Oficio mediante el cual se modifica la autorización otorgada a Sompo Seguros México, S.A. de C.V.

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EmisorSecretaría de Hacienda y Crédito Publico

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- HACIENDA.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.- Presidencia.- Expediente: C00.411.13.2.1-S0093"18".- Oficio No. 06-C00-41100-08217/2020.- Vicepresidencia Jurídica.- Dirección General Jurídica Consultiva y de Intermediarios.

ASUNTO: Se modifica la autorización otorgada a Sompo Seguros México, S.A. de C.V.

SOMPO SEGUROS MÉXICO, S.A. DE C.V.

Andrés Bello No. 45, Piso 24

Col. Polanco

Alcaldía Miguel Hidalgo

C.P. 11560, Ciudad de México

El Gobierno Federal a través de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, y previo Acuerdo de su Junta de Gobierno, con fundamento en los artículos 2, fracción I, 17, 26 y 31, fracción VIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2, apartado D, fracción III del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; 11, 75, 369, fracción II, 370, último párrafo, 372, fracción XLI, y 373 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, así como en los artículos 4 fracciones I y II, 6 y 9 del Reglamento Interior de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, emite las presentes Resoluciones en atención a los siguientes Antecedentes y Considerandos:

ANTECEDENTES

PRIMERO.- Yasuda Kasai México, Compañía de Seguros, S.A. de C.V. (hoy Sompo Seguros México, S.A. de C.V.), fue autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público mediante Oficio 366-IV-936 del 26 de enero de 1998, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de abril de 1998, para organizarse y funcionar como institución de seguros, filial de The Yasuda Fire & Marine Insurance Company of America, de Nueva York, Nueva York, Estados Unidos de América. Dicha autorización fue modificada por última vez por esta Comisión mediante Oficio 06-C00-41100/47225 del 6 de septiembre de 2018, publicado en el mismo Diario el 17 de diciembre de 2018.

SEGUNDO.- Por escrito de 3 de septiembre de 2018, el Sr. Junji Hisano, representante legal de Sompo Seguros México, S.A. de C.V., solicitó la aprobación de esta Comisión para reformar integralmente los estatutos sociales de dicha institución, conforme al proyecto de acta de asamblea general extraordinaria de accionistas del 5 de marzo de 2018.

TERCERO.- Por escrito del 8 de mayo de 2019, Sompo Seguros México, S.A. de C.V., solicitó la aprobación de esta Comisión para reformar la cláusula sexta de sus estatutos sociales derivado del aumento de su capital social en la parte fija por la cantidad de $830,000.00 M.N. (Ochocientos treinta mil pesos 00/100 M.N.) a fin de que dicha institución cumpla con el capital mínimo pagado que establece la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas.

CUARTO.- Por oficio 06-C00-41100-24143/2019 del 23 de mayo de 2019, esta Comisión aprobó la reforma integral de los estatutos sociales de esa institución en los términos del proyecto de acta de asamblea general extraordinaria de accionistas del 5 de marzo de 2018.

QUINTO.- Por oficio 06-C00-41100-54884/2019 del 9 de septiembre de 2019, esta Comisión tuvo por cumplido el Resolutivo por el que se ordenó la protocolización del Acta de Asamblea, donde consta la reforma integral de estatutos sociales de dicha institución, e instruyó la inscripción de dicho instrumento en el Registro Público de Comercio correspondiente. En ese sentido, por oficio 06-C00-41100-65378/2019 del 11 de diciembre de 2019, esta Comisión tuvo...

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