Acuerdo número 657 por el que se establecen los lineamientos generales para la selección de aspirantes a ocupar el cargo de Director en los Planteles Federales de la Secretaría de Educación Pública en los que se imparte educación del tipo medio superior, así como los mecanismos de formación y evaluación de los directores de los referidos planteles, que se encuentren en funciones

Fecha de disposición26 Noviembre 2012
Fecha de publicación26 Noviembre 2012
EmisorSECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA
SecciónTERCERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación Pública. JOSE ANGEL CORDOVA VILLALOBOS, Secretario de Educación Pública, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 9o., 14, fracción I de la Ley General de Educación, y 1, 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, y

CONSIDERANDO

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, en su eje 3 "Igualdad de oportunidades", objetivo 9 "Elevar la calidad educativa", establece en su estrategia 9.1 que se deberán impulsar mecanismos sistemáticos de evaluación de resultados de desempeño de los maestros, directivos, supervisores y jefes de sector, así como de los procesos de gestión en todo el sistema educativo. Asimismo, en su estrategia 9.2 "Reforzar la capacitación de profesores, promoviendo su vinculación directa con las prioridades, objetivos y herramientas educativas en todos los niveles", señala que se impulsará un sistema para el registro de aspirantes a ocupar cargos directivos de plantel de educación media superior, con el propósito de contar con un proceso de selección transparente que garantice la calidad en gestión educativa escolar en el plantel, así como el desarrollo con calidad de los actores dentro del plantel;

Que, asimismo, el citado Plan en su eje 3, objetivo 13 "Fortalecer el acceso y la permanencia en el sistema de enseñanza media superior, brindando una educación de calidad orientada al desarrollo de competencias", estrategia 13.1 "Impulsar programas permanentes de capacitación y profesionalización de los maestros del sistema de educación media superior", establece que se instrumentará en todos los planteles de bachillerato federal el procedimiento para el registro de aspirantes a ocupar cargos de director de plantel, lo que promoverá la transparencia, la igualdad de oportunidades y una selección de candidatos basada en criterios como las competencias académicas, la experiencia laboral, la gestión escolar y el liderazgo;

Que el Programa Sectorial de Educación 2007-2012, en su objetivo 6 "Fomentar una gestión escolar e institucional que fortalezca la participación de los centros escolares en la toma de decisiones, corresponsabilice a los diferentes actores sociales y educativos, y promueva la seguridad de alumnos y profesores, la transparencia y la rendición de cuentas", bajo el rubro de "Educación media superior", estrategia 6.8 "Establecer criterios transparentes y equitativos de contratación de directores con base en criterios como las competencias académicas, la experiencia laboral, la gestión escolar y el liderazgo", establece como línea de acción el establecer los procedimientos para el registro de aspirantes a ocupar cargos de director de plantel y para su selección, con base en un concurso de oposición abierto, a fin de contar con un proceso transparente y equitativo que garantice que se contrate a la persona adecuada para mejorar la calidad de la gestión educativa. Asimismo, en la estrategia 6.9 del mismo objetivo se señala la necesidad de fortalecer las competencias de gestión de los directivos a través de cursos y diplomados pertinentes;

Que el 26 de septiembre de 2008 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo número 442 por el que se establece el Sistema Nacional de Bachillerato en un marco de diversidad, mismo que señala en su artículo Primero que para cumplir con el objeto de dicho Acuerdo se llevará a cabo el proceso de Reforma Integral de la Educación Media Superior;

Que la Reforma Integral a la Educación Media Superior tiene como propósitos mejorar la calidad y pertinencia del aprendizaje, lograr la ampliación de la cobertura con mayor equidad social y elevar la contribución de la formación profesional que aporta a la competitividad de la economía nacional y a la mejor inserción de los egresados de la educación media superior en los mercados de trabajo;

Que los planteles constituyen la unidad básica de organización y funcionamiento del Sistema Educativo Nacional. Su operación se despliega tanto en la diversidad de contextos socioculturales que caracterizan a los entornos regionales de las escuelas, como en la singularidad de las condiciones materiales y posibilidades de mejora con que éstas cuentan;

Que los directores de los planteles en los que se imparte educación del tipo medio superior son actores clave en los procesos de implementación y seguimiento de la Reforma Integral de la Educación Media

Superior, pues ellos guiarán a las instituciones educativas que encabezan en la adopción del Marco Curricular Común con base en competencias, así como en el desarrollo de los mecanismos de gestión y apoyos complementarios a dicha reforma. En esencia, son los líderes de la transformación de la educación media superior;

Que el establecimiento del perfil del director en los planteles que imparten educación del tipo medio superior permitirá al Sistema Educativo Nacional contar con referentes comunes en materia de gestión escolar, sobre todo ante la Reforma Integral de la Educación Media Superior emprendida para la implementación y operación del Sistema Nacional de Bachillerato en un marco de diversidad, por lo que con fecha 2 de diciembre de 2008, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo número 449 por el que se establecen las competencias que definen el perfil del Director en los planteles que imparten educación del tipo medio superior;

Que la definición de lineamientos transparentes para el registro de aspirantes a ocupar el cargo de director en los planteles en los que se imparte educación del tipo medio superior, permitirá garantizar la participación del personal docente con el interés, las capacidades y las cualidades necesarias para asumir la responsabilidad de organizar la gestión educativa, y

Que en razón de lo anterior he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO NUMERO 657 POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS LINEAMIENTOS GENERALES PARA LA SELECCION DE ASPIRANTES A OCUPAR EL CARGO DE DIRECTOR EN LOS PLANTELES FEDERALES DE LA SECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA EN LOS QUE SE IMPARTE EDUCACION DEL TIPO MEDIO SUPERIOR, ASI COMO LOS MECANISMOS DE FORMACION Y EVALUACION DE LOS DIRECTORES DE LOS REFERIDOS PLANTELES, QUE SE ENCUENTREN EN FUNCIONES

TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
CAPITULO UNICO

Objeto, definiciones...

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