Acuerdo mediante el cual se modifica el artículo segundo en su base II de la autorización otorgada a Paragón Factor de México, S.A. de C.V., Organización Auxiliar del Crédito, Grupo Financiero Ford Credit de México, por aumento en su capital fijo sin derecho a retiro

Fecha de disposición18 Mayo 2000
Fecha de publicación18 Mayo 2000
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

ACUERDO mediante el cual se modifica el artículo segundo en su base II de la autorización otorgada a Paragón Factor de México, S.A. de C.V., Organización Auxiliar del Crédito, Grupo Financiero Ford Credit de México, por aumento en su capital fijo sin derecho a retiro.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público.- Dirección General de Seguros y Valores.- Dirección de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito.- 366-I-C-551.- 712.1/316471.

Asunto: Se modifica la autorización otorgada a esa empresa de factoraje financiero por aumento en su capital fijo sin derecho a retiro.

Paragón Factor de México, S.A. de C.V. Organización Auxiliar del Crédito Grupo Financiero Ford Credit de México Paseo de la Reforma No. 333, 1er. piso Col. Cuauhtémoc 06500, México, D.F.

Con el objeto de dar cumplimiento al punto décimo del Acuerdo por el que se establecen los capitales mínimos pagados con que deberán contar las organizaciones auxiliares del crédito y las casas de cambio, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de marzo de 1999, esa sociedad remitió el primer testimonio y dos copias simples de la escritura pública número 73,461 de fecha 29 de noviembre de 1999, otorgada ante la fe del licenciado Joaquín F. Oseguera, Notario Público número 99, con ejercicio en el Distrito Federal, misma que contiene la protocolización del acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de esa sociedad, celebrada el 29 de noviembre pasado, en la que acordaron, entre otras cosas, aumentar su capital fijo sin derecho a retiro en $1 902,000.00 (un millón novecientos dos mil pesos 00/100 M.N.), pasando éste de $23 800,000.00 (veintitrés millones ochocientos mil pesos 00/100 M.N.) a $25 702,000.00 (veinticinco millones setecientos dos mil pesos 00/100 M.N.), mediante la capitalización de utilidades retenidas de ejercicios anteriores, con la consecuente reforma al artículo séptimo de sus estatutos sociales, por lo que esta Secretaría, con base en el artículo 6o. fracción XXII de su Reglamento Interior y con fundamento en el artículo 5o. de la Ley General de Organizaciones y Actividades...

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