Oficio mediante el cual se otorga autorización para la organización y operación de una institución de banca múltiple filial a denominarse Banco KEB Hana México, S.A., Institución de Banca Múltiple Filial.

Fecha de disposición16 Octubre 2017
Fecha de publicación16 Octubre 2017
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional Bancaria y de Valores.- Presidencia.- Vicepresidencia de Normatividad.- Dirección General de Autorizaciones al Sistema Financiero.- Vicepresidencia de Supervisión de Grupos e Intermediarios Financieros B.- Dirección General de Supervisión de Grupos e Intermediarios Financieros D.- Oficio Núm.: P292/2017.- Exp.: CNBV.312.211.23 (14427).

Asunto: Autorización para la organización y operación de una institución de banca múltiple filial a denominarse Banco KEB Hana México, S.A., Institución de Banca Múltiple Filial.

KEB HANA BANK

SR. IL WOO

Hamburgo núm. 213, piso 12

Col. Juárez

06600 Ciudad de México

Con escrito de fecha 8 de febrero de 2017 y complementarios del 14 de marzo, 17 de mayo, 27 y 30 de junio, 21 de julio y 11 de septiembre del mismo año, el señor Il Woo por su propio derecho y en representación de KEB Hana Bank, solicitó a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores autorización para la organización y operación de una institución de banca múltiple Filial a denominarse Banco KEB Hana México, S.A., Institución de Banca Múltiple Filial, acompañando al efecto la información y documentación soporte correspondiente.

La propuesta central de la solicitud presentada considera la constitución de una institución de banca múltiple Filial a denominarse Banco KEB Hana México, S.A., Institución de Banca Múltiple Filial, de conformidad con el régimen previsto en la Ley de Instituciones de Crédito y las Reglas para el establecimiento de filiales de instituciones financieras del exterior. De acuerdo con el esquema corporativo propuesto, KEB Hana Bank tendrá el carácter de entidad financiera del exterior y el señor Il Woo el de accionista minoritario, los cuales llevarán a cabo la inversión de manera directa en la institución de crédito a constituirse.

Sobre el particular, la Junta de Gobierno de esta Comisión, en sesión celebrada el 22 del mes y año en curso, con fundamento en el artículo 45-C de la Ley de Instituciones de Crédito y,

CONSIDERANDO

PRIMERO.- Que la documentación e información presentada con motivo de la solicitud de autorización para la organización y operación de la institución de banca múltiple Filial a denominarse Banco KEB Hana México, S.A., Institución de Banca Múltiple Filial, cumple con los requisitos previstos en los artículos 45-F, en relación con el 9 y 10 de la Ley de Instituciones de...

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