Oficio mediante el cual se modifica el artículo tercero, base II de la autorización otorgada a Crédito Afianzador, Sociedad Anónima, Compañía Mexicana de Garantías, derivado del incremento a su capital social

Fecha de disposición28 Mayo 2015
Fecha de publicación28 Mayo 2015
MateriaDerecho Mercantil y de la Empresa
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público.- Unidad de Seguros, Pensiones y Seguridad Social.- Dirección General Adjunta Jurídica de Seguros, Fianzas y Pensiones.- Oficio No. 366-III-168/15. CRÉDITO AFIANZADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA

COMPAÑÍA MEXICANA DE GARANTÍAS

Viena No. 5, 6o. Piso

Col. Juárez

Ciudad, C.P. 06600.

At'n.: Lic. Pablo Antonio León de la Barra R.

Representante

El Gobierno Federal, a través de esta Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 31, fracción VIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 5o., de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, y 36, fracción VI del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, emite la resolución que más adelante se indica, en atención a los siguientes antecedentes y considerandos:

ANTECEDENTES

  1. Crédito Afianzador, Sociedad Anónima, Compañía Mexicana de Garantías, es una sociedad autorizada por esta Secretaría para organizarse y funcionar como institución de fianzas para practicar los ramos y subramos de fianzas a que se refieren el artículo 5o., de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, según consta en la resolución 102-E-366-DGSV-l-C-a-464 del 19 de marzo de 1991. Dicha Resolución fue modificada por última vez mediante diverso 366-IV-A-8120 del 29 de diciembre de 2000.

  2. Mediante oficio 366-III-0719/14 del 12 de septiembre de 2014, la Dirección General Adjunta Jurídica de Seguros, Fianzas y Pensiones, adscrita a la Unidad de Seguros, Pensiones y Seguridad Social:

    1. Aprobó la reforma a la Cláusula Quinta de los estatutos sociales de Crédito Afianzador, Sociedad Anónima, Compañía Mexicana de Garantías, derivado del incremento a su capital social de $70'000,000.00 a $86'418,030.00, en los términos de su asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas del 1o. de abril de 2008, ratificada en la asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas del 30 de abril de 2012.

    2. Solicitó remitir dentro de los sesenta días hábiles siguientes, a la fecha de su notificación, el primer testimonio original y dos copias simples de la escritura pública con datos de inscripción en el Registro Público de Comercio, en la que se protocolizara el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de...

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