Acuerdo por el que se establecen los lineamientos generales para la orientación, planeación, autorización, coordinación, supervisión y evaluación de las estrategias, los programas y las campañas de comunicación social de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para el Ejercicio Fiscal 2008   

Fecha de disposición28 Diciembre 2007
Fecha de publicación28 Diciembre 2007
EmisorSECRETARIA DE GOBERNACION
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

ACUERDO por el que se establecen los lineamientos generales para la orientación, planeación, autorización, coordinación, supervisión y evaluación de las estrategias, los programas y las campañas de comunicación social de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para el Ejercicio Fiscal 2008.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.

FRANCISCO JAVIER RAMIREZ ACUÑA, Secretario de Gobernación, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6o., 41, 85, 99, 108, 116, 122 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1, 3, 9, 12 y 27, fracciones XXVII y XXVIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3, 4, 5, 10 y 47 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 16, fracciones V y VIII, y 17, fracciones III y VI de la Ley de Planeación; 38 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 3, 6 y 25 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 10 y 59 de la Ley Federal de Radio y Televisión; 22 del Reglamento de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 5 fracciones I, XXVI y XXVII, 6, 25, 26 y 27 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; 9, 15, 16 y 46 del Reglamento de la Ley Federal de Radio y Televisión en Materia de Concesiones, Permisos y Contenido de las Transmisiones de Radio y Televisión; primero y tercero del Decreto por el que se autoriza a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a recibir de los concesionarios de estaciones de radio y televisión el pago del impuesto que se indica; 17 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2008 y 65 del Acuerdo por el que se expide el Manual de Normas Presupuestarias para la Administración Pública Federal, y

CONSIDERANDO

Que la Administración Pública Federal tiene la obligación de informar de manera oportuna sobre sus principales acciones, explicando las razones a las que responden y los valores que las inspiran y que para cumplir dicha obligación es imprescindible contar con una estrategia de comunicación social del Gobierno Federal que difunda las políticas públicas e involucre a la población en la consecución de sus objetivos;

Que la política de comunicación social tiene como uno de sus sustentos la estrategia, los programas y las campañas de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, los cuales contribuirán a que la ciudadanía esté mejor informada, de manera que cuente con mayores elementos para evaluar el desempeño de su gobierno, participar en la solución de los asuntos públicos y exigir la rendición de cuentas a las autoridades federales;

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 establece la instrumentación de una política dirigida a dar transparencia al gasto en comunicación social del Gobierno Federal.

Que resulta necesario mejorar los mecanismos que permiten dar racionalidad al gasto en materia de comunicación social, entre ellos, disponer del tiempo necesario para la planeación de los programas anuales de comunicación social, incorporar criterios para la contratación de medios, evaluar la efectividad de la difusión de los temas prioritarios y establecer la instrumentación de una política dirigida a dar transparencia al gasto en comunicación social del Gobierno Federal.

Que es de observancia obligatoria apegarse al texto vigente de los artículos 6, 41, 85, 99, 108, 116, 122 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que regula de forma significativa la difusión de las campañas de comunicación social, y

Que resulta indispensable una adecuada coordinación de los mensajes que emiten las diferentes dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS LINEAMIENTOS GENERALES PARA LA ORIENTACION, PLANEACION, AUTORIZACION, COORDINACION, SUPERVISION Y EVALUACION DE LAS ESTRATEGIAS, LOS PROGRAMAS Y LAS CAMPAÑAS DE COMUNICACION SOCIAL DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL PARA EL EJERCICIO FISCAL 2008

OBJETO DEL ACUERDO

Artículo 1.- El presente Acuerdo es de observancia obligatoria para las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal comprendidas en los artículos 2, 3 y 8 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, así como a la Procuraduría General de la República y tiene por objeto establecer los lineamientos generales para la orientación, planeación, autorización, coordinación, supervisión y evaluación de las estrategias, los programas y campañas de comunicación social.

A las entidades de la Administración Pública Federal que sean reconocidas como Centros Públicos de Investigación en los términos de la Ley de Ciencia y Tecnología, Comisión Nacional de los Derechos Humanos, la Procuraduría Agraria, la Procuraduría Federal del Consumidor y la Agencia de Noticias del Estado Mexicano, las instituciones nacionales de crédito, las organizaciones auxiliares nacionales de crédito y las instituciones nacionales de seguros y fianzas, así como el Instituto Federal de Acceso a la Información, sólo les son aplicables los artículos 4, fracciones VI, IX, artículos 8 y 9 del presente ordenamiento.

