OFICIO mediante el cual se expide el Manual de Organización General de la Procuraduría General de la República

Fecha de disposición28 Abril 2009
Fecha de publicación28 Abril 2009
SecciónQUINTA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Procuraduría General de la República.- Oficio PGR/241/09.- Oficina del C. Procurador. CC. SUBPROCURADORES; OFICIAL MAYOR;

TITULAR DE LA AGENCIA FEDERAL DE INVESTIGACION;

FISCALES ESPECIALES; COORDINADORES;

TITULARES DE UNIDADES ESPECIALIZADAS;

TITULARES DE ORGANOS DESCONCENTRADOS;

DIRECTORES GENERALES;

COORDINADORES Y SUBDELEGADOS ADMINISTRATIVOS.

Presente

Con fundamento en los artículos 9 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República y 5 de su Reglamento, así como en el artículo 19 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, tengo a bien expedir el Manual de Organización General de la Procuraduría General de la República, el cual atiende las reformas al Reglamento antes citado, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 20 de agosto de 2008.

Lo anterior, con el propósito de llevar a cabo su difusión al interior de las Unidades a su cargo y tomen las acciones procedentes para su debida aplicación.

Reitero a ustedes la seguridad de mi atenta y distinguida consideración.

Atentamente

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D.F., a 13 de abril de 2009.- El Procurador General de la República, Eduardo Medina Mora Icaza.- Rúbrica.

MANUAL DE ORGANIZACION GENERAL

INDICE

  1. INTRODUCCION

  2. ANTECEDENTES HISTORICOS

  3. MARCO JURIDICO

  4. ATRIBUCIONES

  5. MISION

  6. VISION

  7. ESTRUCTURA ORGANICA

  8. ORGANIGRAMA

  9. DESCRIPCION DE UNIDADES

    PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA

    DIRECCION GENERAL DE COMUNICACION SOCIAL

    CENTRO NACIONAL DE PLANEACION, ANALISIS E INFORMACION PARA EL COMBATE A LA DELINCUENCIA

    SUBPROCURADURIA JURIDICA Y DE ASUNTOS INTERNACIONALES

    AGREGADURIAS (INFORMATIVO)

    DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS

    DIRECCION GENERAL DE CONSTITUCIONALIDAD

    DIRECCION GENERAL DE NORMATIVIDAD

    COORDINACION DE ASUNTOS INTERNACIONALES Y AGREGADURIAS

    DIRECCION GENERAL DE EXTRADICIONES Y ASISTENCIA JURIDICA

    DIRECCION GENERAL DE COOPERACION INTERNACIONAL

    SUBPROCURADURIA DE CONTROL REGIONAL, PROCEDIMIENTOS PENALES Y AMPARO

    DIRECCION GENERAL DE CONTROL DE AVERIGUACIONES PREVIAS

    DIRECCION GENERAL DE CONTROL DE PROCESOS PENALES FEDERALES

    DIRECCION GENERAL DE AMPARO

    COORDINACION GENERAL DE DELEGACIONES

    DELEGACIONES ESTATALES

    SUBPROCURADURIA DE INVESTIGACION ESPECIALIZADA EN DELINCUENCIA ORGANIZADA

    UNIDAD ESPECIALIZADA EN INVESTIGACION DE DELITOS CONTRA LA SALUD

    UNIDAD ESPECIALIZADA EN INVESTIGACION DE TERRORISMO, ACOPIO Y TRAFICO DE ARMAS

    UNIDAD ESPECIALIZADA EN INVESTIGACION DE OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA ILICITA Y DE FALSIFICACION O ALTERACION DE MONEDA

    UNIDAD ESPECIALIZADA EN INVESTIGACION DE SECUESTROS

    UNIDAD ESPECIALIZADA EN INVESTIGACION DE TRAFICO DE MENORES, INDOCUMENTADOS Y ORGANOS

    UNIDAD ESPECIALIZADA EN INVESTIGACION DE ASALTO Y ROBO DE VEHICULOS

    SUBPROCURADURIA DE INVESTIGACION ESPECIALIZADA EN DELITOS FEDERALES

    UNIDAD ESPECIALIZADA EN INVESTIGACION DE DELITOS CONTRA LOS DERECHOS DE AUTOR Y LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

