Oficio mediante el cual se autoriza a Fianzas Guardiana Inbursa, S.A., Grupo Financiero Inbursa, para organizarse y operar como institución de seguros en el ramo de caución.

EdiciónMatutina
EmisorSecretaría de Hacienda y Crédito Publico

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.- Presidencia.- Vicepresidencia Jurídica.- Dirección General Jurídica Consultiva y de Intermediarios.- Dirección Consultiva.- Subdirección Consultiva.- Expediente C00.411.13.1.7/2"17".- Oficio No. 06-C00-41100/30642.

ASUNTO: Se autoriza a Fianzas Guardiana Inbursa, S.A., Grupo Financiero Inbursa, para organizarse y operar como institución de seguros.

FIANZAS GUARDIANA INBURSA, S.A.

GRUPO FINANCIERO INBURSA

(En proceso de transformación a Inbursa Seguros de

Caución y Fianzas, S.A.)

Paseo de las Palmas 750, Piso (-1)

Col. Lomas de Chapultepec

Miguel Hidalgo

11000, Ciudad de México

At'n: Lic. Alfredo Ortega Arellano

Apoderado y director General

El Gobierno Federal a través de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, y previo Acuerdo de su Junta de Gobierno, con fundamento en los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 17 y 31, fracción VIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2o., inciso D, fracción III, del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; 11, 12, 25, fracción III, inciso g), y último párrafo, 26, último párrafo, 36, 41, fracciones II a V, 42, 47, 369, fracción II, 370, último párrafo, y 372, fracción XLI, de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, en las Disposiciones 2.1.1. a 2.1.3., en los Capítulos 39.1 y 39.6 y en el Anexo 2.1.3-g. de la Circular Única de Seguros y Fianzas; así como en los artículos 6 y 9 del Reglamento Interior de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, emite las presentes resoluciones que más adelante se indican, en atención a los siguientes Antecedentes y Considerandos:

ANTECEDENTES

  1. Fianzas Guardiana Inbursa, S.A., Grupo Financiero Inbursa, fue autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para organizarse y funcionar como institución de fianzas, mediante Oficio 102-E-366-DGSV-I-C-a-5667 de 31 de diciembre de 1991. Dicha autorización fue modificada por última vez mediante Oficio 06-C00-41100/42985 de 26 de julio de 2017, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de septiembre de 2017.

  2. Mediante escrito de 12 de abril de 2017, Fianzas Guardiana Inbursa, S.A., Grupo Financiero Inbursa, a través de su apoderado legal, el Lic. Alfredo Ortega Arellano, solicita autorización de esta Comisión para organizarse y operar como institución de seguros en el ramo de caución, la cual comprenda la práctica de ramos y subramos de fianzas que actualmente opera.

  3. Asimismo, a través del escrito de 30 de abril de 2017, recibido en este Órgano Desconcentrado el 30 de mayo del mismo año, Fianzas Guardiana Inbursa, S.A., Grupo Financiero Inbursa, por conducto de su representante legal el Lic. Alfredo Ortega Arellano, presentó diversa documentación e información complementaria a la solicitud de mérito.

  4. La solicitud descrita en el Antecedente 2 se sometió a consideración de la Junta de Gobierno de esta Comisión en su sesión 198 de 14 de diciembre de 2017, previa opinión favorable del Comité de Autorizaciones, la cual acordó lo siguiente:

    ÚNICO.- OTORGUE autorización a Fianzas Guardiana Inbursa, S.A., Grupo Financiero Inbursa, para organizarse y operar como una institución de seguros, en el ramo de caución que comprende además la práctica de ramos y subramos de fianzas, en términos del artículo 42 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas.

    Ello con fundamento en los artículos 11, 25, último párrafo, 36, 41, fracciones II a V, 42 y 369, fracción...

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