GLOSARIO

Artículo 2.- Para efectos de los presentes lineamientos generales, se entenderá por:

I. Acciones gubernamentales prioritarias: Aquellas derivadas del Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, planes y programas sectoriales, regionales, especiales o institucionales, que se pretenden difundir durante un ejercicio fiscal.

II. Acciones promocionales: Son aquellas actividades de mercadeo que tienen como fin incrementar las ventas del producto, fortaleciendo su aceptación en segmentos específicos del mercado.

III. Actividades complementarias: Acciones de difusión o información que apoyan o complementan las campañas, como ruedas de prensa, eventos públicos, entre otros.

IV. Ajuste de campañas: Adecuaciones a los planes de medios, vigencias y montos destinados.

V. Ajuste de programas: Reasignación de recursos por tipo de medio seleccionado y/o por campaña, así como el replanteamiento de las vigencias, sin que esto afecte la estrategia anual de comunicación, los techos presupuestales autorizados o la programación de campañas.

VI. Ampliación de vigencia: Extensión de los plazos previamente autorizados para una campaña.

VII. Cabeza de sector: Las dependencias enlistadas en el artículo 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y la Procuraduría General de la República.

VIII. Campaña: Conjunto de mensajes basados en un concepto rector, cuya difusión se realiza a través de los medios de comunicación.

IX. Clave de identificación: Conjunto de caracteres alfanuméricos asignados por la DGNC o la DGRTC y que permiten identificar al emisor, el tipo de medio, el número consecutivo del mensaje y el ejercicio fiscal al que corresponde.

X. Cobertura geográfica: Localidades específicas o regiones en las cuales se pretende difundir una campaña.

XI. Coemisor(es): Dependencias o entidades que, con base en sus atribuciones, son corresponsables de la comunicación de un tema en común, para ser difundido como campaña o mensaje extraordinario.

XII. Dependencias: Las enunciadas en el artículo 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Procuraduría General de la República y las Unidades Administrativas de la Presidencia de la República.

XIII. DGNC: La Dirección General de Normatividad de Comunicación de la Secretaría, adscrita a la Subsecretaría.

XIV. DGRTC: Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía de la Secretaría, adscrita a la Subsecretaría.

XV. Entidades: Las enunciadas en el artículo 3 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

XVI. Erogación: Todo recurso presupuestario ejercido, incluido el Impuesto al Valor Agregado (IVA), en servicios que sean susceptibles de ser registrados en las partidas de gasto del concepto 3700 (servicios de comunicación social y publicidad) del Clasificador por Objeto del Gasto para la Administración Pública Federal.

XVII. Estrategia anual de comunicación: Instrumento de planeación que expresa los temas gubernamentales prioritarios a ser difundidos durante el ejercicio fiscal por la dependencia o entidad.

XVIII. Estrategia anual de mercadotecnia: Instrumento de planeación que expresa los principales temas de promoción de los productos o servicios de las entidades, tendientes a incrementar sus ventas.

XIX. Inclusión de medios de comunicación: Utilización de medios adicionales a los autorizados para la difusión de una campaña.

XX. Medios de comunicación complementarios: Todos aquellos que apoyan la difusión de una campaña y cuyas erogaciones afectan el concepto 3700 del Clasificador por Objeto del Gasto para la Administración Pública Federal, como cine, encartes, parabuses, tarjetas telefónicas, entre otros.

XXI. Medios de comunicación impresos: Aquellos disponibles para la población a intervalos regulares de tiempo, bajo el mismo título, en serie continua, con fecha y numeración correlativas.

XXII. Medios públicos: Medios de comunicación operados por estaciones oficiales de conformidad con lo dispuesto en los artículos 13 y 21-A de la Ley Federal de Radio y Televisión.

XXIII. Mensaje extraordinario: Aquel que se difunde a través de medios de comunicación con el fin de dar a conocer información para atender una situación de carácter emergente, que no está incluido en el programa anual de comunicación social o de publicidad y, por tanto, no se considera como una campaña.

XXIV. Plan de medios de comunicación: Uso diversificado de medios de comunicación e inversión necesarias para comunicar un mensaje de manera eficaz a la población objetivo.

XXV. Población-objetivo primaria: Conjunto de individuos con características económicas, psicográficas y sociodemográficas comunes a quienes se dirige un mensaje.

XXVI. Población-objetivo secundaria...

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