Acuerdo por el que se dan a conocer los cupos para importar, con el arancel-cupo establecido, pato, ganso o pintada sin trocear, queso tipo egmont y extractos de caf

EmisorSecretaría de Economía

ACUERDO por el que se dan a conocer los cupos para importar, con el arancel-cupo establecido, pato, ganso o pintada sin trocear, queso tipo egmont y extractos de café.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

FERNANDO DE JESUS CANALES CLARIOND, Secretario de Economía, con fundamento en los artículos 4o. fracción III, 5o. fracción V, 6o., 17, 20, 23 y 24 de la Ley de Comercio Exterior; 9o. fracción III, 26, 31, 32, 33 y 35 de su Reglamento; 1o. y 5o. fracción XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y

CONSIDERANDO

Que la oferta nacional de ciertos productos es insuficiente, por lo que es necesario complementarla con importaciones a efecto de que las industrias que los utilizan en sus procesos productivos tengan acceso a insumos en condiciones similares a las que se tiene en el exterior;

Que el artículo 3o. del Decreto por el que se crean, modifican o suprimen diversos aranceles de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de abril de 2002, da a conocer el arancel-cupo, aplicable a las fracciones arancelarias 0207.33.01, 0406.90.06, 2101.11.01, 2101.11.02, 2101.11.99, 2101.12.01, correspondientes a pato, ganso o pintada sin trocear; queso tipo egmont y extractos de café, cuando el importador cuente con certificado de cupo expedido por la Secretaría de Economía;

Que el procedimiento de asignación de los cupos que se tratan en el presente Acuerdo, son un instrumento de la política sectorial para el abasto nacional en condiciones equitativas de competencia, y

Que la medida a que se refiere el presente instrumento, cuenta con la opinión favorable de la Comisión de Comercio Exterior, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS CUPOS PARA IMPORTAR, CON EL ARANCEL-CUPO ESTABLECIDO; PATO, GANSO O PINTADA SIN TROCEAR; QUESO TIPO EGMONT Y EXTRACTOS DE CAFE

ARTICULO PRIMERO

Los cupos para importar, en el periodo 1 de enero al 31 de diciembre de cada año, pato, ganso o pintada sin trocear; queso tipo egmont; y extractos de café, con el arancel-cupo establecido en el artículo 3o. del Decreto por el que se crean, modifican o suprimen diversos aranceles de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de abril de 2002, son los que se determinan a continuación:

Fracción arancelaria Descripción Cupo * (toneladas)
1 0207.33.01 Sin trocear, congelados (de pato, ganso o pintada) 200
2 0406.90.06 Queso tipo egmont, cuyas características sean: grasa mínima (en materia seca) 45%; humedad máxima 40%; materia seca mínima 60% y mínimo de
...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR