Oficio mediante el cual se modifica la autorización otorgada a Fianzas Guardiana Inbursa, S.A., Grupo Financiero Inbursa, para operar como institución de fianzas.

Fecha de disposición05 Septiembre 2017
Fecha de publicación05 Septiembre 2017
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.- Presidencia.- Vicepresidencia Jurídica.- Dirección General Jurídica Consultiva y de Intermediarios.- Dirección Consultiva.- Subdirección Consultiva.- Expediente: C00.411.13.2.2-F0007"15".- Oficio No. 06-C00-41100/42985.

ASUNTO: Se modifica la autorización otorgada a Fianzas Guardiana Inbursa, S.A., Grupo Financiero Inbursa.

FIANZAS GUARDIANA INBURSA, S.A.,

GRUPO FINANCIERO INBURSA

Paseo de las Palmas 750, Piso (-1)

Col. Lomas de Chapultepec

Miguel Hidalgo

11000, Ciudad de México

At'n: Lic. Guillermo René Caballero Padilla

Representante Legal

El Gobierno Federal a través de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, y previo Acuerdo de su Junta de Gobierno, con fundamento en los artículos 11, 66, 369, fracción II, 370, último párrafo, y 372, fracción XLI, de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, así como en los artículos 6 y 9 del Reglamento Interior de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, emite las presentes resoluciones en atención a los siguientes Antecedentes y Considerandos:

ANTECEDENTES

  1. Fianzas Guardiana Inbursa, S.A., Grupo Financiero Inbursa, fue autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para funcionar y operar como institución de fianzas, a través del Oficio 102-E-366-DGSV-I-C-a-5667 de 31 de diciembre de 1991. Tal autorización fue modificada por última vez por la citada Dependencia mediante Oficio 366-IV-DG-178/05 de 22 de julio de 2005.

  2. Con escritos de 30 de junio, 29 de julio, 19 de agosto y 3 de diciembre de 2015, así como 22 de febrero, 4 de marzo y 4 de octubre, todos de 2016, y 9 de enero y 3 de febrero de 2017, el Lic. Guillermo René Caballero Padilla, en su carácter de representante legal de Fianzas Guardiana Inbursa, S.A., Grupo Financiero Inbursa, solicitó a esta Comisión la aprobación para llevar a cabo la modificación integral a los estatutos sociales de esa institución, misma que fue acordada en su Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de 21 de abril de 2015. Asimismo, solicitó a esta Comisión autorización para modificar los Artículos Trigésimo y Trigésimo Tercero de sus estatutos sociales, en los términos de la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas celebrada el 26 de noviembre de 2015. Lo anterior, en virtud de la autorización que la Comisión Nacional Bancaria y de Valores otorgó a Grupo Financiero Inbursa, S.A.B. de C.V., mediante Oficio 312-2/13769/2015 de 16 de octubre de 2015, a efecto de llevar a cabo el régimen de sustitución de comités establecido en el artículo 45 de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras.

  3. Asimismo, por escritos de 10 de octubre, 1 de noviembre y 14 de diciembre de 2016, así como de 9 de enero y 17 de abril de 2017, el Lic. Guillermo René Caballero Padilla, con el carácter de representante legal de Seguros Inbursa, S.A., Grupo Financiero Inbursa y Fianzas Guardiana Inbursa, S.A., Grupo Financiero Inbursa, solicitó a esta Comisión, entre otros, aprobación para que se modifique el Artículo Noveno de los estatutos sociales de esa institución, con motivo del aumento de su capital social...

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