Oficio mediante el cual se autoriza la incorporación de Invex Consumo, S.A. de C.V., Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, Entidad Regulada, Invex Grupo Financiero como entidad financiera integrante de Invex Grupo Financiero, S.A. de C.V.

Fecha de disposición14 Marzo 2019
Fecha de publicación14 Marzo 2019
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SHCP.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público.- Unidad de Banca, Valores y Ahorro.- Oficio No. UBVA/ 009 /2019. INVEX GRUPO FINANCIERO, S.A. DE C.V.

P r e s e n t e

Esta Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través de la Unidad de Banca, Valores y Ahorro, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 31, fracción XXXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 15 en relación con el 19, primer y último párrafos y 20 de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 27, fracciones X y XII del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y en atención a los siguientes:

ANTECEDENTES

  1. Mediante escritos recibidos en esta Unidad Administrativa el 7 de noviembre de 2017, 27 de marzo, 11 de mayo, 13 y 29 de junio, 25 de julio, 25 de octubre, 14 y 26 de noviembre, todos de 2018, mediante los cuales los licenciados Luis Enrique Estrada Rivero y Daniel Ibarra Hernández, en nombre y representación de "Invex Grupo Financiero, S.A. de C.V." y de "Banco Invex, S.A., Institución de Banca Múltiple, Invex Grupo Financiero", personalidad que tienen debidamente acreditada ante esta Dependencia, solicitan autorización y aprobación de esta Secretaría para que sus representadas realicen los siguientes actos jurídicos:

    1. La incorporación indirecta de "Invex Consumo, S.A. de C.V." (antes "Credomatic de México, S.A. de C.V.") a "Invex Grupo Financiero, S.A. de C.V.", a través de "Banco Invex, S.A., Institución de Banca Múltiple, Invex Grupo Financiero", una vez que la primera haya adoptado la modalidad de sociedad financiera de objeto múltiple, entidad regulada.

    2. La modificación de los artículos Segundo, Quinto y Vigésimo Séptimo de los estatutos sociales de "Invex Grupo Financiero, S.A. de C.V.", a efecto de contemplar la incorporación de que se trata, precisar que su domicilio es la Ciudad de México, así como incluir dentro del proceso de convocatorias, lo establecido en el artículo 186 de la Ley General de Sociedades Mercantiles.

    3. La modificación del Convenio Único de Responsabilidades que esa Sociedad Controladora tiene celebrado con las entidades financieras integrantes del Grupo Financiero, en virtud de la incorporación de mérito.

  2. Al respecto, la Dirección General Adjunta de Banca y Valores, adscrita a esta Unidad de Banca, Valores y Ahorro, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 28, fracción XXII del Reglamento Interior de esta Secretaría y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 15 y 20 de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, mediante oficios UBVA/DGABV/825/2017 y UBVA/DGABV/826/2017 del 7 de noviembre de 2017, UBVA/DGABV/198/2018 y UBVA/DGABV/199/2018 del 3 de abril de 2018, UBVA/DGABV/433/2018 y UBVA/DGABV/434/2018 del 14 de junio de 2018, UBVA/DGABV/463/2018 y UBVA/DGABV/464/2018 del 3 de julio de 2018, UBVA/DGABV/545/2018 y UBVA/DGABV/546/2018 del 26 de julio de 2018, UBVA/DGABV/771/2018 y UBVA/DGABV/772/2018 del 30 de octubre de 2018, UBVA/DGABV/805/2018 y UBVA/DGABV/806/2018 del 15 de noviembre de 2018, y UBVA/DGABV/830/2018 del 27 de noviembre de 2018, solicitó la opinión del Banco de México y de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, respectivamente.

    Asimismo, con fundamento en...

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