Oficio Circular por el que se da a conocer a las dependencias y sus órganos administrativos desconcentrados, así como en las entidades de la Administración Pública Paraestatal, así como a la Procuraduría General de la República, sujetas a la cobertura de los Tratados de Libre Comercio que se indican, la actualización de los umbrales conforme al capítulo de compras con vigencia del 1 de enero al 30 de junio de 2019.

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EmisorSecretaría de la Función Pública

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- FUNCIÓN PÚBLICA.- Secretaría de la Función Pública.- Subsecretaría de Responsabilidades Administrativas y Contrataciones Públicas.- Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas.- No. de Oficio UNCP/309/TU/447/2018. C. C. OFICIALES MAYORES O EQUIVALENTES EN LAS DEPENDENCIAS, ENTIDADES, ÓRGANOS DESCONCENTRADOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL Y EN LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, SUJETAS A LA COBERTURA DE LOS TRATADOS DE LIBRE COMERCIO

Presente.

Con fundamento en el artículo 51, fracción XIV, del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública vigente, se difunde la siguiente información para su debida aplicación por ser del interés de las dependencias, entidades y órganos administrativos desconcentrados de la Administración Pública Federal, listadas en los Capítulos de Compras del Sector Público de los tratados de libre comercio que se relacionan a continuación:

UBICACIÓN DE DEPENDENCIAS Y ENTIDADES SUJETAS A LA COBERTURA DE LOS CAPÍTULOS
O TÍTULOS DE COMPRAS DEL SECTOR PÚBLICO DE LOS TRATADOS DE LIBRE COMERCIO
Anexo
Número del
Capítulo o Título
Nombre del Tratado
Anexos 1 y 2 al artículo
15-02
Capítulo XV
Tratado de Libre Comercio Colombia-México
(ACE N°33)

Tomando en consideración la información proporcionada por la Secretaría de Economía mediante Oficio No 523/01/93/13.XII.18, se da a conocer el valor actualizado de los umbrales establecidos en dicho capitulo para determinar su ámbito de aplicación durante los años 2019 y 2020, de acuerdo a lo siguiente:

  1. El artículo indicado en el cuadro que antecede, establece que su ámbito de aplicación, entre otros elementos a considerar, estará determinado por el valor del contrato que será adjudicado en relación a los umbrales expresados en dólares estadounidenses.

  2. De acuerdo con el párrafo 1, incisos a), b) y c) del Anexo 6 al artículo 15-02 del Capítulo XV de dicho Tratado, el ajuste inflacionario de los umbrales serán calculado utilizando la tasa de inflación de los Estados Unidos de América, medida por el Índice de Precio al Mayoreo para productos terminados publicado por el Bureau of Labor Statistics de ese país y...

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