Oficio a los servidores públicos de la Secretaría de la Función Pública obligados a efectuar acta de entrega-recepción.

EdiciónMatutina
EmisorSecretaría de la Función Pública

En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Oficina del C. Secretario.- Oficio No. SP/100/295/2018. CC. Servidores (as) públicos (as)

de la Secretaría de la Función Pública

Obligados a efectuar

Acta de Entrega-Recepción

Presentes.

Por este conducto me permito informarles que los días 6 y 24 de julio de 2017, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación, el "Acuerdo por el que se establecen las bases generales para la rendición de cuentas de la Administración Pública Federal y para realizar la entrega-recepción de los asuntos a cargo de los servidores públicos y de los recursos que tengan asignados al momento de separarse de su empleo, cargo o comisión" (en adelante Bases Generales) y el "Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos Generales para la regulación de los procesos de entrega-recepción y de rendición de cuentas de la Administración Pública Federal" (en adelante Lineamientos Generales), este último modificado mediante el "Acuerdo que reforma el diverso por el que se establecen los Lineamientos Generales para la regulación de los procesos de entrega-recepción y de rendición de cuentas de la Administración Pública Federal", publicado el 5 de diciembre de 2017 en el Diario Oficial de la Federación.

Las Bases Generales y los Lineamientos Generales establecen que los titulares de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, así como de las empresas productivas del Estado y los servidores públicos hasta el nivel de Director General en el sector centralizado, o sus equivalentes en el sector paraestatal o en las empresas productivas del Estado, al separarse de su empleo, cargo o comisión, deberán rendir un informe de separación que refiera el estado que guardan los asuntos a su cargo y entregar los recursos presupuestarios, financieros, humanos y materiales que, en su caso, hayan tenido asignados para el ejercicio de sus atribuciones, así como la documentación y archivos debidamente ordenados y clasificados de conformidad con la normatividad aplicable a la materia, a quienes los sustituyan en sus funciones.

También deberán de realizar procesos de entrega-recepción, los servidores públicos que por comisión, suplencia, encargo o bajo cualquier otra figura, hayan quedado como encargados provisionales de alguna unidad administrativa cuyo titular deba cumplir con esta obligación.

De la misma forma, se prevé que los servidores públicos de niveles inferiores a los antes descritos, quedarán sujetos a la obligación señalada, siempre que estén a cargo de administrar o manejar fondos, bienes o valores públicos, por lo que de acuerdo a los artículos Noveno de las Bases Generales y 44 de los Lineamientos Generales establecen que el titular de la Dependencia o Entidad, Procuraduría General de la República o empresa productiva del Estado, tendrá la facultad de determinar a los servidores públicos que en adición a los ya señalados en los párrafos que anteceden, y por la naturaleza e importancia de la función pública que desempeñan, quedarán obligados al separarse de su empleo, cargo o comisión a rendir un informe de separación y entregar los recursos presupuestarios, financieros, humanos y materiales que, en su caso, hayan tenido asignados para el ejercicio de sus funciones.

En virtud de lo anteriormente expuesto y con el propósito de que los servidores públicos de la Secretaría de la Función Pública, cumplan con las obligaciones inherentes a su empleo, cargo o comisión, atendiendo a los principios de disciplina, legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, integridad, rendición de cuentas, eficacia y eficiencia que rigen su actuar, cuando se separen de sus funciones; con fundamento en lo dispuesto por los artículos 49, fracción VII, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas; 37 y 44 Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; Noveno de las Bases Generales y 44, párrafo cuarto de los Lineamientos Generales he tenido a bien determinar lo siguiente:

PRIMERO.- En adición a los servidores públicos obligados en términos de las Bases Generales y los Linemientos Generales, los servidores públicos de la Secretaría de la Función Pública cuyos cargos se enlistan en el anexo del presente oficio, al separarse de sus empleos, cargos o comisiones, deberán rendir un informe por escrito de los asuntos de su competencia y realizar acta de entrega-recepción a quienes los sustituyan en sus funciones o a quienes para tal efecto designe el superior jerárquico inmediato, de los recursos financieros, humanos y materiales que tengan asignados para el ejercicio de sus atribuciones legales, así como la documentación y los archivos debidamente ordenados y clasificados.

SEGUNDO.- El informe de separación y la entrega-recepción de los servidores públicos a que se refiere el presente Oficio, se formulará conforme a lo previsto en el CAPÍTULO IV de las Bases Generales y al Título IV de los Lineamientos Generales.

TERCERO.- El Órgano Interno de Control de la Secretaría intervendrá en los actos de entrega-recepción de conformidad con lo previsto en los artículos DÉCIMO SEXTO y DÉCIMO OCTAVO de las Bases Generales y 47 de los Lineamientos Generales.

CUARTO.- El presente oficio circular entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Reciban cordiales saludos.

Atentamente.

Ciudad de México, a 25 de julio de 2018.- La Secretaria de la Función Pública, Arely Gómez González.- Rúbrica.

