Oficio mediante el cual se autoriza a Aseguradora Aserta, S.A. de C.V., Grupo Financiero Aserta, para organizarse y operar como institución de seguros.
Fecha de disposición | 23 Mayo 2017 |
Fecha de publicación | 23 Mayo 2017 |
Emisor | SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.- Presidencia.- Vicepresidencia Jurídica.- Dirección General Jurídica Consultiva y de Intermediarios.- Dirección Consultiva.- Subdirección Consultiva.- Expediente: C00.411.13.1.7/3"15".- Oficio No. 06-C00-41100/01284.
Asunto: Se autoriza a Aseguradora Aserta, S.A. de C.V., Grupo Financiero Aserta, para organizarse y operar como institución de seguros.
ASEGURADORA ASERTA, S.A. DE C.V.,
GRUPO FINANCIERO ASERTA
Camino a Santa Teresa 1040, Piso 7 Of. 701
Col. Jardines en la Montaña
Tlalpan
14210, Ciudad de México
At'n: Act. Enrique Alejandro Murguía Pozzi
Apoderado Legal
El Gobierno Federal a través de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas y previo acuerdo de su Junta de Gobierno, con fundamento en los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 17 y 31, fracción VIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2o., inciso D, fracción III, del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de septiembre de 1996, y sus diversas modificaciones; 11, 12, 25, fracción III, incisos f) y g), y último párrafo, 26, último párrafo, 36, 41, fracciones II a V, 42, 47, 369, fracción II, y 370, cuarto párrafo, de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas; en las Disposiciones 2.1.1. a 2.1.3., en los Capítulos 39.1. y 39.6. y en el Anexo 2.1.3-g. de la Circular Única de Seguros y Fianzas, publicada en referido Diario Oficial el 19 de diciembre de 2014; así como en los artículos 6 y 9 del Reglamento Interior de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, emite las resoluciones que más adelante se indican, en atención a los siguientes Antecedentes y Considerandos:
ANTECEDENTES
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Afianzadora Aserta, S.A. de C.V., Grupo Financiero Aserta, fue autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para funcionar y operar como institución de fianzas, a través del Oficio No. 102-E-366-DGSV-l-C-a-482 de 29 de abril de 1991. Dicha autorización fue modificada por última vez por la citada Dependencia mediante Oficio No. 366-166/08 de 18 de septiembre de 2008.
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Mediante escrito de 5 de octubre de 2015, Grupo Financiero Aserta, S.A. de C.V. y Afianzadora Aserta, S.A. de C.V., Grupo Financiero Aserta, a través de su representante legal, el Act. Enrique Alejandro Murguía Pozzi, solicitaron autorización de esta Comisión para que Afianzadora Aserta, S.A. de C.V., Grupo Financiero Aserta, se organice y opere como una institución de seguros en términos del artículo 42 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas.
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Asimismo, a través de los escritos recibidos en este Órgano Desconcentrado el 18 y 30 de noviembre de 2015, y 23, 26, dos el 27 de mayo y el 8 de junio de 2016, Afianzadora Aserta, S.A. de C.V., Grupo Financiero Aserta, a través de sus representantes legales el Act. Enrique Alejandro Murguía Pozzi y el Lic. Gustavo Torres Pineda, presentó diversa documentación e información complementaria a la solicitud de mérito.
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En ese contexto, la solicitud de referencia se sometió a consideración de la Junta de Gobierno de esta Comisión en su sesión 188 de 4 de julio de 2016, previa opinión favorable del Comité de Autorizaciones, la cual acordó lo siguiente:
"ÚNICO.- OTORGAR autorización a Afianzadora Aserta, S.A. de C.V., Grupo Financiero Aserta, para
organizarse y operar como una institución de seguros, en los ramos de caución y crédito que comprende además la práctica de ramos y subramos de fianzas, en términos del artículo 42 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas.
Lo anterior, sin perjuicio de las obligaciones a que hubiere lugar de conformidad con la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, pudiendo ser éstas de manera enunciativa más no limitativa, la modificación del Convenio de Responsabilidades y la que corresponda a los estatutos sociales de Grupo Financiero Aserta, S.A. de C.V., en virtud de la autorización de la entidad financiera de...
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