Oficio Circular DG/025/2018 por el que se da a conocer el Informe de separación y entrega-recepción de los servidores públicos de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos.

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EmisorSecretaría de Comunicaciones y Transportes

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes.- Caminos y Puentes Federales.- Dirección General. OFICIO CIRCULAR DG/025/2018

Asunto: Informe de separación y entrega-recepción de los servidores públicos de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos.

CC. Servidores Públicos de Caminos y Puentes

Federales de Ingresos y Servicios Conexos.

Por este conducto me permito informarles que los días 6 y 24 de julio del año 2017, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación, el "Acuerdo por el que se establecen las bases generales para la rendición de cuentas de la Administración Pública Federal y para realizar la entrega-recepción de los asuntos a cargo de los servidores públicos y de los recursos que tengan asignados al momento de separarse de su empleo, cargo o comisión" (en adelante Bases Generales) y el "Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos Generales para la regulación de los procesos de entrega-recepción y de rendición de cuentas de la Administración Pública Federal" (en adelante Lineamientos Generales), respectivamente. Este último fue modificado mediante el "Acuerdo que reforma el diverso por el que se establecen los Lineamientos Generales para la regulación de los procesos de entrega-recepción y de rendición de cuentas de la Administración Pública Federal", publicado el 5 de diciembre de 2017 en el Diario Oficial de la Federación.

Las Bases Generales y los Lineamientos Generales establecen que los titulares de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, así como de las empresas productivas del Estado y los servidores públicos hasta el nivel de Director General en el sector centralizado, o sus equivalentes en el sector paraestatal o en las empresas productivas del Estado, al separarse de su empleo, cargo o comisión, deberán rendir un informe de separación que refiera el estado que guardan los asuntos a su cargo y entregar los recursos presupuestarios, financieros, humanos y materiales que, en su caso, hayan tenido asignados para el ejercicio de sus atribuciones, así como la documentación y archivos debidamente ordenados y clasificados de conformidad con la normatividad aplicable a la materia, a quienes los sustituyan en sus funciones.

De la misma forma, se prevé que los servidores públicos de niveles inferiores a los antes descritos, quedarán sujetos a la obligación señalada, siempre que estén a cargo de...

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