Oficio mediante el cual se autoriza la fusión de Chubb de México, Compañía Afianzadora, S.A. de C.V., como fusionada, y ACE Fianzas Monterrey, S.A. (en proceso de transformación a Chubb Fianzas Monterrey, Aseguradora de Caución, S.A.), como fusionante que subsiste.
Fecha de disposición | 13 Febrero 2018 |
Fecha de publicación | 13 Febrero 2018 |
Emisor | SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.- Presidencia.- Vicepresidencia Jurídica.- Dirección General Jurídica Consultiva y de Intermediarios.- Dirección Consultiva.- Subdirección Consultiva.- Expediente: C00.411.13.7.2-F0009"16".- Oficio No. 06-C00-41100/60226.
ASUNTO: Se autoriza la fusión de Chubb de México, Compañía Afianzadora, S.A. de C.V., como fusionada, y ACE Fianzas Monterrey, S.A. (en proceso de transformación a Chubb Fianzas Monterrey, Aseguradora de Caución, S.A.), como fusionante que subsiste.
CHUBB DE MÉXICO, COMPAÑÍA AFIANZADORA, S.A. DE C.V.
ACE FIANZAS MONTERREY, S.A.
(En proceso de transformación a Chubb Fianzas
Monterrey, Aseguradora de Caución, S.A.)
Domicilio común:
Paseo de los Tamarindos 150, Planta Baja
Col. Bosques de las Lomas
Cuajimalpa
05120, Ciudad de México
At´n: Lic. Juan Pablo Téllez González
Representante Legal
Esta Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, con fundamento en los artículos 67, 271, 369, fracción V, y 372, fracción XLI, de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, en la Disposición Octava Transitoria de la misma Ley; así como en los artículos 6 y 9 del Reglamento Interior de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, emite las Resoluciones que más adelante se indican, en atención a los siguientes Antecedentes y Considerandos:
ANTECEDENTES
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Chubb de México, Compañía Afianzadora, S.A. de C.V., fue autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para organizarse y funcionar como institución de fianzas, a través del Oficio 102-E-366-DGSV-I-C-a-2640 del 9 de julio de 1991. Su autorización fue modificada por última vez por la citada Dependencia mediante Oficio 366-IV-A-7148 de 3 de noviembre de 2000, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de febrero de 2001. Dicha institución filial está autorizada para practicar operaciones de fianzas en los siguientes ramos: fidelidad, en los subramos de individuales y colectivas; judiciales, en los subramos penales, no penales y que amparen a los conductores de vehículos automotores; administrativas, en los subramos, de obra, proveeduría, fiscales, de arrendamiento, y otras fianzas administrativas; de crédito, en los subramos de suministro, compraventa, financieras, y otras fianzas de crédito; y fideicomisos en garantía, en los subramos relacionados con pólizas de fianza y sin relación con pólizas de fianza.
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ACE Fianzas Monterrey, S.A. (en proceso de transformación a Chubb Fianzas Monterrey, Aseguradora de Caución, S.A.), fue...
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