Modificaciones al Estatuto Orgánico de Pemex-Exploración y Producción, en el que se deroga el artículo 91 y se adicionan los artículos 91 Bis, fracciones I a V, 91 Ter, fracciones I a V y 91 Quater, fracciones I a VI

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Al margen un logotipo, que dice: Petróleos Mexicanos. EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE PEMEX-EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN, con fundamento en el artículo Décimo Tercero, fracción XI, del Decreto que tiene por Objeto establecer la estructura, el funcionamiento y el control de los Organismos Subsidiarios de Petróleos Mexicanos, aprueba las siguientes reformas, adiciones y derogaciones del Estatuto Orgánico de Pemex-Exploración y Producción.

ARTÍCULO ÚNICO

SE DEROGA el artículo 91; SE ADICIONAN los artículos 91 Bis, fracciones I a V, 91 Ter, fracciones I a V y 91 Quater, fracciones I a VI, del Estatuto Orgánico de Pemex-Exploración y Producción, para quedar como sigue:

Artículo 91 Se deroga
Artículo 91 Bis

La Gerencia de Perforación y Reparación de Pozos Terrestre, dentro del ámbito de competencia territorial de las Regiones Norte y Región Sur, tendrá las funciones siguientes:

  1. Establecer las estrategias de perforación, terminación y reparación de pozos;

  2. Llevar a cabo la perforación, terminación y reparación de pozos;

  3. Establecer el programa de suministros a los equipos de perforación, terminación y reparación de pozos y verificar su cumplimiento;

  4. Establecer directrices para la homologación y actualización de procedimientos operativos de los equipos de perforación, terminación y reparación de pozos, y

  5. Atender las contingencias asociadas a la intervención de pozos.

Artículo 91 Ter La Gerencia de Perforación y Reparación de Pozos Marina dentro del ámbito de competencia territorial de las Regiones Norte, Noreste y Suroeste, tendrá las funciones siguientes
  1. Establecer las estrategias de perforación, terminación y reparación de pozos;

  2. Llevar a cabo la perforación, terminación y reparación de pozos;

  3. Establecer el programa de suministros a los equipos de perforación, terminación y reparación de pozos y verificar su cumplimiento;

  4. Establecer directrices para la homologación y actualización de procedimientos operativos de los equipos de perforación, terminación y reparación de pozos, y

  5. Atender las contingencias asociadas a la intervención de pozos.

Artículo 91 Quater

La Gerencia de Bases Técnicas y Supervisión de...

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