    UNIDAD ESPECIALIZADA EN INVESTIGACION DE DELITOS FISCALES Y FINANCIEROS

    UNIDAD ESPECIALIZADA EN INVESTIGACION DE DELITOS COMETIDOS POR SERVIDORES PUBLICOS Y CONTRA LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA

    UNIDAD ESPECIALIZADA EN INVESTIGACION DE DELITOS CONTRA EL AMBIENTE Y PREVISTOS EN LEYES ESPECIALES

    SUBPROCURADURIA DE DERECHOS HUMANOS, ATENCION A VICTIMAS Y SERVICIOS A LA COMUNIDAD

    DIRECCION GENERAL DE PROMOCION DE LA CULTURA EN DERECHOS HUMANOS, ATENCION A QUEJAS E INSPECCION

    DIRECCION GENERAL DE ATENCION A RECOMENDACIONES Y AMIGABLES CONCILIACIONES EN DERECHOS HUMANOS

    DIRECCION GENERAL DE ATENCION A VICTIMAS DEL DELITO

    DIRECCION GENERAL DE PREVENCION DEL DELITO Y SERVICIOS A LA COMUNIDAD

    FISCALIA ESPECIALIZADA PARA LA ATENCION DE DELITOS ELECTORALES

    DIRECCION GENERAL JURIDICA EN MATERIA DE DELITOS ELECTORALES

    DIRECCION GENERAL DE AVERIGUACIONES PREVIAS Y CONTROL DE PROCESOS EN MATERIA DE DELITOS ELECTORALES

    DIRECCION GENERAL DE POLITICA CRIMINAL, COORDINACION Y DESARROLLO EN MATERIA DE DELITOS ELECTORALES

    OFICIALIA MAYOR

    DIRECCION GENERAL DE PROGRAMACION, ORGANIZACION Y PRESUPUESTO

    DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

    DIRECCION GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES

    DIRECCION GENERAL DE TECNOLOGIAS DE INFORMACION Y COMUNICACIONES

    DIRECCION GENERAL DE CONTROL Y REGISTRO DE ASEGURAMIENTOS MINISTERIALES

    DIRECCION GENERAL DE SERVICIOS AEREOS

    DIRECCION GENERAL DE SEGURIDAD INSTITUCIONAL

    CENTRO DE EVALUACION Y DESARROLLO HUMANO

    VISITADURIA GENERAL

    DIRECCION GENERAL DE VISITADURIA

    DIRECCION GENERAL DE INSPECCION INTERNA

    DIRECCION GENERAL DE SUPERVISION E INSPECCION INTERNA PARA LA AGENCIA FEDERAL DE INVESTIGACION

    DIRECCION GENERAL DE DELITOS COMETIDOS POR SERVIDORES PUBLICOS DE LA INSTITUCION

    AGENCIA FEDERAL DE INVESTIGACION

    DIRECCION GENERAL DE PLANEACION POLICIAL

    DIRECCION GENERAL DE INVESTIGACION POLICIAL

    DIRECCION GENERAL DE ANALISIS TACTICO

    DIRECCION GENERAL DE DESPLIEGUE REGIONAL POLICIAL

    DIRECCION GENERAL DE OPERACIONES ESPECIALES

    DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS POLICIALES INTERNACIONALES E INTERPOL

    UNIDAD DE OPERACIONES

    DIRECCION GENERAL DE INTERCEPCION

    COORDINACION DE PLANEACION, DESARROLLO E INNOVACION INSTITUCIONAL

    DIRECCION GENERAL DE PLANEACION E INNOVACION INSTITUCIONAL

    DIRECCION GENERAL DE POLITICAS PUBLICAS Y COORDINACION INTERINSTITUCIONAL

    DIRECCION GENERAL DE FORMACION PROFESIONAL

    DIRECCION GENERAL DE SERVICIO DE CARRERA DE PROCURACION DE JUSTICIA FEDERAL

    DIRECCION GENERAL DE COORDINACION DE SERVICIOS PERICIALES

    INSTITUTO DE CAPACITACION Y PROFESIONALIZACION EN PROCURACION DE JUSTICIA FEDERAL

  10. INTRODUCCION

    El presente Manual de Organización General, tiene como finalidad ser una herramienta de trabajo y consulta, mediante su adecuada difusión y conocimiento entre el personal que constituye la Procuraduría, facilita la coordinación e integración de las facultades conferidas a las Unidades Administrativas; asimismo permite que los servidores públicos conozcan su organización y funcionamiento, a los particulares les muestra el quehacer institucional y el servicio que les proporciona.