Anexo del Oficio SP/100/295/2018

#
N° Plaza
Puesto o Cargo
Oficina del C. Secretario
1
24015
COORDINADOR(A) ADMINISTRATIVO(A) DE LA OFICINA DEL(DE LA) C. SECRETARIO(A)
2
25418
COORDINADOR(A) DE SERVICIOS SD DE LA OFICINA DEL(DE LA) C. SECRETARIO(A)
3
24279
COORDINADOR(A) DE SERVICIOS SD DE LA OFICINA DEL(DE LA) C. SECRETARIO(A)
4
53026
COORDINADOR(A) DE DEFENSORIA DE OFICIO
Unidad de Asuntos Jurídicos
5
24037
DIRECTOR(A) GENERAL ADJUNTO(A) DE APOYO JURIDICO INSTITUCIONAL
6
24041
DIRECTOR(A) GENERAL ADJUNTO(A) DE PROCEDIMIENTOS Y SERVICIOS LEGALES
7
24182
DIRECTOR(A) GENERAL ADJUNTO(A) DE ASUNTOS PENALES
8
24063
DIRECTOR(A) GENERAL ADJUNTO(A) DE LEGISLACION Y CONSULTA
9
24181
DIRECTOR(A) GENERAL ADJUNTO(A) JURIDICO CONTENCIOSO
Órgano Interno de Control
10
24206
TITULAR DEL AREA DE QUEJAS DEL ORGANO INTERNO DE CONTROL DE LA SECRETARIA
11
24215
TITULAR DEL AREA DE AUDITORIA INTERNA DEL ORGANO INTERNO DE CONTROL DE LA
SECRETARIA
12
24221
TITULAR DEL AREA DE AUDITORIA PARA DESARROLLO Y MEJORA DE LA GESTION PUBLICA DEL
ORGANO INTERNO DE CONTROL DE LA SECRETARIA
13
24268
TITULAR DEL AREA DE RESPONSABILIDADES DEL ORGANO INTERNO DE CONTROL DE LA
SECRETARIA
Coordinación General de Órganos de Vigilancia y Control
14
24400
SUBDELEGADO(A) Y COMISARIO(A) PUBLICO(A) SUPLENTE
15
24402
SUBDELEGADO(A) Y COMISARIO(A) PUBLICO(A) SUPLENTE
16
24272
SUBDELEGADO(A) Y COMISARIO(A) PUBLICO(A) SUPLENTE
17
24273
SUBDELEGADO(A) Y COMISARIO(A) PUBLICO(A) SUPLENTE
18
24274
SUBDELEGADO(A) Y COMISARIO(A) PUBLICO(A) SUPLENTE
19
24275
SUBDELEGADO(A) Y COMISARIO(A) PUBLICO(A) SUPLENTE
20
24276
SUBDELEGADO(A) Y COMISARIO(A) PUBLICO(A) SUPLENTE
21
24277
DIRECTOR(A) GENERAL ADJUNTO(A) DE PROYECTOS TRANSVERSALES DE ORGANOS DE
VIGILANCIA Y CONTROL
22
24278
SUBDELEGADO(A) Y COMISARIO(A) PUBLICO(A) SUPLENTE
23
24285
SUBDELEGADO(A) Y COMISARIO(A) PUBLICO(A) SUPLENTE
24
24286
SUBDELEGADO(A) Y COMISARIO(A) PUBLICO(A) SUPLENTE
25
24287
SUBDELEGADO(A) Y COMISARIO(A) PUBLICO(A) SUPLENTE
26
24288
SUBDELEGADO(A) Y COMISARIO(A) PUBLICO(A) SUPLENTE
27
24289
SUBDELEGADO(A) Y COMISARIO(A) PUBLICO(A) SUPLENTE
28
24290
SUBDELEGADO(A) Y COMISARIO(A) PUBLICO(A) SUPLENTE
29
24291
DIRECTOR(A) GENERAL ADJUNTO(A) DE ASUNTOS RELEVANTES
30
24293
SUBDELEGADO(A) Y COMISARIO(A) PUBLICO(A) SUPLENTE
31
24357
SUBDELEGADO(A) Y COMISARIO(A) PUBLICO(A) SUPLENTE
32
24358
SUBDELEGADO(A) Y COMISARIO(A) PUBLICO(A) SUPLENTE

33
24359
SUBDELEGADO(A) Y COMISARIO(A) PUBLICO(A) SUPLENTE
34
24360
SUBDELEGADO(A) Y COMISARIO(A) PUBLICO(A) SUPLENTE

35
24394
DIRECTOR(A) GENERAL ADJUNTO(A) DE ORGANIZACION Y PLANEACION
36
24396
SUBDELEGADO(A) Y COMISARIO(A) PUBLICO(A) SUPLENTE
37
24398
SUBDELEGADO(A) Y COMISARIO(A) PUBLICO(A) SUPLENTE
38
24399
SUBDELEGADO(A) Y COMISARIO(A) PUBLICO(A) SUPLENTE
39
24401
SUBDELEGADO(A) Y COMISARIO(A) PUBLICO(A) SUPLENTE
40
24403
DIRECTOR(A) DE VISITADURIAS DE ORGANOS DE VIGILANCIA Y CONTROL
Subsecretaría de Control y Auditoría de la Gestión Pública
41
24554
COORDINADOR(A) ADMINISTRATIVO(A) DE SUBSECRETARIO(A)
42
24567
JEFE(A) DE DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS
Unidad de Control y Auditoría a Obra Pública
43
24579
DIRECTOR(A) GENERAL ADJUNTO(A) DE AUDITORIA A OBRA PUBLICA
44
24578
DIRECTOR(A) GENERAL ADJUNTO(A) DE PLANEACION Y CONTROL DE RECURSOS PARA
AUDITORIA A OBRA PUBLICA
45
24570
DIRECTOR(A) DE CONTROL PRESUPUESTAL CAPACITACION Y DESARROLLO EN AUDITORIA A
OBRA PUBLICA
Unidad de Auditoría Gubernamental
46
24635
DIRECTOR(A) GENERAL ADJUNTO(A) DE AUDITORIAS DIRECTAS A
47
24641
...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR