Oficio mediante el cual se modifica la autorización otorgada a Genworth Seguros de Crédito a la Vivienda, S.A. de C.V., para operar como institución de seguros.

Fecha de disposición14 Febrero 2018
Fecha de publicación14 Febrero 2018
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.- Presidencia.- Vicepresidencia Jurídica.- Dirección General Jurídica Consultiva y de Intermediarios.- Dirección Consultiva.- Subdirección Consultiva.- Expediente: C00.411.13.2.1-V0601"15".- Oficio No. 06-C00-41100/69397.

ASUNTO: Se modifica la autorización otorgada a Genworth Seguros de Crédito a la Vivienda, S.A. de C.V.

GENWORTH SEGUROS DE CRÉDITO

A LA VIVIENDA, S.A. DE C.V.

Av. Antonio Dovalí Jaime 70, Torre A, Piso 9

Col. Santa Fe

Álvaro Obregón

01210, Ciudad de México

At´n: Lic. Patricia Lomelin Romo

Representante legal

El Gobierno Federal a través de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, y previo Acuerdo de su Junta de Gobierno, con fundamento en los artículos 11, 75, 369, fracción II, 370, último párrafo, y 372, fracción XLI, de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, así como en los artículos 6 y 9 del Reglamento Interior de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, emite las presentes Resoluciones en atención a los siguientes Antecedentes y Considerandos:

ANTECEDENTES

  1. Genworth Seguros de Crédito a la Vivienda, S.A. de C.V., fue autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para funcionar y operar como institución de seguros especializada en la práctica de la operación de daños, en el ramo de crédito a la vivienda, a través del Oficio 101.- 680 de 22 de junio de 2007. Dicha autorización fue modificada por última vez mediante Oficio 366-045/11 de 29 de marzo de 2011.

  2. Con escritos de 20 de mayo, 18 de junio de 2015, y 25 de enero de 2015 (sic), este último presentado el 26 de enero de 2016, y 3 de octubre de 2017, las Lics. Sandra Susana Varela Medina y Patricia Lomelin Romo, en su carácter de representantes legales de Genworth Seguros de Crédito a la Vivienda, S.A. de C.V., solicitaron autorización de esta Comisión, para reformar el párrafo primero de la Cláusula Sexta de los estatutos sociales de dicha institución, misma que fue acordada mediante Asamblea General Extraordinaria de Accionistas, y cuyo proyecto de Acta fue remitido adjunto a la solicitud de que se trata. Lo anterior, en virtud del aumento del capital social de esa institución en su parte mínima fija sin derecho a retiro de $330'000,000.00 M.N. a $488'553,000.00. M.N.

  3. Mediante Oficio 06-C00-41100/62348 de 13 de noviembre de 2017, esta Comisión aprobó la reforma del primer párrafo de la Cláusula Sexta de los estatutos sociales de Genworth Seguros de Crédito a la Vivienda, S.A. de C.V., en los términos acordados en la protocolización del Acta de Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de 21 de diciembre de 2015, contenida en la escritura pública número 80,730 de 22 de diciembre de 2015, otorgada ante la fe del Lic. F. Javier Gutiérrez Silva, Titular de la Notaria Pública número 147 con ejercicio en esta Ciudad de México, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio, el 30 de marzo de 2016, bajo el folio mercantil 369341*.

  4. ...

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