Lineamientos Específicos de operación al ordenamiento del mercado para instrumentar el esquema de compras anticipadas de maíz blanco de la cosecha del ciclo agrícola primavera- verano 2008, para su aplicación en las entidades federativas que se indican

Fecha de disposición18 Junio 2009
Fecha de publicación18 Junio 2009
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. ANA GRACIELA AGUILAR ANTUÑANO, Directora en Jefe de Apoyos y Servicios a la Comercialización Agropecuaria, Organo Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, con fundamento en los artículos 17, 26 y 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 9o. y 12 de la Ley de Planeación; 1o., 22 fracción IX incisos a) y d), 32 fracciones VI, IX y XI, 54, 79, 104, 105, 109, 178, 179, 183, 188, 189, 190 fracción II y 191 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 74, 75 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 175, 176, 179 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 3, fracción VIII y XVIII, 28 y 35, y Anexo 8, numeral 5 del Ramo 08, del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2009; 1o., 2o., 3o. fracción III, 18, 32, 33, 35, 43, 44 y 48 del Reglamento Interior de la SAGARPA vigente; 1, 2 fracción LVIII, 3, 7 modalidad 2 y 18 del Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación de los Programas de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, que se indican, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 31 de diciembre de 2008, y

CONSIDERANDO

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, establece como una de sus estrategias (8.2), promover la seguridad alimentaria a través del ordenamiento y la certidumbre de mercados; asimismo, dispone la obligación de instrumentar mecanismos necesarios para la coordinación incluyente de los distintos órdenes de gobierno con los diversos grupos sociales y de particulares, promoviendo su amplia y responsable participación en la consecución de las políticas y objetivos establecidos dentro del propio plan, por lo que el Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación promueve la instrumentación y aplicación de políticas económicas y sociales que coadyuven a la inducción de acciones de los diversos grupos involucrados;

Que el Programa Sectorial de Desarrollo Agropecuario y Pesquero 2007-2012, prevé en su estrategia 2.1. Promover la seguridad alimentaria a través del ordenamiento y la certidumbre de mercados; por lo que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación establece líneas de acción que se orientan a apoyar a productores y compradores de productos agropecuarios para adquirir instrumentos que permitan una administración de riesgos adecuada; e instrumentar esquemas de apoyo que faciliten la comercialización de las cosechas, en épocas y regiones en que se presentan excedentes de producción, con lo cual se propicia mayor agilidad en la comercialización y una expansión más ordenada de los mercados;

Que la Ley de Desarrollo Rural Sustentable establece en sus artículos 104 y 105 que se promoverá y apoyará la comercialización agropecuaria mediante una política que atenderá, entre otros propósitos, el establecimiento e instrumentación de reglas claras y equitativas para el intercambio de productos ofertados por la sociedad rural, tanto en el mercado interno como exterior; la procuración de una mayor articulación de la producción primaria con los procesos de comercialización y transformación, estimular la productividad y estabilizar los ingresos; inducir la conformación de la estructura productiva y el sistema de comercialización que se requiere para garantizar el abasto alimentario, así como el suministro de materia prima a la industria nacional; propiciar un mejor abasto de alimentos; y evitar las prácticas especulativas, la concentración y el acaparamiento de los productos agropecuarios en perjuicio de los productores y consumidores;

Que en el contexto de los ordenamientos y líneas de política señaladas y en apego a lo establecido en el Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación de los Programas de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, que se indican, la Secretaría determinó la instrumentación de un esquema de compras anticipadas para la cosecha de maíz blanco nacional, ciclo agrícola primavera-verano 2008, con el fin de propiciar una comercialización adecuada de las cosechas nacionales y evitar un impacto negativo sobre los precios tanto al productor como al consumidor, con el propósito de brindar certidumbre al productor respecto al precio mínimo al que habrá de vender su cosecha, y al comprador, respecto al precio máximo al que habrá de comprar la cosecha; favorecer la cultura de la administración de riesgos, así como el seguimiento de los mercados internacionales para una mejor planeación de la comercialización de la cosecha por parte del productor, y; fomentar la integración de la cadena mediante el establecimiento de relaciones de proveeduría a largo plazo;

Que en sus sesiones de fechas 1o. de octubre de 2008 y 13 de febrero de 2009 el Comité Técnico Nacional (COTEN) de esta Secretaría, autoriza a ASERCA mediante el Acuerdo COTEN/64/08, la implementación del Esquema de Compras...

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