Proyecto de Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-033- PESC-2003, Pesca responsable en el sistema lagunar Champayán y Río Tamesí, incluyendo las Lagunas Chairel y La Escondida, ubicados en el Estado de Tamaulipas. Especificaciones para el aprovechamiento de los recursos pesqueros

EmisorSecretaría de Agricultura Ganadería Desarrollo Rural Pesca y Alimentación

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. JUAN JOSÉ LINARES MARTÍNEZ, Director General de Normalización Agroalimentaria de la Secretaría de Agricultura, Ganadería Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, con fundamento en el Artículo 35, fracciones XXI incisos d) y e), y XXII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o. y 9o. de la Ley de Planeación; 1, 2 fracciones I, II, III, IV; XIII, XIV, 3, 4 fracciones XV, XVIII, XIX, XXIV, XXV, XXVI, XXVII, XXVIII, XXIX, XXXI, XXXIII, XXXVI, XXXIX, XLIII, 5, 6, 7, 10, 17 fracciones I, VIII y IX, 21, 36 fracción III, 40 fracción I, 41 fracciones IV, V, VI, 43, 46, 48, 52, 124, 125, 132 fracciones XXVI y XXXI, 133 y 138 fracción II de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables; 2o., fracción II, 38, fracciones II y IX, 40, fracciones I, X, XIII y último párrafo, 41, 43, 44, 45, 46, 47, 49, 50, 51, 52, 53, 57, 62, 63, 64, 70, 71, 73 y 74 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 28, 33 y 34 de su Reglamento; 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; y 1o., 2o., incisos "B" fracción XVII y "D" fracción III, 17 fracciones I, XII y XXIII, 3o., 29 fracciones I y V, 44, 45, 46 y 52 fracción III y Transitorio Octavo del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, y

CONSIDERANDO

Que el presente Proyecto de Modificación fue aprobado en la Tercera Sesión Ordinaria del Comité Consultivo Nacional de Normalización Agroalimentaria, efectuada el 27 de junio de 2014 y se somete a consulta pública de conformidad con el Artículo 47, fracción I de la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización, a efecto de que dentro de los siguientes 60 días naturales, contados a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, los interesados presenten comentarios al citado Comité en la Dirección General de Ordenamiento Pesquero y Acuícola de la CONAPESCA, sita en Avenida Camarón Sábalo sin número, Esquina Avenida Tiburón, Fraccionamiento Sábalo Country Club, Código Postal 82100, Mazatlán, Sinaloa. Teléfono 01(669) 9156900. Ext. 58501. Correo electrónico: varriagah@conapesca.gob.mx para que en los términos de la Ley, dichos comentarios sean considerados.

Que durante este lapso, los documentos que sirvieron de base para la elaboración del Proyecto de Modificación de la Norma Oficial Mexicana, así como la Manifestación de Impacto Regulatorio a que se refiere el Artículo 45 Párrafo primero de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, pueden ser consultados en la Dirección General de Ordenamiento Pesquero y Acuícola de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, sita en el domicilio señalado en el párrafo anterior.

Que en razón a lo anterior y en ejercicio de las atribuciones conferidas en el Artículo 29 fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de abril de 2012, he tenido a bien expedir el presente:

PROYECTO DE MODIFICACIÓN A LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-033-PESC-2003, PESCA RESPONSABLE EN EL SISTEMA LAGUNAR CHAMPAYÁN Y RÍO TAMESÍ, INCLUYENDO LAS LAGUNAS CHAIREL Y LA ESCONDIDA, UBICADOS EN EL ESTADO DE TAMAULIPAS. ESPECIFICACIONES PARA EL APROVECHAMIENTO DE LOS RECURSOS PESQUEROS

PREFACIO

La Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación a través de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (CONAPESCA) efectuó una revisión de la problemática del aprovechamiento de los recursos pesqueros en el Sistema Lagunar Champayán y Río Tamesí, incluyendo las Lagunas Chairel y La Escondida y propuso una serie de medidas de regulación pesquera teniendo en consideración estudios y opiniones técnicas elaboradas por diversas instituciones de investigación.

Las propuestas de regulación fueron analizadas por el Grupo de Trabajo Técnico, el Subcomité de Pesca Responsable, conformado por acuerdo del Comité Consultivo Nacional de Normalización Agroalimentaria para coadyuvar en la formulación de los Proyectos de Modificación de Normas Oficiales Mexicanas, referentes a las regulaciones del aprovechamiento de los recursos pesqueros en cuerpos de aguas continentales de la República Mexicana. Este Subcomité de Pesca Responsable, estuvo integrado por personal técnico de las dependencias e instituciones que se enlistan a continuación:

Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, por conducto de la Dirección General de Normalización Agroalimentaria.

Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca a través de la Dirección General de Ordenamiento Pesquero y Acuícola, la Unidad de Asuntos Jurídicos, la Dirección General de Inspección y Vigilancia, la Dirección General de Planeación, Programación y Evaluación y la Dirección General de Infraestructura.

Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria.

Instituto Nacional de Pesca a través de la Dirección General Adjunta de Investigación Pesquera en el Atlántico, la Dirección General Adjunta de Investigación Pesquera en el Pacífico y la Dirección General Adjunta de Investigación en Acuacultura.

Secretaría de Marina Armada de México.

Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

Secretaría de Economía (Dirección General de Normas).

Secretaría de Turismo.

Secretaría de Salud (Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios).

Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales por conducto de la Dirección General del Sector Primario y Recursos Naturales Renovables, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente y la Comisión Nacional del Agua.

Universidad Nacional Autónoma de México.

Instituto Politécnico Nacional.

Confederación Nacional Cooperativa Pesquera, S.C. de R.L.

Cámara Nacional de las Industrias Pesquera y Acuícola.

Unión de Armadores del Litoral de Océano Pacífico, A.C.

Industria Mexicana de Equipo Marino, S.A. de C.V.

Productora Nacional de Redes, S.A. de C.V.

Colegio Nacional de Profesionales de la Pesca, A.C.

Federación Nacional de Pesca Deportiva, A.C.

Se modificaron y actualizaron diversos apartados de la Norma Oficial Mexicana NOM-033-PESC-2003, Pesca responsable en el Sistema Lagunar Champayán y Río Tamesí, incluyendo las Lagunas Chairel y La Escondida, ubicados en el Estado de Tamaulipas. Especificaciones para el aprovechamiento de los recursos pesqueros, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de mayo de 2004; donde se ajustó la numeración para incluir nuevas regulaciones y se agregaron los capítulos de Definiciones, y Evaluación de la Conformidad. A continuación se presenta el texto de la Modificación de la Norma Oficial Mexicana que se pretende publicar:

NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-033-SAG/PESC-2014, PESCA RESPONSABLE EN EL SISTEMA LAGUNAR CHAMPAYÁN Y RÍO TAMESÍ, INCLUYENDO LAS LAGUNAS CHAIREL Y LA ESCONDIDA, UBICADOS EN EL ESTADO DE TAMAULIPAS. ESPECIFICACIONES PARA EL APROVECHAMIENTO DE LOS RECURSOS PESQUEROS

ÍNDICE

  1. Introducción.

  2. Objetivo y campo de aplicación.

  3. Referencias.

  4. Definiciones.

  5. Especificaciones para el aprovechamiento de los recursos pesqueros en el sistema lagunar Lagunar Champayán y Río Tamesí, incluyendo las lagunas Chairel y La Escondida, ubicados en el Estado de Tamaulipas.

  6. Grado de concordancia con Normas Internacionales.

  7. Bibliografía.

  8. Observancia de esta Norma Oficial Mexicana.

  9. Evaluación de la Conformidad.

  10. Introducción

    0.1 El sistema lagunar Champayán y el Río Tamesí, que lo abastece, se ubican en los municipios de Altamira, González y Tampico en el Estado de Tamaulipas, formando parte de una llanura costera del Golfo de México y que constituyen ambientes naturales que son parte del sistema lagunar de la cuenca baja del río Pánuco, en donde se desarrollan importantes pesquerías desde el punto de vista socioeconómico y social.

    0.2 El sistema lagunar está constituido por una serie de pequeñas lagunas someras permanentes y pantanos, constituyendo un área promedio de 213 kilómetros cuadrados con una longitud promedio de 38.4 kilómetros y un ancho promedio de 5.6 kilómetros por donde pasa el Río Tamesí, el cual recibe el nombre a partir de la confluencia de agua con el río Guayalejo y que sirve como límite con el Estado de Veracruz, desembocando en el Golfo de México.

    0.3 Debido a estas características de tipo geográfico y su relación con los ambientes marinos costeros, las condiciones ambientales son propicias tanto para el desarrollo de poblaciones acuáticas dulceacuícolas, como de algunos recursos biológicos de ambientes salobres con salinidad variable, constituyendo comunidades biológicas cuyos recursos pesqueros son de interés económico.

    0.4 Además de servir de medio para el desarrollo de la pesca, el agua de este sistema lagunar tiene como principales usos, el abastecimiento municipal, industrial y su aplicación en la agricultura.

    0.5 Conforme a los estudios previos realizados por diversas instituciones de educación superior e investigación científica, así como en el diagnóstico efectuado por el Gobierno del Estado de Tamaulipas en coordinación con el Centro Regional de Investigación Pesquera de Tampico, Tamaulipas, se determinó la existencia de una rica biodiversidad compuesta por especies vegetales que constituyen la selva baja, reptiles, aves, mamíferos de la zona terrestre adyacente y una comunidad acuática conformada por macrofitas, crustáceos de importancia económica como la acamaya (Macrobrachium acanthurus), el langostino (Macrobrachium carcinus) y jaibas...

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