Sobre las percepciones de los Diputados Federales y Servidores Públicos que prestan sus servicios para la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión

EmisorCámara de Diputados

SOBRE las percepciones de los Diputados Federales y Servidores Públicos que prestan sus servicios para la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Cámara de Diputados.- LIX Legislatura.

SOBRE LAS PERCEPCIONES DE LOS DIPUTADOS FEDERALES Y SERVIDORES PUBLICOS QUE PRESTAN SUS SERVICIOS PARA LA CAMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNION.

En cumplimiento a lo establecido por el artículo 43 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal del año 2005, y con fundamento a lo dispuesto por el artículo 48, numeral 4, Inciso e) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Secretaria General, emite:

PRIMERO.-

MANUAL DE PERCEPCIONES PARA LOS SERVIDORES PUBLICOS DE LA CAMARA DE DIPUTADOS

  1. SUJETOS DEL MANUAL

    Las disposiciones contenidas en el presente Manual, son aplicables a los servidores públicos de mando y homólogos de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

    Queda excluido del presente Manual: El personal operativo y de base, así como las personas que presten sus servicios mediante contrato de servicios por honorarios.

  2. RESPONSABLES DE LA APLICACION DEL MANUAL

    Será responsable de la aplicación del Manual el Secretario General, el Secretario de Servicios Administrativos y Financieros y el Director General de Recursos Humanos, así como las áreas operativas dependientes de ellos.

  3. DEFINICIONES

    Para los efectos del presente Manual, se entenderá por:

    CAMARA: La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.

    SERVIDOR PUBLICO DE MANDO: Los servidores públicos de confianza que ocupan los puestos de Jefe de Departamento, Subdirector de Area, Director de Area, Director General Adjunto, Director General, Coordinador General y homólogos a cada uno de ellos, Contralor Interno, Secretarios de Servicios y Secretario General.

    CATALOGO: El Catálogo General de Puestos, que es el instrumento técnico-jurídico que tiene por objeto clasificar y denominar los puestos y sus funciones, del personal de la Cámara de Diputados.

    GRUPO: Conjunto de puestos con la misma jerarquía.

    ISSSTE: Al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

    NIVEL SALARIAL: La escala de sueldos relativa a los puestos ordenados en un Catálogo de Puestos.

    PLAZA: A la posición individual de trabajo que no puede ser ocupada por más de un servidor público a la vez, que tiene una adscripción determinada y que se encuentra respaldada presupuestalmente.

    PUESTO: A la unidad impersonal de trabajo que describe tareas, implica deberes específicos, delimita jerarquías y autoridad.

    SISTEMA DE COMPENSACION: Al conjunto de conceptos que conforman el total de ingresos monetarios, prestaciones y beneficios que reciben los servidores públicos de mando y homólogos por sus servicios a la Cámara de Diputados.

    TABULADOR DE SUELDOS: Al instrumento técnico en que se fijan y ordenan por grupo y nivel salarial, las remuneraciones para los puestos contenidos en el Catálogo.

  4. SISTEMA DE COMPENSACION

    El sistema de compensación de la Cámara de Diputados, de conformidad con los artículos 20, 32 y 33 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, se conforma por:

    Sueldo; y

    Prestaciones

    4.1 SUELDO

    4.1.1 Es el pago mensual fijo que reciben los servidores públicos, expresado en el tabulador de sueldos en montos brutos mensuales, que debe cubrirse en periodos no mayores de quince días. Este concepto se integra por el sueldo base y la compensación garantizada.

    El sueldo base es la...

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