Oficio mediante el cual se modifica la autorización otorgada a Pensiones Sura, Sociedad Anónima de Capital Variable, derivado del incremento a su capital mínimo fijo sin derecho a retiro

Fecha de disposición05 Febrero 2016
Fecha de publicación05 Febrero 2016
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público.- Unidad de Seguros, Pensiones y Seguridad Social.- Dirección General Adjunta Jurídica de Seguros, Fianzas y Pensiones.- Oficio No. 366-III-482/13. PENSIONES SURA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE

Paseo de la Reforma No, 222, Piso 4

Col. Juárez, C.P. 06600

Ciudad.

At'n.: C. Viviana Alvarado Balderas

Representante legal

El Gobierno Federal, a través de esta Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 31, fracción VIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 33-A, 33-B y 33-C de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, y en ejercicio de la atribución que le confiere el artículo 36, fracción VI del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, emite la resolución que más adelante se indica, en atención a los siguientes antecedentes y considerandos:

ANTECEDENTES

  1. Pensiones Sura, Sociedad Anónima de Capital Variable es una sociedad autorizada por esta Secretaría para funcionar como institución de seguros para practicar la operación de seguros de vida, con el único propósito de manejar los seguros de pensiones, derivados de las leyes de seguridad social, según consta en la resolución 101.-767 del 17 de junio de 1997, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1 de julio de 1997. Dicha Resolución fue modificada por última vez mediante diverso 366-III-326/13 del 11 de junio de 2013.

  2. Con escrito del 20 de mayo de 2013, Pensiones Sura, Sociedad Anónima de Capital Variable, remitió para aprobación de esta Secretaría el primer testimonio de la escritura pública No. 106,869 del 14 de mayo de 2013, otorgada ante la fe del Lic. Amando Mastachi Aguario, Notario Público No. 121 del Distrito Federal, en la que consta la protocolización de la asamblea general extraordinaria de accionistas del 30 de abril de 2013, que resolvió incrementar su capital mínimo fijo sin derecho a retiro de esa sociedad a $136'500,101.00, y en consecuencia la reforma a la cláusula séptima de sus estatutos sociales.

  3. Mediante oficio 366-III-330/13 del 12 de junio de 2013, la Dirección General Adjunta Jurídica de Seguros, Fianzas y Pensiones, adscrita a la Unidad de Seguros, Pensiones y Seguridad Social aprobó la reforma a la cláusula séptima de los estatutos sociales de Pensiones Sura...

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