    Para alcanzar estos fines es necesario delimitar las responsabilidades de dichas Unidades a partir de sus atribuciones, buscando que sean congruentes con los programas, objetivos y metas a través del óptimo ejercicio de los recursos asignados.

    Los apartados que integran el documento son: Antecedentes Históricos, cita información relevante que data de los inicios de la Procuraduría, hasta los eventos más recientes y significativos que propiciaron modificaciones a la estructura; Marco Jurídico, relaciona las disposiciones que dan sustento a su actuar; Atribuciones, señala las principales disposiciones jurídicas; Misión, describe la identidad, esencia, y su razón de ser, el propósito, destino y medios para llevarla a cabo; Visión, expone la imagen que la Institución pretende alcanzar en un horizonte de tiempo, considerando las exigencias sociales; Estructura Orgánica, enlista las unidades administrativas que la integran de conformidad con las atribuciones otorgadas por la Ley; Organigrama, muestra de manera gráfica la distribución de las áreas así como sus líneas de colaboración y coordinación; por último la Descripción de Areas, refiere los objetivos y funciones de las mismas, en apego a los instrumentos jurídicos vigentes.

    En cumplimiento a lo establecido en los artículos 9 de la Ley Orgánica de la Procuraduría y 5 y 19 fracción IV de su Reglamento los cuales se encuentran correlacionados con el 19 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, se expide el Manual de Organización General de la Procuraduría General de la República, el cual deberá ser revisado y actualizado de manera periódica con el firme propósito de garantizar que el actuar de los servidores públicos se apegue a los principios de legalidad, certeza jurídica y respeto irrestricto a los derechos humanos.

  11. ANTECEDENTES HISTORICOS

    El Ministerio Público es una Institución de gran tradición en nuestro sistema jurídico que tiene sus orígenes más remotos en el derecho español de la época colonial. A partir de la Independencia y durante todo el siglo XIX, se consideró por la legislación mexicana, como parte del Poder Judicial Federal.

    Con la expedición de las "Bases para la Administración de la República", publicadas el 22 de Abril de 1853, surgió la figura del Procurador General de la Nación, al señalar en su artículo 9 "Para que los intereses nacionales sean convenientemente atendidos en los negocios contenciosos que se versen sobre ello, ya estén pendientes o se susciten en adelante, promover cuando convenga a la Hacienda Pública y que se proceda en todos los ramos con los conocimientos necesarios en puntos de derecho, se nombrará un Procurador General de la Nación, con sueldo de cuatro mil pesos, honores, condecoración de Ministro de la Corte Suprema de Justicia, en la cual y en todos los Tribunales Superiores será recibido como parte de la Nación y en los inferiores, cuando lo disponga así el respectivo Ministerio, y además despachará todos los informes en derechos que se le pidan por el Gobierno, será amovible a voluntad de éste y recibirá instrucciones para sus procedimientos, de los respectivos Ministerios".

    Durante el período presidencial del Licenciado Don Benito Juárez, se dicta el Reglamento de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el 29 de Junio de 1862; que señalaba las funciones tanto del Ministerio Público, como del Procurador General; y consistían las del primero en, "ser oído de todos los negocios que interesan a la Hacienda Pública o de responsabilidad de sus empleados o agentes, y en los que por los mismos motivos se interesen los fondos de los establecimientos públicos".

    Con las reformas a los artículos 91 y 96 de la Constitución de 1857, del 22 de Mayo de 1900, se separa al Ministerio Público y al Procurador General de la República...

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