Acuerdo por el que se expide el Manual de Percepciones para los Funcionarios Públicos de la Auditoría Superior de la Federación

EmisorAuditoria Superior de la Federación

ACUERDO por el que se expide el Manual de Percepciones para los Funcionarios Públicos de la Auditoría Superior de la Federación.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Auditoría Superior de la Federación.- Cámara de Diputados.

Con fundamento en los artículos 79, párrafo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 74 fracciones I, III, 79 fracción I y 86 de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación; y

CONSIDERANDO

Que el artículo 43 párrafo segundo, del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2005 establece la obligación de publicar a más tardar el 28 de febrero del presente año el Manual de Percepciones de esta Entidad de Fiscalización Superior de la Federación, y a efecto de cumplir con esta disposición, se tiene a bien expedir el presente acuerdo que contiene el:

MANUAL DE PERCEPCIONES PARA LOS FUNCIONARIOS PUBLICOS DE LA AUDITORIA SUPERIOR DE LA FEDERACION

  1. Objeto

    Establecer las disposiciones de observancia obligatoria para el otorgamiento de las percepciones y prestaciones, de los servicios personales de la Auditoría Superior de la Federación, en un marco de austeridad y transparencia.

  2. Ambito de aplicación

    Las disposiciones contenidas en el presente Manual son aplicables a la Auditoría Superior de la Federación.

  3. Sujetos del Manual

    Quedan sujetos a las disposiciones del presente Manual, los funcionarios públicos de la Auditoría Superior de la Federación.

    Quedan exceptuados de su aplicación: El personal operativo, de base (comprendido en los niveles del tabulador del 17 al 27ZA) y de confianza (con niveles 22 al 27C), así como las personas que presten sus servicios en la Auditoría Superior de la Federación mediante contrato de servicios profesionales por honorarios.

  4. Responsables de la aplicación del Manual

    Corresponde al Titular de la Unidad General de Administración, al Director General de Administración, al Director General de Recursos Financieros, al Director de Recursos Humanos y al Director de Servicios Generales de la Auditoría Superior de la Federación, la aplicación del presente manual apegándose estrictamente a sus disposiciones.

  5. Definiciones

    Para los efectos del presente Manual, se entenderá por:

    1. Ahorros presupuestarios: La diferencia que resulte entre los recursos del presupuesto modificado autorizado y el presupuesto ejercido, sin afectar el cumplimiento de los objetivos y metas de los programas. En este rubro se encuentran comprendidas las medidas previstas en las disposiciones generales en materia de ahorro y las vacantes de servicios personales.

    2. Auditoría Superior de la Federación: La Entidad de Fiscalización Superior de la Federación.

    3. Catálogo: al Catálogo de Puestos de la Auditoría Superior de la Federación, que es el instrumento técnico-jurídico que tiene por objeto clasificar y denominar los puestos de la institución, el cual describe las características, contenido, requisitos de ocupación y la valuación de los puestos. Herramienta administrativa que permite establecer criterios de comparación que ayuden a definir una política salarial competitiva dentro del mercado laboral y equitativa en el sector público.

    4. Compensación Garantizada: a la percepción que se otorga a los funcionarios públicos de manera regular y fija, en función de la valuación del puesto y del nivel salarial. Este concepto no se considera para el cálculo y pago de las cuotas y aportaciones de seguridad social ni para la prima vacacional. Este concepto podrá ser objeto de pagos para otras prestaciones de fin de año.

    5. FOVISSSTE: al Fondo de Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

    6. Funcionario Público: a las personas al servicio de la Auditoría Superior de la Federación que asumen funciones de iniciativa, decisión y mando con carácter de autoridad y de representatividad y que ocupan los puestos jerárquicos señalados en el numeral 6.1.2 del presente Manual como son: Jefe de Departamento, Subdirector de Area, Director de Area, Director General, Coordinador, y los puestos homólogos a cada uno de los anteriores, así como Titular de Unidad, Auditor Especial y Auditor Superior de la Federación.

    7. Grado: al valor que se le da a un puesto de acuerdo con las habilidades, la capacidad de solución de problemas y las responsabilidades requeridas para desarrollar las funciones.

    8. Grupo: al conjunto de puestos con la misma jerarquía.

    9. ISSSTE: al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

    10. La Aseguradora: a la Institución de Seguros que se contrate para tal efecto.

    11. Nivel: a la escala de percepciones ordinarias relativas a los puestos ordenados en un mismo grado.

    12. PEF: Al Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2005.

    13. Percepción Ordinaria: a los pagos que se cubren a los funcionarios públicos por el desempeño de sus funciones, y que resultan de la suma aritmética de los montos correspondientes al sueldo base y a la compensación garantizada.

    14. Percepción Extraordinaria: a los estímulos, reconocimientos, recompensas, incentivos y pagos equivalentes a los mismos, que se otorgan de manera excepcional a los funcionarios públicos, cuyo otorgamiento se encuentra sujeto a requisitos de realización futura e incierta y que no forman parte integrante de la percepción ordinaria.

    15. Plaza: a la posición presupuestaria del analítico que respalda un puesto, que no puede ser ocupada por más de un funcionario público a la vez y que tiene una adscripción determinada.

    16. Puesto: a la unidad impersonal que se encuentra establecida en el Catálogo de Puestos de la Auditoría Superior de la Federación, que describe funciones, implica deberes específicos, delimita jerarquías y competencias.

    17. Puestos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR