo de 2017
23 de marzo de
2017
24 de marzo de
2017

Por lo anterior, el nombre de los contribuyentes a los que se les notificó la citada resolución fue agregada al listado a que se refiere el tercer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación vigente hasta el 24 de julio de 2018, en relación con el Artículo Segundo Transitorio del "DECRETO por el que se reforma el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de junio de 2018, el cual fue publicado en el Diario oficial de la Federación, como a continuación se indica:

R.F.C.
Nombre del Contribuyente
Número y fecha de oficio que contiene
en Listado Global Definitivo
Fecha de publicación en el
Diario Oficial de la
Federación
1
AIM140331EG6
ASOCIACIÓN DE INDUSTRIALES DE MÉXICO
500-05-2018-572 de fecha 26 de enero
de 2018
26 de febrero de 2018.
2
CDC140220PZA
COMERCIALIZADORA Y DESARROLLADORA
...

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