Oficio mediante el cual se modifica el artículo Tercero, base II, inciso a) de la autorización otorgada a Aserta Seguros Vida, S.A. de C.V., Grupo Financiero Aserta, para organizarse y funcionar como institución de seguros para practicar la operación de seguros de vida y la operación de seguros de accidentes y enfermedades, en los ramos de accidentes personales y de gastos médicos.

EdiciónMatutina
EmisorSecretaría de Hacienda y Crédito Publico

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SHCP.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público.- Unidad de Seguros, Pensiones y Seguridad Social.- Dirección General Adjunta Jurídica de Seguros, Fianzas y Pensiones.- Oficio No. 366-III-440/18.

ASERTA SEGUROS VIDA, S.A. DE C.V.

GRUPO FINANCIERO ASERTA,

Camino a Santa Teresa No. 1040, Piso 7

Col Jardines en la Montaña

México, D.F., C.P. 14210.

At'n.: Lic. José Manuel Campero Pardo

Apoderado legal

El Gobierno Federal, a través de esta Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 31, fracción VIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 5o., de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, aplicable de conformidad con las Disposiciones Transitorias Primera y Quinta de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas y 36, fracción VI del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, emite la resolución que más adelante se indica, en atención a los siguientes antecedentes y considerandos:

ANTECEDENTES

  1. Aserta Seguros Vida, S.A. de C.V., Grupo Financiero Aserta, fue autorizada por esta Secretaría para organizarse y funcionar como institución de seguros para practicar la operación de seguros de vida y la operación de seguros de accidentes y enfermedades, en los ramos de accidentes personales y de gastos médicos, según consta en la resolución 102-K-030 del 22 de mayo de 2012, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de junio de 2012. Dicha resolución fue modificada por última vez mediante diverso 366-III-0713/14 del 12 de septiembre de 2014.

  2. Con escrito del 27 de febrero de 2015, Aserta Seguros Vida, S.A. de C.V., Grupo Financiero Aserta solicitó a esta Secretaría autorización para reformar los Artículos:

    1. Sexto de sus estatutos sociales por aumento de su capital social mínimo fijo sin derecho a retiro de $69'000,000.00 a $84'000,000.00.

    2. Primero Transitorio de los estatutos sociales, el cual refleja el número de acciones y el importe de las mismas por cada socio, con posterioridad al aumento de capital a que se refiere el inciso a) anterior.

  3. Mediante oficio 366-III-325/15 del 21 de abril de 2015, la Dirección General Adjunta Jurídica de Seguros, Fianzas y Pensiones, adscrita a la Unidad de Seguros, Pensiones y Seguridad Social:

    1. Aprobó la reforma a los Artículos Sexto y Primero Transitorio de los estatutos sociales de Aserta Seguros Vida, S.A. de C.V., Grupo Financiero Aserta. de C.V., derivada del aumento de capital social en la parte fija de $69'000,000.00 a $84'000,000.00, en los términos de su asamblea general extraordinaria de accionistas del 31 de octubre de 2014.

    2. Solicitó remitir dentro de los sesenta días hábiles siguientes, a la fecha en que se le notificó dicho oficio, el primer testimonio y tres copias simples de la escritura pública con datos de inscripción en el Registro Público de Comercio, en la que se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas del 31 de octubre de 2014 de Aserta Seguros Vida, S.A. de C.V., Grupo...

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