Acuerdo General 11/2008 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo al inicio de funciones de los Juzgados Tercero y Cuarto de Distrito del Centro Auxiliar de la Segunda Región, con residencia en San Andrés Cholula, Puebla, así como los órganos jurisdiccionales a los que inicialmente apoyarán
Fecha de disposición | 14 Abril 2008 |
Fecha de publicación | 14 Abril 2008 |
Emisor | CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL |
ACUERDO General 11/2008 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo al inicio de funciones de los Juzgados Tercero y Cuarto de Distrito del Centro Auxiliar de la Segunda Región, con residencia en San Andrés Cholula, Puebla, asà como los órganos jurisdiccionales a los que inicialmente apoyarán.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- SecretarÃa Ejecutiva del Pleno.
  ACUERDO GENERAL 11/2008, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO AL INICIO DE FUNCIONES DE LOS JUZGADOS TERCERO Y CUARTO DE DISTRITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA SEGUNDA REGION, CON RESIDENCIA EN SAN ANDRES CHOLULA, PUEBLA, ASI COMO LOS ORGANOS JURISDICCIONALES A LOS QUE INICIALMENTE APOYARAN.
CONSIDERANDO
  PRIMERO. Por decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación el treinta y uno de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro, veintidós de agosto de mil novecientos noventa y seis, asà como del once de junio de mil novecientos noventa y nueve, se reformaron, entre otros, los artÃculos 94, 99 y 100 de la Constitución PolÃtica de los Estados Unidos Mexicanos, modificando asà la estructura y competencia del Poder Judicial de la Federación;
  SEGUNDO. En términos de lo dispuesto por los artÃculos 94, segundo párrafo; 100, párrafos primero y octavo, de la Constitución PolÃtica de los Estados Unidos Mexicanos, 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia y disciplina de los tribunales de Circuito y juzgados de Distrito, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, tiene facultades para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;
  TERCERO. El artÃculo 17 de la Constitución Federal establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes;
  CUARTO. Los artÃculos 94, párrafo sexto, de la Constitución PolÃtica de los Estados Unidos Mexicanos y 81, fracción VI, y 144 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, establecen que son atribuciones del Consejo de la Judicatura Federal, determinar el número, lÃmites territoriales y en su caso especialización por materia de los juzgados de Distrito, en cada uno...
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